Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 211 de 31/10/2019

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Deporte

Orden de 30 de agosto de 2019, por la que se modifica la autorización administrativa del centro docente privado extranjero «Centro Sueco de la Costa del Sol», de Fuengirola (Málaga), autorizado conforme al Sistema Educativo Sueco para alumnado español y extranjero. (PP. 2525/2019).

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Visto el expediente tramitado a instancia de D. Ingemar Kamph, como presidente de la Asociación Sueca de Enseñanza de la Costa del Sol, titular del centro docente privado extranjero «Centro Sueco de la Costa del Sol», autorizado conforme al Sistema Educativo Sueco para alumnado español y extranjero, con domicilio en Avda. de Acapulco, núm. 11, de Fuengirola (Málaga), por el que solicita la modificación de la autorización administrativa de dicho centro por cambio de denominación específica y aumento de puestos escolares, acogiéndose a lo dispuesto en el Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo, sobre régimen de centros docentes extranjeros en España.

Resultando que el citado centro, con código 29003026, tiene autorización para impartir enseñanzas del Sistema Educativo Sueco, a alumnado español y extranjero, para un total de 245 puestos escolares con la siguiente configuración:

- Forskolan (segundo ciclo de educación infantil): 30 puestos escolares.

- Grundskolan (primer curso de educación primaria a cuarto curso de educación secundaria obligatoria): 140 puestos escolares.

- Gymnasiet (primer y segundo curso de Bachillerato): 75 puestos escolares.

Resultando que en el expediente han recaído informes favorables del Servicio de Inspección de Educación de la Delegación Territorial de Educación, Deporte, Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación de Málaga y de la Gerencia Provincial de la Agencia Pública Andaluza de Educación, así como de la Embajada de Suecia en España.

Vistos: La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE de 4), reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE de 4), de Educación; la Ley 17 /2007, de 10 de diciembre (BOJA de 26), de Educación de Andalucía; la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE de 2), del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; el Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo (BOE de 23 de junio), sobre régimen de centros docentes extranjeros en España; el Real Decreto 131/2010, de 12 de febrero (BOE de 12 de marzo), por el que se modifica el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, de autorizaciones de centros privados para impartir enseñanzas de régimen general; el Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo, de régimen de centros docentes extranjeros en España, y el Real Decreto 321/1994, de 25 de febrero, de autorización a centros docentes privados para impartir enseñanzas artísticas, para adecuarlas a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio; el Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA de 20), sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General, y demás normas de vigente aplicación.

Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.

En su virtud y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

DISPONGO

Primero. Conceder la modificación de la autorización administrativa solicitada al centro docente privado extranjero «Centro Sueco de la Costa del Sol», autorizado conforme al Sistema Educativo Sueco para alumnado español y extranjero, con código 29003026 y domicilio en Avda. de Acapulco, núm. 11, de Fuengirola (Málaga), cuyo titular es la Asociación Sueca de Enseñanza de la Costa del Sol, por cambio de denominación específica y aumento de puestos escolares que, como consecuencia de ello, pasa a denominarse Colegio Sueco de la Costa del Sol, con la siguiente configuración de enseñanzas para un total de 341 puestos escolares:

- Forskolan (segundo ciclo de educación infantil): 18 puestos escolares.

- Grundskolan (primer curso de educación primaria a cuarto curso de educación secundaria obligatoria): 203 puestos escolares.

- Gymnasiet (primer y segundo curso de Bachillerato): 120 puestos escolares.

Segundo. El centro deberá complementar las enseñanzas autorizadas con enseñanzas de lengua y cultura españolas.

Tercero. La enseñanza de lengua española deberá impartirse con el mismo diseño y horario establecidos en los Decretos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, por los que se establecen las enseñanzas correspondientes a la educación infantil, a la educación primaria y a la educación secundaria obligatoria.

Asimismo, la cultura española deberá desarrollar los contenidos esenciales de las áreas de Conocimiento del entorno, de Ciencias de la naturaleza y de Ciencias sociales y de Geografía e Historia recogidos en los Decretos anteriormente citados.

Cuarto. Del contenido de la presente orden se dará traslado al Registro de Centros Docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de Centros Docentes.

Quinto. Dicho centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente orden.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Educación y Deporte, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 30 de agosto de 2019

FRANCISCO JAVIER IMBRODA ORTIZ
Consejero de Educación y Deporte
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