Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 211 de 31/10/2019

1. Disposiciones generales

Consejería de Salud y Familias

Resolución de 28 de octubre de 2019, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud, por la que se convocan para el ejercicio 2019, la concesión de subvenciones de la Línea 1, Línea 2 y Línea 3, establecidas en la Orden de 26 de septiembre de 2019, de la Consejería de Salud y Familias, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, en materia de drogodependencia y adicciones, dirigidas a entidades privadas sin ánimo de lucro para el mantenimiento de sedes y desarrollo de programas, y a entidades locales andaluzas para la prevención comunitaria.

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Mediante Orden de 26 de septiembre de 2019 (BOJA núm. 190, de 26 de 2 de octubre de 2019), se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, en materia de drogodependencia y adicciones, dirigidas a entidades privadas sin ánimo de lucro para el mantenimiento de sedes y desarrollo de programas, y a entidades locales andaluzas para la prevención comunitaria.

En el marco de la referida orden se determinan las líneas concretas de subvenciones a las que resulta de aplicación y se especifica el régimen jurídico para su regulación.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 115.1 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, corresponde a la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud efectuar las oportunas convocatorias para la concesión de las subvenciones reguladas en la referida orden en materia de drogodependencias y adicciones, quedando facultada conforme a lo dispuesto en la disposición adicional primera de la citada orden de Bases Reguladoras la persona titular de la Dirección General de Asistencia Sanitaria y Resultados en Salud para dictar instrucciones y adoptar las medidas necesarias para el desarrollo y ejecución de dicha orden, incluida la resolución del expediente de concesión.

Asimismo, se ha estimado la necesidad de aplicar a la presente convocatoria de subvenciones la tramitación de urgencia dispuesta en el artículo 33 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dada la especial atención que se presta al colectivo afectado por problemas de adicciones y a la obligatoriedad de que las actuaciones a subvencionar comiencen a ejecutarse en el presente ejercicio 2019.

En su virtud, y de conformidad con el artículo 115.1 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, y de acuerdo con el artículo 12 del Decreto 105/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Familias y del Servicio Andaluz de Salud (BOJA núm. 31, de 14 de febrero de 2019), modificado por Decreto 457/2019, de 23 de abril (BOJA núm. 79, de 26 de abril),

DISPONGO

Primero. Convocatoria y limitaciones presupuestarias.

1. Se convocan para el ejercicio 2019, en la modalidad de concesión en régimen de concurrencia competitiva, las siguientes líneas de subvenciones en el ámbito de las competencias del Servicio Andaluz de Salud, en la cuantía total máxima que se especifica para cada una de ellas y con cargo a los créditos presupuestarios que asimismo se indican para cada línea:

Línea
Cuantía
máxima
Partidas presupuestarias Programa Presupuestario
Línea 1. Subvenciones para el mantenimiento de sedes de entidades privadas dedicadas al ámbito de las adicciones. 535.000,00 € 1531010980 G/31B/48202/00/01 Plan sobre drogas y adicciones
Línea 2. Subvenciones a entidades locales destinadas al desarrollo de programas de prevención comunitaria de las adicciones «Ciudades ante las drogas». 1.202.541,08 €
1531010980 G/31B/46200/00/01
1531010980 G/31B/46201/00/01
1531180980 G/31B/46200/00.S0066
Plan sobre drogas y adicciones
Línea 3. Subvenciones a entidades privadas destinadas al desarrollo de programas de drogodependencias y adicciones. 1.460.583,38 €
1531010980 G/31B/48202/00/01
1531180980 G/31B/48200/00.S0066
Plan sobre drogas y adicciones

En aquellos casos en los que de conformidad con las bases reguladoras existan dos o más ámbitos territoriales y/o funcionales de concurrencia competitiva, las citadas cuantías máximas se distribuyen entre dichos ámbitos en los importes que se señalan en cada una de las Líneas indicadas en la presente resolución de convocatoria. Esta distribución podrá ser posteriormente modificada por parte del órgano que efectúa la convocatoria, en un acuerdo motivado adoptado con anterioridad al comienzo de la evaluación previa de las solicitudes presentadas, dándole difusión en los mismos medios de publicidad de aquella.

2. La presente convocatoria se circunscribe a las actuaciones cuya dotación presupuestaria se produce con cargo a los recursos de la Junta de Andalucía consignados en la Ley 3/2019, de 22 de julio, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el ejercicio 2019.

3. En todo caso, la concesión de las subvenciones previstas estará limitada por las disponibilidades presupuestarias existentes.

4. Los eventuales aumentos sobrevenidos en el crédito disponible, posibilitarán una resolución complementaria de la concesión de la subvención, que incluya solicitudes que aún cumpliendo todos los requisitos, no hayan sido beneficiarias por agotamiento del mismo, de conformidad con lo previsto en el artículo 5.5 de la Orden de 5 de octubre de 2015, por la que se aprueban las Bases Reguladoras tipo y los formularios tipo de la Administración de la Junta de Andalucía, para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva (BOJA núm. 215, de 5 de noviembre de 2015).

Segundo. Bases Reguladoras.

La presente convocatoria se regirá por las Bases Reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva en materia de drogodependencias y adicciones, en el ámbito de las competencias del Servicio Andaluz de Salud, aprobadas por Orden de 26 de septiembre de 2019 (BOJA núm. 190, de 2 de octubre de 2019), de la Consejería de Salud y Familias.

Tercero. Línea 1. Subvenciones para el mantenimiento de sedes de entidades privadas dedicadas al ámbito de las adicciones.

El objeto de esta línea de subvenciones lo constituye el mantenimiento de las sedes de las entidades privadas dedicadas al ámbito de las adicciones, mediante el sostenimiento de la actividad ordinaria de las mismas.

Se destinará una cuantía máxima de 535.000 euros, imputándose el gasto exclusivamente al ejercicio presupuestario 2019, con la siguiente distribución territorial:

Almería 50.000,00 €
Cádiz 37.500,00 €
Córdoba 47.500,00 €
Granada 50.000,00 €
Huelva 35.000,00 €
Jaén 40.000,00 €
Málaga 75.000,00 €
Sevilla 100.000,00 €
Autonómico 100.000,00 €
TOTAL 535.000,00 €

Cuarto. Línea 2. Subvenciones a entidades locales destinadas al desarrollo de programas de prevención comunitaria de las adicciones «Ciudades ante las drogas».

El objeto de las subvenciones de esta línea lo constituye el desarrollo de programas de prevención comunitaria «Ciudades ante las drogas», mediante el desarrollo de actuaciones dirigidas a toda la comunidad, enmarcadas entre las Estrategias del III Plan Andaluz sobre Drogas y Adicciones.

Se destinará una cuantía máxima de 1.202.541,08 euros, con la siguiente distribución territorial:

Almería 124.445,76 €
Cádiz 97.095,76 €
Córdoba 136.220,76 €
Granada 135.795,76 €
Huelva 112.170,76 €
Jaén 116.170,76 €
Málaga 200.378,26 €
Sevilla 280.263,26 €
TOTAL 1.202.541,08 €

Quinto. Línea 3. Subvenciones a entidades privadas destinadas al desarrollo de programas de drogodependencias y adicciones.

El objeto de las subvenciones de esta Línea lo constituye el desarrollo de programas y actuaciones en materia de drogodependencias y adicciones enmarcadas entre las estrategias del III Plan Andaluz sobre Drogas y Adicciones, por parte de las entidades privadas.

Se destinará una cuantía máxima 1.460.583,38 euros, con la siguiente distribución territorial:

Almería 40.000,00 €
Cádiz 150.000,00 €
Córdoba 130.000,00 €
Granada 77.000,00 €
Huelva 99.000,00 €
Jaén 85.000,00 €
Málaga 128.000,00 €
Sevilla 250.000,00 €
Autonómico 501.583,38 €
TOTAL 1.460.583,38 €

Sexto. Actuaciones subvencionables.

Sólo podrán financiarse en la presente convocatoria las actuaciones subvencionables definidas para cada una de las tres Líneas en el Anexo A de la presente resolución, de acuerdo con el apartado 2.a) del Cuadro Resumen de cada una, dispuesto en las Bases Reguladoras.

Séptimo. Solicitudes y plazos de presentación.

1. De acuerdo con lo dispuesto en el apartado 10.b) de los Cuadros Resumen de las tres líneas, las solicitudes irán dirigidas a la persona titular de la Dirección General de Asistencia Sanitaria y Resultados en Salud del Servicio Andaluz de Salud.

2. Las solicitudes podrán presentarse en los lugares indicados en el apartado 10.c) del cuadro resumen de cada línea. Preferentemente se presentarán en la Ventanilla Electrónica de la Administración de la Junta de Andalucía:

htpps://ws050.juntadeandalucia.es/vea/faces/vi/inicio.xhtml.

Puede igualmente presentarse en los lugares y registros previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 82.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Tanto la solicitud como el formulario de alegaciones, aceptación, reformulación y presentación de documentos a los que se refiere la Orden de 26 de septiembre de 2019 de Bases Reguladoras, se podrán obtener en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía o en la siguiente URL:

https://www.juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos.html.

Igualmente se podrán obtener en el portal de la Administración de la Junta de Andalucía, así como en la sede del Servicio Andaluz de Salud y en las de las Delegaciones Territoriales de la Consejería de Salud y Familias.

3. La utilización de los formularios Anexos I y II incorporados a la presente resolución de convocatoria, tendrá carácter obligatorio, debiendo las entidades solicitantes ajustarse a los mismos, de acuerdo con el artículo 10 de la Orden de 5 de octubre de 2015, por la que se aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios tipo de la Administración de la Junta de Andalucía para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva.

4. El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días naturales, a contar desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del extracto de la presente resolución de convocatoria.

Octavo. Notificación y publicación.

1. De conformidad con el apartado 19 del Cuadro Resumen de las tres líneas, aprobados mediante la Orden de 26 de septiembre de 2019, los actos que deban notificarse de forma conjunta a todas las personas o entidades interesadas, y en particular, los requerimientos de subsanación, el trámite de audiencia y el de resolución del procedimiento se publicarán en los términos del artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en la página web del Servicio Andaluz de Salud en la dirección:

http://w050.juntadeandalucia.es/vea/faces/vi/inicio-xhtml.

En todo caso, esta publicación sustituye a la notificación personal y surtirá los mismos efectos.

2. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior, las notificaciones que deban cursarse personalmente se practicaran en el lugar indicado por las entidades en sus solicitudes.

Noveno. Plazo para resolver.

El plazo máximo para adoptar y notificar la resolución del procedimiento será de tres meses a partir del día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, transcurrido dicho plazo sin haberse notificado la resolución, se podrá entender desestimadas las solicitudes de concesión de subvención.

Décimo. Utilización de medios telemáticos.

El estado de tramitación del procedimiento de concesión de estas ayudas se podrá consultar por las entidades interesadas a través de la página web del Servicio Andaluz de Salud, en la dirección: hittps://www.juntadeandalucia.servicios/procedimientos.xhtml en la que figurarán los actos de trámite realizados, su contenido y fecha en que fueron dictados.

Undécimo. Delegación de competencias.

De conformidad con el apartado 13 del Cuadro Resumen de las tres líneas de la Orden de Bases Reguladoras de 26 de septiembre de 2019, se delega la competencia para resolver el procedimiento de concesión de subvenciones en la persona titular de la Dirección General de Asistencia Sanitaria y Resultados en Salud del Servicio Andaluz de Salud, quedando igualmente facultada de acuerdo con lo dispuesto en la disposición adicional primera de la citada Orden de Bases Reguladoras, para dictar instrucciones y adoptar las medidas necesarias para el desarrollo y ejecución de dicha orden, correspondiendo la instrucción del expediente de subvenciones a la Comisión del Servicio Andaluz de Salud para la Evaluación que corresponda a cada una de las líneas.

Duodécimo. Tramitación de urgencia.

Debido a la importante atención que se presta con las presentes líneas de subvenciones a los sectores de la población andaluza menos favorecidos, a la urgente necesidad de satisfacer la asistencia de forma continuada al colectivo afectado por problemas de adicciones, y la obligatoriedad de que las actuaciones a subvencionar comiencen a ejecutarse en el presente ejercicio 2019, existen razones de interés público que aconsejan la aplicación al presente procedimiento de subvenciones la tramitación de urgencia. Así pues, de conformidad con lo previsto en el artículo 33 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se reducirán para la presente convocatoria a la mitad los plazos establecidos en el procedimiento ordinario de concesión de subvenciones al amparo de la Orden de 26 de septiembre de 2019, de Bases Reguladoras, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos.

Decimotercero. Efectos.

La presente resolución producirá efectos a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones antes referida.

Sevilla, 28 de octubre de 2019.- El Director Gerente, Miguel Moreno Verdugo.

ANEXO A

RELACIÓN DE ACTUACIONES SUBVENCIONABLES EN LA PRESENTE CONVOCATORIA (2019)

Línea 1. SUBVENCIONES PARA EL MANTENIMIENTO DE SEDES DE ENTIDADES PRIVADAS DEDICADAS AL ÁMBITO DE LAS ADICCIONES.
Son subvencionables el mantenimiento de las sedes de las entidades dedicadas al ámbito de las adicciones, mediante el sostenimiento de la actividad ordinaria de las mismas, a través de la financiación de los gastos de personal y generales de funcionamiento vinculados a tal fin.
Línea 2. SUBVENCIONES A ENTIDADES LOCALES DESTINADAS AL DESARROLLO DE PROGRAMAS DE PREVENCIÓN COMUNITARIA DE LAS ADICCIONES «CIUDADES ANTE LAS DROGAS».
1. Programas diseñados en función de las características del entono al que se dirigen, que promuevan la participación activa de la comunidad en el desarrollo
de las acciones preventivas y la coordinación de los diferentes recursos comunitarios.
2.
Prevención de las drogodependencias y adicciones en el ámbito educativo.
3.
Programas que incluyan acciones para la promoción de la participación de los centros educativos en el programa Hábitos de Vida Saludable, asesoramiento y acompañamiento del profesorado.
4.
Formación de alumnado para que ejerza funciones de mediación en prevención de adicciones.
5.
Programas que incluyan actuaciones de detección precoz de consumos problemáticos y prevención de conductas de riesgo dirigidos a menores en situación de vulnerabilidad.
6. Programa Servicio Responsable.
7. Programas que incluyan acciones de sensibilización, formación y asesoramiento de las familias.
Línea 3. SUBVENCIONES A ENTIDADES PRIVADAS DESTINADAS AL DESARROLLO DE PROGRAMAS DE DROGODEPENDENCIAS Y ADICCIONES.
1.
Actuaciones en materia de prevención universal, selectiva e indicadas en los ámbitos comunitario, educativo, laboral y de las familias.
2. Actuaciones comp
lementarias al Tratamiento y/o a la Incorporación Social.
3. Actuaciones de reducción de riesgos y daños.
4. Formación de personal técnico y voluntarios en materia de adicciones.
5.
Acciones que favorezcan la formación, capacitación y la inserción social de personas con adicciones.
6.
Diseño y elaboración de campañas de sensibilización y concienciación en materia de adicciones.
7. Información y asesoramiento integral.
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