Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 214 de 06/11/2019

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Consejería de Salud y Familias

Resolución de 31 de octubre de 2019, de la Dirección Gerencia de la Empresa Pública de Emergencias Sanitarias, por la que se convoca la cobertura de cargo intermedio, mediante el sistema de concurso de méritos, de Coordinación de Cuidados y Servicios del Servicio Provincial de Málaga de la Empresa Pública de Emergencias Sanitarias.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00164444.

La Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de Ordenación de las Profesiones Sanitarias, dispone en el apartado 3 de su artículo 4 que los profesionales sanitarios desarrollan, entre otras, funciones en los ámbitos asistencial, investigador, docente, de Gestión Clínica, de prevención, de información y de educación sanitarias.

Asimismo, la citada Ley 44/2003, en su artículo 10, apartado 1, establece que las Administraciones sanitarias, los servicios de salud o los órganos de gobierno de los centros y establecimientos sanitarios, según corresponda, establecerán los medios y sistemas de acceso a las funciones de gestión clínica a través de procedimientos en los que habrán de tener participación los propios profesionales, y en el apartado 2 del mismo artículo postula que tendrán la consideración de funciones de gestión clínica las relativas a la jefatura o coordinación de unidades y equipos sanitarios y asistenciales, estableciendo también que tales funciones podrán ser desempeñadas en función de criterios que acrediten los conocimientos necesarios y la adecuada capacitación. Finalmente, el apartado tercero del reiterado artículo 10 normativiza que el ejercicio de funciones de Gestión Clínica estará sometido a la evaluación periódica y podrá determinar, en su caso, la confirmación o remoción del interesado en dichas funciones.

Por ello, atendiendo a los antecedentes citados, y en virtud del artículo 27.3 del Decreto 88/1994, de 19 de abril, por el que se aprueban los Estatutos de la Empresa Pública de Emergencias Sanitarias, esta Dirección Gerencia

RESUELVE

Primero. Convocar, por el sistema de concurso de méritos, la cobertura del cargo intermedio de Coordinación de Cuidados y Servicios del Servicio Provincial de Málaga de la Empresa Pública de Emergencias Sanitarias.

Conforme a las bases de la convocatoria, el presente proceso de selección surge de la necesidad de incorporar a un/a profesional para el desempeño del puesto de Coordinación de Cuidados y Servicios del 061 de Málaga de la Empresa Pública de Emergencias Sanitarias (de aquí en adelante EPES).

Segundo. Aprobar las bases que regirán la convocatoria y el baremo que se aplicará para la evaluación curricular y de las competencias profesionales, contenido en el Anexo II de las bases.

Tercero. Publicidad. Esta convocatoria se publicará en la página web de la entidad, www.epes.es, que será también accesible desde el apartado de empleo de la web del Servicio Andaluz de Salud y desde el portal de transparencia en el apartado de la Empresa Pública de Emergencias Sanitarias.

Asimismo, se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Cuarto. La composición de la Comisión de Selección de la presente convocatoria será la siguiente:

Presidencia: Será desempeñada por la Dirección Asistencial o persona en quien delegue.

Hasta un máximo de Dos vocales designados por la Presidencia.

La Secretaría será desempeñada por la persona que tenga encomendada la gestión de profesionales en EPES o persona en quien delegue, que actuará con voz pero sin voto.

La composición de la Comisión de Selección respetará el principio de presencia equilibrada de hombres y mujeres. Corresponde a la Comisión de Selección el desarrollo de las distintas fases del proceso, que podrá estar asesorado por entidades o técnicos especialistas.

Abstención y recusación. Los miembros de la Comisión de Selección deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la Dirección Gerencia, cuando concurran en ellos algunas de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Asimismo, los aspirantes podrán promover recusación de los miembros de la Comisión de Selección, de acuerdo con lo previsto en el artículo 24 de dicha ley.

Quinto. Proceso de selección. La Empresa Pública de Emergencias Sanitarias realiza una política de igualdad entre hombres y mujeres, aplicando criterios de acceso al empleo adecuados al principio de igualdad y no discriminación.

El puesto será objeto de cobertura por libre designación, de conformidad con lo previsto en los artículos 80 y 83 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, del Estatuto Básico del Empleado Público.

El proceso de selección se realizará conforme a las bases de la convocatoria.

Sexto. Información sobre la contratación.

La modalidad contractual será la de un contrato laboral indefinido ordinario sujeto a una cláusula de resolución de cese discrecional por provisión de puestos de libre designación conforme a lo previsto en el art. 80 y 83 de la Ley 7/2007 del Estatuto Básico del Empleado Público y sus retribuciones serán conforme a las tablas salariales de EPES para dichos puestos.

Séptimo. Presentación de candidaturas.

Las personas interesadas deberán presentar su candidatura a la atención de la Dirección Gerencia de EPES entregando su solicitud de admisión, su currículum, una copia de los méritos, el Proyecto de Gestión y resto de documentación conforme a las bases y con la estructura señalada en el Anexo I y Anexo II de las bases del proceso selectivo, en el Registro de la Sede Central de EPES en Campanillas, Málaga, calle Severo Ochoa, número 28, D.P. 29590, indicando la referencia de esta convocatoria:

REF: Coord. Cuidados y Servicios SP MALAGA.

El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días naturales a contar desde el siguiente día de la publicación en el BOJA del anuncio de la convocatoria del Proceso Selectivo.

Se podrá presentar la documentación, también, por los medios válidos en Derecho. En cualquier caso se entenderá presentada fuera de plazo la documentación que no se encontrara a disposición de la Comisión de Selección antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Los currículum deberán estar adaptados a los requisitos de esta convocatoria, debiendo contener aquellos méritos que puedan acreditarse documentalmente y haciéndose responsable de la veracidad de los datos en él reflejado.

Los documentos en idioma distinto del castellano deberán acompañarse, para su validez, de fotocopia u original de la traducción literal realizada por traductor jurado.

Los aspirantes señalarán en su currículum el domicilio a efectos de comunicaciones y, en su caso, la dirección de correo electrónico. El domicilio que conste en el currículum será el único válido a efectos de notificaciones.

Los participantes podrán así mismo dirigir sus consultas también por correo electrónico a procesoselectivo.epes@juntadeandalucia.es, o por fax al número 951 042 201. No podrá presentarse por correo electrónico la primera solicitud para participar en el proceso selectivo.

La presentación del/de la candidato/a al presente proceso selectivo conlleva el conocimiento y aceptación integra de las bases de la presente convocatoria.

Octavo. Protección de datos.

En cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y el Consejo, de 27 de abril de 2016, la Empresa Pública de Emergencias Sanitarias le informa que sus datos personales, obtenidos mediante el presente formato de solicitud, se incorporarán para su tratamiento a un fichero automatizado. La finalidad de dicho tratamiento es el de la gestión del proceso selectivo de la empresa, en sus distintas facetas, pruebas selectivas, baremación de méritos o, en su caso, llamamientos para la contratación.

Noveno. Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante esta Dirección Gerencia, en el plazo de un mes a partir de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 123.1 y 124.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, sede de este órgano, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Málaga, 31 de octubre de 2019.- El Director Gerente, José Luis Pastrana Blanco.

Descargar PDF