Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 215 de 07/11/2019

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior

Resolución de 29 de octubre de 2019, del Instituto Andaluz de Administración Pública, por la que se aprueban las listas provisionales de personas admitidas y excluidas, con indicación de las causas de exclusión, relativas al proceso selectivo de acceso libre, para ingreso en el Cuerpo Superior Facultativo, opción Geología de la Junta de Andalucía (A1.2014), correspondiente a la Oferta de Empleo Público de 2018.

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De conformidad con lo establecido en la base 5.1 de la Resolución de 24 de julio de 2019, de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que se convocan procesos selectivos de acceso libre, para ingreso en diferentes cuerpos, opciones y/o subopciones de la Administración General de la Junta de Andalucía, esta Dirección, por delegación,

RESUELVE

Primero. Aprobar las listas provisionales de personas admitidas y excluidas al proceso selectivo de acceso libre en el Cuerpo Superior Facultativo, opción Geología (A1.2014). En el caso de las personas aspirantes excluidas se expresan las causas que han motivado su exclusión.

Segundo. Las listas quedarán expuestas al público en la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior, en las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía en las distintas provincias, en la Subdelegación del Gobierno en el Campo de Gibraltar y en el Instituto Andaluz de Administración Pública, sito en la calle Torneo, núm. 26, de Sevilla, así como en la página web del Instituto Andaluz de Administración Pública (www.juntadeandalucia.es/institutodeadministracionpublica).

Tercero. Con objeto de subsanar las causas que hayan motivado la exclusión u omisión de las citadas listas, o cualquier otra incidencia, las personas aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de esta resolución, para que aleguen y presenten la documentación que a su derecho convenga. Es imprescindible que en el escrito de subsanación se consigne el nombre, apellidos y Documento Nacional de Identidad, Pasaporte o Número de Identidad Extranjero, en vigor, de la persona aspirante y cuerpo al que oposita.

Cuarto. De conformidad con lo dispuesto en la base 4.3, las personas excluidas por «Falta certificado de discapacidad» y No abono de tasas, podrán subsanar esta exclusión bien con la aportación de la documentación acreditativa de tal condición, en cuyo caso serán admitidas a dicho turno, o bien abonar la tasa de la oposición dentro del plazo establecido en esta resolución, en cuyo caso pasarán de oficio al turno general.

Quinto. Las personas excluidas por cualquier causa relacionada con el pago del modelo 046, para ser admitidas en estas pruebas selectivas deberán aportar, en el plazo establecido en la presente resolución, el original o fotocopia compulsada del modelo 046 con el que, en su plazo, liquidaron la tasa correspondiente.

Aquellas personas que hayan sido excluidas por la causa «No abona importe completo para su grupo» podrán subsanarla, abonando la diferencia y remitiendo a este Instituto Andaluz de Administración Pública el modelo 046, dentro del plazo establecido en esta resolución.

Sexto. Aquellas personas que hayan sido excluidas por la causa «Solicitud no ajustada a la base 4.6.2» podrán subsanar presentando una nueva solicitud conforme a lo dispuesto en la citada base dentro del plazo establecido en esta resolución.

De idéntico modo deberán proceder aquellas personas que habiendo abonado la tasa en tiempo y forma no figuren en los referidos listados.

Séptimo. La presentación de las alegaciones podrá realizarse de manera telemática a través de la página web del Instituto Andaluz de Administración Pública (www.juntadeandalucia.es/institutodeadministracionpublica). Aquellas alegaciones no realizadas de manera telemática se remitirán, una vez presentadas en cualquiera de los registros a los que se hace referencia en la base cuarta, subapartado 6.2.4, a la dirección de correo electrónico seleccion.iaap@juntadeandalucia.es, indicando en el asunto el cuerpo, opción y/o subopción al que se refiere.

Dicho escrito de subsanación debe ser acompañado, si la solicitud se presentó de forma presencial, con el original o fotocopia compulsada de la solicitud presentada en la que conste la fecha y el lugar de presentación de la misma, y si se realizó telemáticamente con el justificante de la recepción que generó el sistema tras la presentación. Asimismo, para los supuestos de omisión en el listado, el escrito de subsanación debe ir acompañado, además, de fotocopia compulsada del modelo 046 u original o copia compulsada del certificado que acredite su condición de persona con discapacidad, emitido por el órgano competente, para los supuestos en que haya sido necesaria su aportación.

Octavo. Quienes dentro del plazo señalado no subsanen la causa de exclusión o no aleguen la omisión serán definitivamente excluidas de la participación en el proceso selectivo.

Noveno. Concluido el plazo de subsanación, por resolución de esta Dirección se declararán aprobadas las listas definitivas de personas admitidas y excluidas y en ellas se decidirá acerca de las alegaciones planteadas por las personas interesadas sobre la exclusión u omisión en las listas provisionales, y su publicación les servirá de notificación. Esta resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, y en ella se señalarán, el lugar, fecha y hora de realización del primer ejercicio de la oposición, y el lugar donde se expondrán al público las listas definitivas.

Sevilla, 29 de octubre de 2019.- El Director, Juan Carlos González González.

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