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El Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos, establece en su artículo 23 que la competencia para la expedición de copias autenticadas de documentos privados o públicos, realizadas mediante cotejo con los originales y en los que se estampará, si procediera, la correspondiente diligencia de compulsa, corresponde a las Jefaturas de Sección y órganos asimilados responsables de cada Registro General de Documentos, los cuales realizarán el cotejo, autenticación de las copias y devolución de los originales al interesado, de aquellos documentos que se presenten para ser tramitados en el órgano del cual dependa el Registro.
La Sección de Régimen Interior de esta Delegación Territorial es la responsable del Registro General de documentos pertenecientes a la misma.
Por razones técnicas se hace necesaria realizar la correspondiente delegación de competencias en esta materia de conformidad con lo previsto en los artículos 9 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y 101 y 102 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
RESUELVE
Hacer público el Acuerdo de 22 de octubre de 2019, de la Sección de Régimen Interior de la Delegación Territorial de Salud y Familias en Cádiz, de delegación de competencias para la autenticación y compulsa de documentos.
Cádiz, 4 de noviembre de 2019.- La Delegada, Isabel Paredes Serrano.
ANEXO
ACUERDO DE 22 DE OCTUBRE DE 2019, DE LA SECCIÓN DE RÉGIMEN INTERIOR DE LA DELEGACIÓN TERRITORIAL DE SALUD Y FAMILIAS DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA EN CÁDIZ, DE DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS PARA LA AUTENTICACIÓN Y COMPULSA DE DOCUMENTOS
El Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos, establece en su artículo 23 que la competencia para la expedición de copias autenticadas de documentos privados o públicos, realizadas mediante cotejo con los originales y en los que se estampará, si procediera, la correspondiente diligencia de compulsa, corresponde a las Jefaturas de Sección y órganos asimilados responsables de cada Registro General de Documentos, los cuales realizarán el cotejo, autenticación de las copias y devolución de los originales al interesado, de aquellos documentos que se presenten para ser tramitados en el órgano del cual dependa el Registro.
La Sección de Régimen Interior de esta Delegación Territorial es la responsable del Registro General de documentos pertenecientes a la misma
Debido al gran número de documentos presentados para su compulsa, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 53 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y con el fin de agilizar y facilitar a los ciudadanos las tareas de presentación y retirada de documentos originales ante esta Delegación, cuya copia autenticada deba conservarse en el respectivo expediente, se hace necesario delegar la competencia para la autenticación de copias de documentos privados y públicos mediante cotejo con los originales en los puestos de trabajo que se señalan en el presente acuerdo.
Sobre la base de lo previsto en los artículos 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, y 101 y 102 de la Ley 9/2007 de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, y con objeto de facilitar la presentación de documentos por los ciudadanos y agilizar el funcionamiento del Registro y otras Unidades Administrativas de esta Delegación Territorial, esta Sección de Administración General, en ejercicio de las funciones que tiene asignadas,
ACUERDA
Primero. Delegar la competencia para la realización de cotejos y la expedición de copias autenticadas de documentos originales aportados por los ciudadanos, prevista en el artículo 23 del Decreto 204/1995, de 29 de agosto, en los puestos de trabajo que a continuación se relacionan:
CÓDIGO DENOMINACIÓN DEL PUESTO
679910 Sección de Formación y Defensa de los Consumidores
7790810 Negociado de Gestión e Inspección
2071810 Sección de Procedimiento
2077910 Negociado de Gestión Procedimiento
2075710 Negociado de Gestión Sanidad Alimentaria
2075910 Negociado de Gestión Epidemiología
2071310 Negociado de Habilitación
2071410 Negociado de Recaudación y caja
2075510 Negociado de Documentación y Archivo
2071610 Negociado de Registro y Régimen Interior
2071910 Asesor Técnico de Procedimiento
679110 Asesor Técnico de Coordinación
2072310 Sección de Salud Ambiental
207651 Negociado de Tramitación
2076710 Negociado de Tramitación
679810 Servicio de Consumo
Segundo. Esta delegación será revocable en cualquier momento y se ejercerá en todo caso con sujeción al Decreto 204/1995, de 29 de agosto, a la Ley 9/2007, de 22 de octubre, y a la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Tercero. En las copias autenticadas que se expidan mediante cotejo, en virtud de la presente delegación, se hará constar expresamente esta circunstancia.
Cuarto. De conformidad con lo establecido en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en el 9.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y en el 102.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, la presente delegación de competencias deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y producirá efectos a partir de la fecha de su publicación.
Quinto. El presente acuerdo revoca los acuerdos anteriores por los que se delegaban competencias para la autenticación y compulsa de documentos en funcionarios que desempeñaran estos mismos puestos de trabajo y códigos.
Cádiz, 22 de octubre de 2019. El Jefe de Sección de Régimen Interior. Fdo. Carlos Martínez Bohigas.
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