Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 22 de 01/02/2019

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 23 de enero de 2019, del Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga, dimanante de autos núm. 10/2019.

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NIG: 2906744420180011171.

Procedimiento: 837/18/2019. Sobre: Despido.

Ejecución n. 10/2019-Negociado: B3.

Ejecutante: Don Antonio Salinas Escarbajal.

Abogado: Don José Luis Gálvez Martín.

Ejecutada: Colufer, S.L.

Administrador concursal: Iniciativas concursales.

Fogasa.

EDICTO

Don Juan Carlos Ruiz Zamora, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 10/2019 a instancia de la parte actora don Antonio Salinas Escarbajal contra Colufer, S.L., sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado resolución de fecha 23.1.2019 que contiene en su parte dispositiva el siguiente tenor literal:

AUTO NÚM. 5/2019

En Málaga, a veintitrés de enero de dos mil diecinueve.

Dada cuenta y;

(…)

PARTE DISPOSITIVA

La anterior demanda ejecutiva, regístrese en el libro de su clase. No ha lugar a despachar la ejecución contra la empresa concursada, debiendo la actora ejercitar su derecho ante el Juez de lo Mercantil, conocedor del concurso. Procédase al archivo del presente procedimiento.

Notifíquese la presente resolución a las partes, a la Administración Concursal y al Fogasa, haciendo saber a las mismas que contra la presente cabe recurso de reposición. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.

Asímismo, por estar la demandada en paradero desconocido, se acuerda librar edicto al BOJA a fin de quedar notificada esta resolución.

Para la admisión del recurso deberá antes acreditarse constitución de depósito de 25 €,  debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado abierta en el Banco de Santander núm. 2955000064001019, debiendo indicar en el campo «Concepto» que se trata de un recurso seguido del código 30 y Social-Reposición, conforme a la disposición adicional 15ª de la L.O. 6/1985, salvo los supuestos de exclusión previstos en la misma y quienes tengan reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita. Si el ingreso se efectuare por transferencia se hará en la cuenta del Santander 0049 3569 9200 0500 1274, debiendo indicar el beneficiario, Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga, y en Observaciones se consignarán los 16 dígitos de la cuenta-expediente judicial, indicando después de estos 16 dígitos (separados por un espacio) el código .

Así por este Auto, lo acuerda manda y firma el Iltmo. Sr. don Gonzalo Alonso Sierra, Magistrado/Juez del Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga. Doy fe.

El Magistrado/Juez. El Letrado de la Administración de Justicia.

Y para que sirva de notificación al demandado Colufer, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Málaga, a veintitrés de enero de dos mil diecinueve.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

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