Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 228 de 26/11/2019

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible

Resolución de 15 de noviembre de 2019, de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, por la que se somete a información pública el proyecto de orden por la que se modifica la Orden de 15 de diciembre de 2017, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a ayuda a Entidades Locales-Inversiones para la mejora de caminos rurales, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (submedida 4.3).

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El artículo 45.1.c) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, establece que cuando el proyecto normativo afecte a los derechos e intereses legítimos de la ciudadanía y la naturaleza de la disposición lo aconseje, será sometido a información pública, durante un plazo razonable y no inferior de quince días hábiles. La participación de la ciudadanía podrá producirse por cualquier medio admisible en Derecho, entre otros, por vía telemática en los términos previstos reglamentariamente.

El proyecto normativo que nos ocupa pretende obtener una mayor eficacia en la consecución de la finalidad y objetivos perseguidos con las ayudas dirigidas a Entidades Locales-Inversiones para la mejora de caminos rurales, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (submedida 4.3), modificando para ello los cuadros resumen de las ayudas aprobados en la citada Orden de 15 de diciembre de 2017.

Por ello, se ha visto necesario adelantar el momento en el que las Entidades beneficiarias puedan optar al cobro del anticipo. Así, y de conformidad con lo dispuesto en la normativa comunitaria, procede posibilitar la concesión de una anticipo en el momento inmediatamente posterior a la resolución de concesión de la ayuda; en estos casos en los que el anticipo se solicite previamente a la adjudicación del contrato, el importe del mismo se reducirá al 40% del importe de la subvención al ser previsible bajas durante el proceso de licitación.

En virtud de lo anteriormente expuesto, de conformidad con lo previsto en el artículo 45.1.c) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía,

RESUELVO

Primero. Someter a información pública el proyecto de orden por la que se modifica la Orden de 15 de diciembre de 2017, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a ayuda a Entidades Locales-Inversiones para la mejora de caminos rurales, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (submedida 4.3), durante el plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Segundo. El texto del proyecto de orden quedará expuesto para su general conocimiento:

a) En formato digital, a través del Portal de la Administración de la Junta de Andalucía en la dirección electrónica:

https://www.juntadeandalucia.es/servicios/participacion/todos-documentos/detalle/185057.html

b) En formato papel, en la sede de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, sita en la calle Tabladilla, s/n, 41071 Sevilla, dentro del siguiente horario: de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas, con las excepciones previstas por la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Tercero. Las alegaciones que se deseen formular al Proyecto de Orden deberán dirigirse a la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, y se podrán realizar:

a) Preferentemente en formato digital y abierto en la dirección de correo electrónico: sv-feader.sscc.capder@juntadeandalucia.es.

b) En formato papel, de acuerdo con lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 82 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 15 de noviembre de 2019.- El Director General, Manuel Gómez Galera.

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