Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 234 de 04/12/2019

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 15 de octubre de 2019, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Tres de El Ejido (UPAD núm. 3), dimanante de autos núm. 487/2017. (PP. 2968/2019).

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00165686.

NIG: 0490242C20170002459.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 487/2017. Negociado: C4.

Juzgado de procedencia: Presentado el escrito de 19.10.18 estese a lo acordado en diligencia de ordenación de 10.10.18.

Procedimiento origen: Obligaciones: Otras cuestiones.

De: Volkswagen Finance, S.A. E.F.C.

Procuradora: Sra. María Salmerón Cantón.

Letrada: Sra. Ana Isabel Cejudo Serrano.

Contra: Alpaca Hortofrutícola, S.L.

E D I C T O

En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 487/2017, seguido a instancia de Volkswagen Finance, S.A. E.F.C., frente a Alpaca Hortofrutícola, S.L., se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

SENTENCIA núm. 31/2019

En El Ejido, a 29 de marzo de 2019.

Vistos y examinados los presentes autos núm. 487/17, de juicio ordinario por doña Sonia Almagro García, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Tres de El Ejido y su partido, seguidos a instancia de la mercantil Volkswagen Finance, S.A. E.F.C., representado por la Procuradora doña María Salmerón Cantón, y asistido por la Letrada doña Ana Isabel Cejudo Serrano, contra la mercantil Alpaca Hortofrutícola, S.L., en situación procesal de rebeldía.

F A L L O

Que estimando la demanda presentada en representación de la mercantil Volkswagen Finance, S.A. E.F.C., contra la mercantil Alpaca Hortofrutícola, S.L., debo declarar resuelto el contrato por incumplimiento del arrendatario Alpaca Hortofrutícola, S.L.; se condene a Alpaca Hortofrutícola, S.L., en calidad de arrendatario al pago de la cantidad de 3.555,57 euros, más los intereses pactados que se devenguen hasta la total solvencia de la deuda; se acuerde la inmediata devolución del vehículo AUDI A3, matrícula 7420 HHC, bien del contrato del arrendamiento, propiedad de la actora, a fin de que haga entrega a la misma atendiendo al estado de conservación estipulado en el contrato, en las cláusulas séptima y quinta, o su cuantificación económica en caso de imposibilidad de la misma, con expresa imposición de costas a la parte demandada.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que contra la presente resolución, cabe recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Almería, a interponer ante este Juzgado en el plazo de 20 días.

Y encontrándose dicha demandada, Alpaca Hortofrutícola, S.L., en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En El Ejido, a quince de octubre de dos mil diecinueve.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

Descargar PDF