Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 237 de 11/12/2019

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 8 de noviembre de 2019, del Juzgado de Primera Instancia núm. Diecinueve de Sevilla, dimanante de autos núm. 1367/2018. (PP. 2921/2019).

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NIG: 4109142120180052288.

Procedimiento: Juicio Verbal (Desahucio Precario -250.1.2) 1367/2018. Negociado: 5A.

Sobre: Posesión (arts 430-466 CC).

De: Buildincenter, S.A.U.

Procurador: Sr. Mauricio Gordillo Alcalá.

Contra: Ignorados ocupantes Nicolás Martín, 12, El Madroño.

E D I C T O

En el presente procedimiento Juicio Verbal (Desahucio Precario-250.1.2) 1367/2018 seguido a instancia de Buildincenter, S.A.U., frente a ignorados ocupantes Nicolás Martín, 12, El Madroño, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente:

SENTENCIA NÚM. 183/2019

En Sevilla, a 9 de septiembre de 2019.

Don Rafael J. Páez Gallego, Magistrado del Juzgado de Primera Instancia núm. Diecinueve de esta ciudad y su partido, ha visto y examinado los presentes autos de Juicio verbal seguidos ante este Juzgado bajo el núm. 1367/18, siendo partes en el mismo como demandante, Buildingcenter, S.A.U., representada por el Procurador Sr. Gordillo Alcalá y asistida por la Letrada Sra. Cabezas Urbano; y como demandados, las personas desconocidas e inciertas que resultaren moradores de la vivienda, en ejercicio de acción de recuperación de finca urbana.

F A L L O

Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Gordillo Alcalá en representación acreditada de Buildingcenter, S.A.U., contra los ignorados ocupantes, debo declarar y declaro haber lugar al desahucio de los demandados como ocupantes de la vivienda sita en El Madroño (Sevilla), calle Nicolás Martín, núm. 12, debiéndola desalojar y dejar libre y a la entera disposición de la actora, con el apercibimiento que de no verificarlo en el plazo de ley, se procederá al lanzamiento judicial, con expresa imposición de costas.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el término de veinte días para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Sevilla, en el modo y forma previsto por la Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000, debiéndose cumplir en todo caso por la demandados lo previsto en el art. 449.1 del mencionado texto legal.

La interposición de dicho recurso precisará de la constitución de un depósito de 50 € en la cuenta de consignaciones y depósitos de este Juzgado en el modo y forma previsto en la D.A. 15.ª de la vigente Ley Orgánica del Poder Judicial, sin cuya constitución no será admitido a trámite.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

E/.

Y encontrándose dicho demandado, ignorados ocupantes Nicolás Martín, 12, El Madroño, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En Sevilla a ocho de noviembre de dos mil diecinueve.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

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