Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 238 de 12/12/2019

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 6 de junio de 2019, del Juzgado de Primera Instancia núm. Seis de Huelva, dimanante de autos núm. 366/2018. (PP. 1873/2019).

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NIG: 2104142120180003299.

Procedimiento: Juicio Verbal (Desahucio Precario-250.1.2) 366/2018. Negociado: 9.

Sobre: Verbal desahucio precario.

De: Buildingcenter, S.A.U.

Procurador: Sr. Javier Segura Zariquiey.

Letrada: Sra. María del Rocío Coral Rubiales.

Contra: Ignorados ocupantes C/ Ancha, 49, pta. baja, 2, Punta Umbría.

E D I C T O

En el presente procedimiento Juicio Verbal (Desahucio Precario-250.1.2) 366/2018 seguido a instancia de Buildingcenter, S.A.U., frente a ignorados ocupantes C/ Ancha, 49, pta baja, 2, Punta Umbria, se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

SENTENCIA 103/19

En Huelva a 24 de mayo de 2019.

Vistos por Doña Carla Falcó Seller, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Seis de Huelva, los presentes autos de Juicio verbal núm. 366/18, promovidos por Building Center, S.A.U., representada por el Procurador Sr. Segura Zariquey y asistida por la Letrada doña M.ª del Rocío Coral Rubiales contra ignorados ocupantes del inmueble sito en la calle Ancha, núm. 49, planta baja, identificada con el núm. 2, de Punta Umbría;

FALLO

Que estimando íntegramente la demanda interpuestas por el Procurador Sr. Segura Zariquey en nombre y representación de Buildingcenter, S.A.U., contra los ignorados ocupantes del inmueble sito en la calle Ancha, núm. 49, planta baja, identificada con el núm. 2, de Punta Umbría, declarados en rebeldía, debo condenar a la parte demandada a dejar libre, expedita y a disposición de la actora la finca sita en Punta Umbría en la calle Ancha, núm. 49, planta baja, identificada con el núm. 2, descrita en la demanda que dio origen al presente procedimiento en el plazo previsto legalmente, con la advertencia del lanzamiento si no desaloja la finca en el plazo de un mes a contar desde la notificación de la presente resolución.

Con hacer expresa condena en costas a la parte demandada.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Huelva que se interpondrá en el término de 20 días siguientes a su notificación.

Y encontrándose dicho demandado, ignorados ocupantes C/ Ancha, 49, pta. baja, 2, Punta Umbria, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En Huelva, a seis de junio de dos mil diecinueve.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.»

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