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El canon de trasvase es un ingreso propio de la Comunidad Autónoma conforme a lo establecido en el Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, correspondiendo su establecimiento y revisión a la Dirección General de Infraestructuras del Agua, como administración hidráulica de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a la que también compete la determinación de la cuantía de los cánones y tarifas regulados en el Capítulo III del Título VIII de la Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas de Andalucía.
El artículo 2 de la Ley 17/1995, de 1 de junio, de transferencia de volúmenes de agua de la cuenca del río Guadiaro a la cuenca del río Guadalete, establece que los usuarios satisfarán un canon de trasvase destinado a compensar la aportación económica del Estado y atender a los gastos de explotación y conservación correspondientes.
Redactado el proyecto de Canon de Trasvase Guadiaro-Majaceite para el ejercicio 2020 por la Dirección General de Infraestructuras del Agua, fue sometido al conocimiento y consideración de los usuarios y vocales de la Comisión de Explotación, en la reunión celebrada el día 19 de diciembre de 2019, estableciéndose en la misma los criterios y cálculos para la determinación de la cuantía del canon de trasvase y los criterios y valores de reparto de las cuantías entre los usuarios del canon, en atención a los consumos reales y coeficientes de mayoración establecidos por uso ineficiente del agua. Así mismo, se propuso mantener el coeficiente del apartado c) de este canon destinado a financiar la ejecución del Plan de Infraestructuras del Guadiaro.
Vistos los antecedentes, esta Dirección General de Infraestructuras del Agua, en el ejercicio de las competencias que le corresponden conforme al artículo 17.j) del Decreto 103/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible,
ACUERDA
Primero. Aprobar el canon de trasvase Guadiaro-Majaceite para el ejercicio 2020, de acuerdo con la propuesta trasladada por la Comisión de Explotación del citado trasvase.
Segundo. Las liquidaciones correspondientes a los sujetos pasivos se practicarán de acuerdo con la cuantía del canon de trasvase que se recoge en el punto 2 del anexo de esta resolución.
Tercero. Establecer el reparto que corresponde entre los municipios y usuarios que abastece el Consorcio de Aguas a la Zona Gaditana, conforme a los valores que se recogen en el punto 3 del anexo a esta resolución, en cumplimiento de la Ley 17/1995, de 1 de junio, de transferencia de volúmenes de agua de la cuenca del río Guadiaro a la cuenca del río Guadalete.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 115 del Texto Refundido de la Ley de Aguas, esta resolución tiene carácter económico-administrativo, y contra la misma podrá interponerse reclamación económico-administrativa, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, ante la Junta Superior de Hacienda, dependiente de la Consejería de Hacienda, Industria y Energía, sita en C/ Juan Antonio Vizarrón, Edificio Torretriana, Isla de la Cartuja, 41092, Sevilla, conforme a lo establecido en el Decreto 175/1987, de 14 de julio, por el que se regulan los órganos competentes para conocer de las reclamaciones económico-administrativas en el ámbito de la gestión económica, financiera y tributaria de la Junta de Andalucía, en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y en el Reglamento General de desarrollo de esta ley en materia de revisión en vía administrativa, aprobado por el Real Decreto 520/2005, de 13 de mayo.
En el mismo plazo y ante esta Consejería, de conformidad con lo establecido en los artículos 222 y 223 de la citada Ley General Tributaria podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición, en cuyo caso no podrá promoverse reclamación económico-administrativa hasta la resolución expresa o presunta del mismo.
Lo que se comunica para general conocimiento.
Sevilla, 19 de diciembre de 2019.- El Director General, Sergio Arjona Jiménez.
ANEXO
CANON DE TRASVASE GUADIARO-MAJACEITE
EJERCICIO 2020
1. El canon a satisfacer por los usuarios para compensar la aportación económica de la Administración Hidráulica y atender a los gastos de funcionamiento y conservación, así como los de administración y gestión, asciende a la cantidad total de 1.964.200,41 euros.
2. De conformidad con los consumos medidos, los coeficientes de mayoración y la propuesta elevada por la Comisión de Explotación del Trasvase Guadiaro-Majaceite, se acuerda el reparto de esta cantidad entre los sujetos pasivos del citado canon conforme a lo siguiente:
Sujeto Pasivo | Importe |
Consorcio de Aguas de la Zona Gaditana (CAZG) | 1.860.613,48 € |
Central Térmica Arcos de la Frontera. Iberdrola Generación, S.A. | 103.586,93 € |
Total | 1.964.200,41 € |
3. De conformidad con los consumos medidos, los coeficientes de mayoración y la propuesta elevada por la Comisión de Explotación del Trasvase Guadiaro-Majaceite, en relación con el importe a satisfacer por el Consorcio de Aguas de la Zona Gaditana (CAZG), se acuerda establecer el siguiente reparto entre los distintos municipios y usuarios abastecidos por el mismo:
Municipios/Industrias y Organismos | Porcentaje de reparto |
ALCALÁ DE LOS GAZULES | 0,0000% |
ALGAR | 0,3409% |
BDA. JÉDULA (ARCOS FRONTERA) | 0,1775% |
CÁDIZ | 16,3298% |
CONIL DE LA FRONTERA | 8,0259% |
CHICLANA DE LA FRONTERA | 8,1709% |
CHIPIONA | 5,1661% |
JEREZ DE LA FRONTERA | 16,1887% |
MEDINA SIDONIA | 0,9878% |
PATERNA DE LA RIVERA | 0,6963% |
PUERTO REAL | 5,3646% |
PUERTO DE SANTA MARÍA | 11,5892% |
ROTA | 3,8393% |
SAN FERNANDO | 7,2664% |
SANLÚCAR DE BARRAMEDA | 10,8885% |
TREBUJENA | 0,9983% |
VEJER DE LA FRONTERA | 1,0063% |
BARBATE | 0,7487% |
BENALUP | 0,4961% |
INDUSTRIAS SUMINISTRADAS CAZG | 1,7189% |
Total............ | 100% |
El reparto del porcentaje que corresponde a las industrias y organismos suministrados por el CAZG se realizará conforme a lo siguiente:
Industrias y Organismos | Porcentaje de reparto |
EMPRESA NACIONAL BAZÁN (NAVANTIA) | 2,8967% |
ARSENAL DE LA CARRACA INT. SAN FERNANDO | 23,2689% |
INST. DE VVDA. (INVIED) - POBLADO NAVAL DE LA MARINA ESPAÑOLA | 13,6375% |
MARINA ESPAÑOLA INT. DE ROTA-BN | 10,6717% |
YEGUADA MILITAR F.E.S.C.C.R YEGUADA - (Caja Pagadora Periférica de Organismos Periféricos MDE) | 0,5196% |
BASE NAVAL EEUU | 49,0056% |
Total............ | 100% |
4. El porcentaje del componente c) del canon destinado a financiar la ejecución del Plan de Infraestructuras Hidráulicas del Guadiaro se fija en el 95%.
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