Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 249 de 30/12/2019

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 7 de junio de 2019, del Juzgado de Primera Instancia núm. Tres de Torremolinos, dimanante de autos núm. 1551/2018. (PP. 3024/2019).

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NIG: 2990142120180007709.

Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 1551/2018. Negociado: 06.

Sobre: Contratos en particular.

De: C.P. San Enrique B.

Procuradora: Sra. María Esther Rivas Martín.

Letrada: Sra. Rosa María Barranco Pérez.

Contra: Georgina Ann Edwards y Eric John Dodge.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Juicio Verbal (250.2) 1551/18 seguido en el J. Primera Instancia núm. Tres de Torremolinos (antiguo Mixto núm. Tres) a instancia de C.P. San Enrique B contra Georgina Ann Edwards y Eric John Dodge, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NÚM. 112/2019

En Torremolinos, a 3 de mayo del 2019.

Doña María José Ferrer Fernández, Magistrada Juez titular del Juzgado de Primera Instancia núm. Tres de Torremolinos, ha visto los presentes autos de juicio verbal, tramitados con el núm. 1639/015, y promovidos por la Comunidad de Propietarios de San Enrique B, representada por la Procuradora doña Esther Rivas Martín y asistida por la Letrada doña Rosa Barranco Pérez, contra don Eric John Dodge y doña Georgina Anne Edwards, en rebeldía, sobre reclamación de cantidad por impago de cuotas comunitarias.

FALLO

Que estimando íntegramente la demanda formulada por la Comunidad de Propietarios de San Enrique B contra don Eric John Dodge y doña Georgina Ann Edwards, debo condenar y condeno a los demandados a abonar a la parte actora la suma de 2.461 euros, más intereses en los términos del Fundamento de Derecho Segundo de esta sentencia, condenando, asimismo, a los demandados al pago de las costas procesales causadas.

Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiéndoles que contra la misma no cabe recurso alguno.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de Georgina Ann Edwards y Eric John Dodge, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Torremolinos, siete de junio de dos mil diecinueve.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

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