Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 29 de 12/02/2019

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 30 de enero de 2019, del Juzgado de lo Social núm. Cinco de Sevilla, dimanante de autos núm. 250/2017.

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Procedimiento: Procedimiento Ordinario 250/2017. Negociado: 3I.

NIG: 4109144S20170002680.

De: Doña Coraima Rojas López.

Contra: Doña Mercedes Mancilla Guisado.

EDICTO

Doña Araceli Gómez Blanco, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número Cinco de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 250/2017 a instancia de la parte actora doña Coraima Rojas López contra doña Mercedes Mancilla Guisado sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado resolución de fecha 21.3.17, del tenor literal siguiente:

DECRETO

La Letrada de la Administración de Justicia doña Araceli Gómez Blanco.

En Sevilla, a 21 de marzo de 2017.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Doña Coraima Rojas López presentó demanda de reclamación de cantidad frente a doña Mercedes Mancilla Guisado.

Segundo. La demanda ha sido turnada a este Juzgado y registrada con el núm. 250/17.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Examinados los requisitos formales de esta demanda y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 82.1 de la LRJS procede su admisión a trámite y su señalamiento por el Secretario Judicial.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

PARTE DISPOSITIVA

DISPONGO:

- Admitir la demanda presentada.

- Se señala el próximo día 19 de noviembre de 2019, a las 10:10 horas, para la celebración del acto de juicio en la Sala de Vistas núm. 10 de este Juzgado sito en Avda. de la Buhaíra, núm. 26, 1.ª planta, Edificio Noga, de Sevilla.

- Citar para conciliación a celebrar en la sede del Juzgado sito en la 5.ª planta de este mismo edificio a las 9:30 horas, para acreditación de las partes y de su representación procesal ante el Secretario Judicial, conforme lo dispuesto en el art. 89.7 de la Ley 36/2011, de RJS.

- El Letrado de la Administración de Justicia no estará presente en el acto de la vista, conforme al art. 89 de la LRJS.

- Citar a las partes en legal forma con la advertencia de que de no comparecer ni alegar justa causa que motive la suspensión del acto de conciliación o juicio, podrá el Secretario Judicial en el primer caso y el Juez en el segundo, tener al actor por desistido de la demanda y si se tratase del demandado no impedirá la celebración de los actos de conciliación y juicio, continuando este sin necesidad de declarar su rebeldía.

Respecto a la prueba solicitada dese cuenta a S.S.ª para que resuelva lo procedente.

Dar cuenta a S.S.ª del señalamiento efectuado a los efectos del art. 182 LEC.

- Tener por efectuada la manifestación de la parte actora de comparecer a juicio asistido de Letrado/Graduado Social.

- Se requiere a la actora a fin de que aporte, en el plazo de cuatro dias, el original sellado y firmado del Acta de Conciliación ante el CMAC.

- Notifíquese la presente resolución.

Y para que sirva de notificación al demandado doña Mercedes Mancilla Guisado actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Sevilla, a treinta de enero de dos mil diecinueve.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

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