Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 31 de 14/02/2019

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 31 de enero de 2019, del Juzgado de lo Social núm. Seis de Málaga, dimanante de autos núm. 974/2018.

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Procedimiento: Despidos/ Ceses en general 974/2018. Negociado: 01.

NIG: 2906744420180012575.

De: Don Inmaculada Ruiz Castanho.

Abogado: Doña Alba Diz González.

Contra: Inversiones Hosteleras Mab, S.L.U.

EDICTO

Doña Luciana Rubio Bayo, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número Seis de Málaga.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 974/2018 a instancia de la parte actora doña Inmaculada Ruiz Castanho contra Inversiones Hosteleras Mab, S.L.U., sobre Despidos/Ceses en general, se ha dictado resolución de fecha decreto del tenor literal siguiente:

DECRETO 20/2019

Letrada de la Administración de Justicia doña Luciana Rubio Bayo.

En Málaga, a dieciséis de enero de dos mil diecinueve.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Doña Inmaculada Ruiz Castanho ha presentado demanda frente a Inversiones Hosteleras Mab, S.L.U., en materia de despido.

Segundo. Las partes han sido citadas al acto de conciliación ante la Letrada de la Administración de Justicia con resultado de avenencia en los siguientes términos:

La parte demandada reconoce expresamente la improcedencia del despido de la parte actora, pero hace constar que no le es posible proceder a su readmisión, por lo que las partes convienen en que se extingue la relación laboral en fecha 15.8.2018 y ofrece a la trabajadora la cantidad de 2.199 euros netos en concepto de indemnización por despido, pagaderos por transferencia bancaria a la cuenta donde la trabajadora percibía su nómina. El abono de esta cantidad se hará el día 16.2.2019.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Único. El art. 84 de la L.R.J.S. establece que si las partes alcanzan una avenencia, siempre que no sea constitutiva de lesión grave para alguna de las partes, fraude de ley o abuso de derecho, se dictará decreto aprobándola y además se acordará el archivo de las actuaciones.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo:

- Aprobar la avenencia alcanzada entre las partes en este procedimiento.

- Y archivar las presentes actuaciones una vez que sea firme la presente resolución.

Notifíquese la presente resolución.

Modo de impugnación: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, art. 188 de la L.R.J.S. El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en el núm. de cuenta de este Juzgado núm. debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código «31 Social- Revisión». Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación «recurso» seguida del «código 31 Social- Revisión». Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.

El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

Y para que sirva de notificación al demandado Inversiones Hosteleras Mab, S.L.U., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la comunidad, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Málaga, a treinta y uno de enero de dos mil diecinueve.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

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