Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 34 de 19/02/2019

4. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Andalucía

Edicto de 8 de febrero de 2019, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Sala de lo Social en Sevilla, dimanante de autos núm. 4205/2017.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00151029.

NIG: 4109144S20150006872.

Negociado: G.

Recurso: Recursos de Suplicación 4205/2017.

Juzgado origen: Juzgado de lo Social núm. Cinco de Sevilla.

Procedimiento origen: Seguridad Social en materia prestacional 640/2015.

E D I C T O

Doña Rosa María Adame Barbeta, Letrada de la Administración de Justicia de la Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

HACE SABER

Que en el Recurso de Suplicación núm. 4205/17 IN, se ha dictado Sentencia por esta Sala, con fecha 7.2.19, resolviendo recurso de suplicación contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. Cinco de Sevilla, en Procedimiento núm. 640/15.

Del contenido de la sentencia y de todo lo actuado, podrá tener conocimiento mediante comparecencia en esta Sala, haciéndosele saber que contra la misma podrá preparar Recurso de Casación para la Unificación de Doctrina en el plazo de los diez días siguientes a la presente notificación.

Y para que conste y sirva de notificación a Pickman la Cartuja de Sevilla, cuyo actual paradero es desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

Sevilla, 8 de febrero de 2019.- La Letrada de la Administración de Justicia, Rosa María Adame Barbeta.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

Descargar PDF