Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 38 de 25/02/2019

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 14 de febrero de 2019, del Juzgado de lo Social núm. Seis de Málaga, dimanante de autos núm. 469/2018.

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NIG: 2906744420180006077.

Procedimiento: Núm. 469/2018. Negociado: 06.

De: Doña Patricia Hafner Berodia.

Contra: Calidum Resorts, S.L., Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social y Mutualidad de Andalucía y de Ceuta (CESMA).

EDICTO

El/la Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social núm. Seis de Máalaga.

HAce saber: Que en este Juzgado se sigue el procedimiento núm. 469/2018, sobre Seguridad Social en materia prestacional, a instancia de Patricia Hafner Berodia contra Calidum Resorts, S.L., Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social y Mutualidad de Andalucía y de Ceuta (CESMA), en la que se ha dictado Sentencia que sustancialmente dice lo siguiente:

SENTENCIA núm. 58/2019

En Málaga, a catorce de febrero de dos mil diecinueve.

Vistos por doña Victoria Gallego Funes, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Social número Seis de Málaga, los precedentes autos número 469/2018, seguidos a instancia de doña Patricia Hafner Berodia, asistida por Letrado Sr. Civico Romero, frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social, ambos representados por Letrado Sr. Leonés Salido; Mutua Cesma, representada por Letrado Sr./a. Villa Brieva y la entidad Calidum Resorts, S.L.U., que no comparece, sobre Prestaciones por Incapacidad Temporal.

F A L L O

Que desestimando la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por doña Patricia Hafner Berodia, frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social, Mutua Cesma y la entidad Calidum Resorts, S.L.U., frente al sobre Prestaciones por Incapacidad Temporal, debo absolver a los demandados de las acciones formuladas en su contra.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía/Málaga, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los cinco días hábiles siguientes a la notificación del presente fallo,

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Diligencia de publicación. La anterior resolución se publicó en el día de su fecha. Doy fe.

Y para que sirva de notificación en forma a Calidum Resorts, S.L., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.

El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.

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