Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 4 de 08/01/2019

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Consejería de Salud

Resolución de 31 de diciembre de 2018, de la Dirección General de Profesionales del Servicio Andaluz de Salud, por la que se aprueban las listas definitivas de personas aspirantes que han superado el concurso-oposición de Enfermero/a, por el sistema de acceso libre, se anuncia la publicación de dichas listas, se indican las plazas que se ofertan y se inicia el plazo para solicitar destino.

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De conformidad con lo establecido en las bases 9 y 10 del Anexo I de la Resolución de 18 de marzo de 2015, de la Dirección General de Profesionales del Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca concurso-oposición, por el sistema de acceso libre, para cubrir plazas básicas vacantes de la categoría de Enfermero/a dependientes del Servicio Andaluz de Salud (BOJA núm. 57, de 24 de marzo), corregida por Resolución de 7 de abril de 2015 (BOJA núm. 68, de 10 de abril), Resolución de 13 de julio de 2015 (BOJA núm. 142, de 23 de julio), Resolución de 18 de julio de 2016 (BOJA núm. 142, de 26 de julio) y por Resolución de 21 de octubre de 2016 (BOJA núm. 209, de 31 de octubre); realizado el trámite de vista de expediente a las personas aspirantes que lo han solicitado; resueltas por los respectivos Tribunales Calificadores las alegaciones presentadas a las Resoluciones por las que se aprueban las listas provisionales de personas aspirantes que superan el concurso oposición; y en uso de las atribuciones que tiene conferidas en virtud de lo dispuesto en el Decreto 136/2001, de 12 de junio (BOJA núm. 80, de 14 de julio), modificado por el Decreto 176/2006, de 10 de octubre (BOJA núm. 209, de 27 de octubre), por el que se regulan los sistemas de selección del personal estatutario y de provisión de plazas básicas en los Centros Sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, y en el Decreto 208/2015, de 14 de julio (BOJA núm. 136, de 15 de julio) de Estructura Orgánica de la Consejería de Salud y del Servicio Andaluz de Salud, esta Dirección General

RESUELVE

Primero. Aprobar, a propuesta de los Tribunales Calificadores, las listas definitivas de personas aspirantes que han superado el concurso-oposición por el sistema de acceso libre de Enfermero/a.

La citadas listas se publican por orden alfabético y de puntuación, indicando el sistema de acceso por el que participa cada aspirante, la puntuación consignada por las personas aspirantes en cada uno de los apartados del autobaremo de méritos presentado, la puntuación asignada por los Tribunales Calificadores en cada uno de los apartados del baremo de méritos, y las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso, de oposición y la total del concurso-oposición.

Segundo. Aprobar las listas definitivas de personas aspirantes que no han superado el concurso oposición, ordenadas alfabéticamente, con indicación de la puntuación consignada por las personas aspirantes en cada uno de los apartados del autobaremo presentado, la puntuación obtenida en la fase de oposición, y la puntuación total obtenida en el concurso oposición. La puntuación asignada por los Tribunales Calificadores en la fase de concurso sólo se indica en el caso de que la puntuación del autobaremo sea igual o mayor que la obtenida por la última persona aspirante que supera definitivamente el concurso-oposición.

Tercero. Aprobar las listas definitivas de personas aspirantes excluidas de la fase de concurso, con indicación de la causa de exclusión. Las causas de exclusión fueron publicadas como anexo a la resolución que aprueba las listas provisionales de personas aspirantes que superan el concurso-oposición de las correspondientes categorías.

Cuarto. Anunciar que las citadas listas definitivas se encontrarán expuestas al público en los tablones de anuncios de los Servicios Centrales del Servicio Andaluz de Salud y de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Salud, a partir del mismo día de publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, así como en la página web del Servicio Andaluz de Salud (www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud).

Quinto. Aprobar la relación de plazas que se ofertan conforme a la distribución por centros de destino que se indica en el Anexo I de la presente resolución.

Sexto. Aquellas personas aspirantes que han superado el concurso oposición deberán presentar de forma electrónica, en el plazo de 15 días naturales comenzando el día 15 de enero hasta el 29 de enero de 2019, ambos inclusive, a través del formulario electrónico correspondiente al sistema normalizado de petición de destinos de la Ventanilla Electrónica de la persona Candidata (VEC) disponible en la página web del Servicio Andaluz de Salud (www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud), la solicitud de Petición de centro de destino. En virtud de lo dispuesto en la base 10.1 de las convocatorias, y al objeto de garantizar la obtención de un centro de destino de entre los solicitados, todas las personas aspirantes que han superado el concurso-oposición, con independencia de la puntuación obtenida, han de solicitar por orden de preferencia todos los centros de destinos ofertados, especificando para ello los códigos de centros indicados en el anexo.

En dicha solicitud de Petición de centro de destino la persona aspirante declarará bajo su responsabilidad que:

a) No ha sido separado/a del servicio mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni hallarse inhabilitado/a con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas.

b) No ha sido condenado/a mediante sentencia firme por delitos contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos. Podrá autorizar la consulta en el Registro Central de delincuentes sexuales del Ministerio de Justicia o aportar original de la certificación negativa en vigor del mismo en el acto de toma de posesión.

c) No padece enfermedad ni defecto físico que le imposibiliten para el ejercicio de sus funciones. Y las personas aspirantes que tengan reconocida la condición de discapacidad, que poseen la capacidad funcional para el desempeño de las funciones propias de la especialidad a la que se opta. Lo acreditará mediante la presentación del original del certificado médico en vigor en el acto de toma de posesión.

Las personas aspirantes que concurran por el cupo de plazas reservadas a personas con discapacidad podrán solicitar la alteración del orden de prelación establecido para la elección de plaza y demandar un ámbito territorial concreto, alegando para ello motivos de dependencia personal, dificultades de desplazamiento y otros análogos. La Dirección General de Profesionales resolverá, en cada caso, en función de la discapacidad acreditada y los cuidados que requiera la persona con discapacidad, limitando la alteración del citado orden de prelación al mínimo requerido para posibilitar la elección de plaza a la persona con discapacidad. La Dirección General de Profesionales podrá solicitar a la persona aspirante los informes y certificados que estime precisos, así como requerir informe a órganos técnicos, sanitarios o asistenciales.

La dependencia personal sólo podrá ser acreditada mediante Resolución de reconocimiento de la situación de dependencia, emitida por la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales de la Junta de Andalucía u órgano equivalente de otra comunidad autónoma, en la que se indique el grado y nivel de dependencia reconocido de conformidad con el Real Decreto 174/2011, de 11 de febrero (BOE núm. 42, de 18 de febrero), y el Decreto 168/2007, de 12 de junio (BOJA núm. 119, de 18 de junio), en el ámbito de la Comunidad Autónoma Andaluza.

La dificultad de desplazamiento, entendida como limitación para trasladar el domicilio habitual, deberá ser consecuencia de la discapacidad reconocida y será acreditada, al menos, mediante el Dictamen Técnico Facultativo emitido, en el procedimiento de reconocimiento del grado de discapacidad, por alguno de los Centros de Valoración y Orientación de la Consejería competente en la materia de la Junta de Andalucía u órgano equivalente de otra comunidad autónoma, de conformidad con el R.D. 1971/1999, de 23 de diciembre (BOE núm. 22, de 26 de enero de 2000). La persona aspirante deberá acompañar dicho dictamen de los informes médicos, psicológicos y/o sociales que considere oportuno.

Séptimo. La petición de centro de destino y las declaraciones responsables requeridas en el punto sexto de la presente resolución deberá ser presentada de forma electrónica a través de la VEC por alguna de las siguientes vías:

- Vía telemática, preferentemente, acreditándose a través de la firma mediante cualquiera de los sistemas de firma electrónica que son admitidos (certificados expedidos por la FNMT, sistema de clave concertada permanente expedidos por la Agencia Estatal de Administración Tributaria AEAT o de un código de usuario y clave de acceso). Una vez cumplimentada el formulario de registro en todos sus extremos, la persona interesada firmará electrónicamente y realizará el registro telemático de la instancia, generándose automáticamente un justificante de la recepción de los documentos electrónicos presentados en el que se dejará constancia del asiento de entrada que se asigna al documento, así como fecha y hora que acredite el momento exacto de presentación y el no rechazo de la misma.

- Vía ofimática: Para realizar dicha solicitud la persona interesada deberá acreditarse a través de la firma mediante un código de usuario y clave de acceso. Una vez cumplimentada el formulario de registro en todos sus extremos, la persona interesada firmará electrónicamente y realizará el registro telemático de la instancia, generándose automáticamente un justificante de la recepción de los documentos electrónicos presentados en el que se dejará constancia del asiento de entrada que se asigna al documento, así como fecha y hora que acredite el momento exacto de presentación y el no rechazo de la misma.

La documentación acreditativa de la dependencia personal y/o dificultades de desplazamiento deberá ser presentada, por alguna de las siguientes vías:

- Vía telemática, preferentemente, a través del Registro Telemático de la Junta de Andalucía, al que se accederá desde la web del Servicio Andaluz de Salud (www.juntadeandalucia.es/servicioandauzdesalud), accediendo con el certificado digital emitido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.

- Vía ofimática, dirigida a la a la persona titular de la Dirección General de Profesionales (Avenida de la Borbolla, núm. 1, 41004, Sevilla), y presentada en las oficinas de Registro de los Centros Sanitarios y Servicios Centrales del Servicio Andaluz de Salud, cuyas direcciones y horarios pueden consultarse en el directorio de la Plataforma de Relación con la Ciudadanía de la Junta de Andalucía (http://www.juntadeandalucia.es/haciendayadministracionpublica/clara/gaaDirectorio.htlm), sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En el caso de que se optara por presentar la solicitud ante una Oficina de Correos se hará en sobre abierto, para que la instancia sea fechada y sellada por personal de Correos antes de certificarse. Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes, que las remitirán seguidamente al Servicio Andaluz de Salud.

Octavo. Finalizado el plazo de presentación de la solicitud de destinos citado en el apartado sexto, no se admitirán modificaciones en la relación de destinos solicitados.

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante la Dirección General de Profesionales en el plazo de un mes, conforme a lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Sala de Granada, conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente al de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 31 de diciembre de 2018.- La Directora General, Celia Gómez González.

ANEXO I

RELACIÓN DE PLAZAS QUE SE OFERTAN POR CENTROS DE DESTINO

ENFERMERO/A
PROVINCIA CÓDIGO CENTRO NÚM. PLAZAS
ALMERÍA 1207 DISPOSITIVO DE APOYO PONIENTE DE ALMERÍA 2
1208 DISPOSITIVO DE APOYO ALMERÍA 1
1209 DISPOSITIVO DE APOYO LEVANTE – ALTO ALMANZORA 1
1324 ZONA BÁSICA DE SALUD BERJA 1
1327 ZONA BÁSICA DE SALUD EL EJIDO 5
1328 ZONA BÁSICA DE SALUD ROQUETAS DE MAR 1
1330 ZONA BÁSICA DE SALUD ALMERÍA 2
1920 HOSPITAL UNIVERSITARIO TORRECÁRDENAS 33
1921 HOSPITAL LA INMACULADA 3
CÁDIZ 2209 DISPOSITIVO DE APOYO SIERRA DE CÁDIZ 3
2210 DISPOSITIVO DE APOYO JEREZ – COSTA NOROESTE 1
2211 DISPOSITIVO DE APOYO CAMPO DE GIBRALTAR 3
2212 DISPOSITIVO DE APOYO BAHÍA DE CÁDIZ – LA JANDA 4
2318 ZONA BÁSICA DE SALUD CONIL 1
2329 ZONA BÁSICA DE SALUD ROTA 1
2344 ZONA BÁSICA DE SALUD LOS BARRIOS 1
2350 ZONA BÁSICA DE SALUD JIMENA DE LA FRONTERA 1
2360 ZONA BÁSICA DE SALUD JEREZ 4
2361 ZONA BÁSICA DE SALUD ALGECIRAS 1
2362 ZONA BÁSICA DE SALUD LA LÍNEA DE LA CONCEPCIÓN 1
2363 ZONA BÁSICA DE SALUD CÁDIZ 1
2364 ZONA BÁSICA DE SALUD SAN FERNANDO 1
2366 ZONA BÁSICA DE SALUD PUERTO DE SANTA MARÍA 2
2367 ZONA BÁSICA DE SALUD SANLÚCAR DE BARRAMEDA 3
2920 HOSPITAL UNIVERSITARIO PUERTA DEL MAR 8
2921 HOSPITAL UNIVERSITARIO PUERTO REAL 4
2922 HOSPITAL DE LA LÍNEA DE LA CONCEPCIÓN 6
2923 HOSPITAL PUNTA DE EUROPA 6
2924 HOSPITAL UNIVERSITARIO DE JEREZ DE LA FRA. 14
2960 CENTRO TRANSFUSIÓN, TEJIDOS Y CÉLULAS CÁDIZ 1
CÓRDOBA 3210 DISPOSITIVO DE APOYO GUADALQUIVIR 2
3211 DISPOSITIVO DE APOYO CÓRDOBA SUR 4
3350 ZONA BÁSICA DE SALUD CÓRDOBA 1
3354 ZONA BÁSICA DE SALUD PEÑARROYA – PUEBLONUEVO 1
3357 ZONA BÁSICA DE SALUD VILLANUEVA DE CÓRDOBA 1
3920 HOSPITAL UNIVERSITARIO REINA SOFÍA 13
3921 HOSPITAL INFANTA MARGARITA 15
3922 HOSPITAL VALLE DE LOS PEDROCHES 2
GRANADA 4209 DISPOSITIVO DE APOYO GRANADA NORDESTE 2
4211 DISPOSITIVO DE APOYO METROPOLITANO GRANADA 3
4212 DISPOSITIVO DE APOYO GRANADA 2
4319 ZONA BÁSICA DE SALUD HUÉSCAR 1
4320 ZONA BÁSICA DE SALUD BAZA 1
4327 ZONA BÁSICA DE SALUD ALHAMA DE GRANADA 1
4343 ZONA BÁSICA DE SALUD ALMUÑÉCAR 1
4346 ZONA BÁSICA DE SALUD UGÍJAR 1
4350 ZONA BÁSICA DE SALUD GRANADA 5
4351 ZONA BÁSICA DE SALUD MOTRIL 2
4352 ZONA BÁSICA DE SALUD ALBOLOTE 2
4920 HOSPITAL UNIVERSITARIO VIRGEN DE LAS NIEVES 16
4922 HOSPITAL SANTA ANA 3
4923 HOSPITAL DE BAZA 2
4926 HOSPITAL UNIVERSITARIO SAN CECILIO 12
4960 CENTRO TRANSFUSIÓN, TEJIDOS Y CÉLULAS GRANADA 1
HUELVA 5206 DISPOSITIVO DE APOYO SIERRA HUELVA – ANDÉVALO CENTRAL 1
5207 DISPOSITIVO DE APOYO CONDADO – CAMPIÑA 2
5208 DISPOSITIVO DE APOYO HUELVA – COSTA 1
5312 ZONA BÁSICA DE SALUD CAMPIÑA NORTE 1
5314 ZONA BÁSICA DE SALUD AYAMONTE 1
5315 ZONA BÁSICA DE SALUD CARTAYA 1
5316 ZONA BÁSICA DE SALUD LEPE 1
5317 ZONA BÁSICA DE SALUD ISLA CRISTINA 1
5330 ZONA BÁSICA DE SALUD HUELVA 2
5920 HOSPITAL UNIVERSITARIO JUAN RAMÓN JIMÉNEZ 13
5921 HOSPITAL INFANTA ELENA 3
5922 HOSPITAL DE RIOTINTO 7
JAÉN 6208 DISPOSITIVO DE APOYO JAÉN – NORTE 3
6209 DISPOSITIVO DE APOYO JAÉN – NORDESTE 4
6210 DISPOSITIVO DE APOYO JAÉN – SUR 2
6211 DISPOSITIVO DE APOYO JAÉN 1
6301 ZONA BÁSICA DE SALUD ALCALÁ LA REAL 2
6303 ZONA BÁSICA DE SALUD TORREDONJIMENO 1
6305 ZONA BÁSICA DE SALUD MARTOS 1
6311 ZONA BÁSICA DE SALUD MANCHA REAL 1
6324 ZONA BÁSICA DE SALUD ÚBEDA 1
6332 ZONA BÁSICA DE SALUD BEAS DE SEGURA 1
6342 ZONA BÁSICA DE SALUD JAÉN 1
6920 HOSPITAL UNIVERSITARIO DE JAÉN 16
6921 HOSPITAL SAN JUAN DE LA CRUZ 5
6922 HOSPITAL SAN AGUSTÍN 8
MÁLAGA 7211 DISPOSITIVO DE APOYO MÁLAGA 3
7212 DISPOSITIVO DE APOYO COSTA DEL SOL 3
7213 DISPOSITIVO DE APOYO LA VEGA 2
7214 DISPOSITIVO DE APOYO AXARQUÍA 1
7215 DISPOSITIVO DE APOYO VALLE DE GUADALHORCE 1
7216 DISPOSITIVO DE APOYO SERRANÍA 3
7301 ZONA BÁSICA DE SALUD COÍN 1
7304 ZONA BÁSICA DE SALUD CÁRTAMA 1
7317 ZONA BÁSICA DE SALUD RINCÓN DE LA VICTORIA 1
7337 ZONA BÁSICA DE SALUD TORREMOLINOS BENALMÁDENA 1
7338 ZONA BÁSICA DE SALUD ALHAURÍN DE LA TORRE 1
7342 ZONA BÁSICA DE SALUD ARCHIDONA 1
7354 ZONA BÁSICA DE SALUD ESTEPONA 1
7360 ZONA BÁSICA DE SALUD MÁLAGA 5
7365 ZONA BÁSICA DE SALUD VÉLEZ MÁLAGA 2
7367 ZONA BÁSICA DE SALUD MARBELLA 3
7920 HOSPITAL UNIVERSITARIO REGIONAL DE MÁLAGA 33
7921 HOSPITAL UNIVERSITARIO VIRGEN DE LA VICTORIA 28
7922 HOSPITAL DE LA SERRANÍA 2
7923 HOSPITAL DE LA AXARQUÍA 5
7924 HOSPITAL DE ANTEQUERA 11
7960 CENTRO TRANSFUSIÓN, TEJIDOS Y CÉLULAS MÁLAGA 2
SEVILLA 8217 DISPOSITIVO DE APOYO SEVILLA 3
8220 DISPOSITIVO DE APOYO SEVILLA NORTE 3
8221 DISPOSITIVO DE APOYO SEVILLA ESTE 2
8301 ZONA BÁSICA DE SALUD SANLÚCAR LA MAYOR 3
8302 ZONA BÁSICA DE SALUD PILAS 1
8316 ZONA BÁSICA DE SALUD MAIRENA ALJARAFE 2
8332 ZONA BÁSICA DE SALUD CAMAS 1
8364 ZONA BÁSICA DE SALUD ESTEPA 1
8374 ZONA BÁSICA DE SALUD DOS HERMANAS 1
8376 ZONA BÁSICA DE SALUD SEVILLA 6
8920 HOSPITAL UNIVERSITARIO VIRGEN DEL ROCÍO 45
8921 HOSPITAL UNIVERSITARIO VIRGEN MACARENA 16
8925 HOSPITAL UNIVERSITARIO VIRGEN DE VALME 13
8960 CENTRO DE TRANSFUSIÓN, TEJIDOS Y CÉLULAS SEVILLA 1
8990 HOSPITAL LA MERCED 6
TOTAL: 506
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