Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 43 de 05/03/2019

2. Autoridades y personal2.1 Nombramientos, situaciones e incidencias

Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo

Resolución de 11 de febrero de 2019, de la Viceconsejería, por la que se declara desierto el puesto de trabajo de libre designación convocado por la resolución que se cita.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00151379.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 25.1 y 26.2 de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, y en los artículos 60 a 66 del Reglamento General de ingreso, promoción interna, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto 2/2002, de 9 de enero, esta Viceconsejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, en virtud del Decreto del Presidente 2/2019, de 21 de enero, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, y del Decreto 56/1994, de 1 de marzo, de atribución de competencias en materia de personal y en uso de la competencia conferida por la Orden de 5 de junio de 2013, por la que se delegan competencias en órganos directivos de la Consejería.

RESUELVE

Declarar desierto el puesto de trabajo denominado «Servicio de Régimen Sancionador, Cámaras de Comercio y Comercio Ambulante», código 440610, convocado por Resolución de esta Viceconsejería de fecha 13 de noviembre de 2018 (BOJA núm. 223, de 19 de noviembre).

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación o publicación del presente acto, o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo ante los correspondientes órganos judiciales de este orden, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 11 de febrero de 2019.- La Viceconsejera, María Isabel Balbín Luque.

Descargar PDF