Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 46 de 08/03/2019

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 22 de febrero de 2019, del Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga, dimanante de autos núm. 857/2018.

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Procedimiento: Despidos/Ceses en general 857/2018. Negociado: B2.

NIG: 2906744420180011428.

De: Don Víctor José Monte de Oca Padilla.

Abogado: Paloma Rengel González.

Contra: La Madriguera Craft Beer, S.L.

EDICTO

Don Juan Carlos Ruiz Zamora, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 857/2018, a instancia de la parte actora don Víctor José Monte de Oca Padilla contra La Madriguera Craft Beer, S.L., sobre Despidos/Ceses en general se ha dictado Sentencia de fecha 22.2.19 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

«FALLO

Que debo estimar y estimo la demanda de despido y reclamación de cantidad interpuesta por don Víctor José Montes de Oca Padilla frente a La Madriguera Craft Beer, S.L., declarando improcedente el despido, de aquél de fecha de 27 de agosto de 2018, declararon extinguida la relación laboral a fecha de la sentencia, 22 de febrero de 2019, y condenando a la demandada al abono a aquel la cantidad de 2.811,05 euros en concepto de indemnización, y 6.490,97 euros de salarios de tramitación.

Que debo declarar y declaro que el Fogasa debe estar y pasar por esta declaración.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer Recurso de Suplicación en el plazo de cinco días desde el siguiente a su notificación.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Diligencia de publicación. La extiendo yo el Sr. Letrado de Administración de Justicia para dar fe de que la anterior resolución se publicó en el día de su fecha, estando el Ilmo. Sr. Magistrado que la dictó celebrando Audiencia Pública. Reitero fe.»

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

Y para que sirva de notificación al demandado La Madriguera Craft Beer, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Málaga, a veintidós de febrero de dos mil diecinueve.- El Letrado de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

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