Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 48 de 12/03/2019

3. Otras disposiciones

Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior

Resolución de 7 de marzo de 2019, de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Sevilla, por la que se hace público el Acuerdo de 26 de febrero de 2019, de la Secretaria General, por el que se amplia la delegación de competencia para la autenticación de copias, mediante cotejo.

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Resolución de 27 de febrero de 2019, de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Sevilla, por la que se hace público el Acuerdo de 26 de febrero de 2019, de la Secretaría General, por el que se amplía la delegación de la competencia para la autenticación de copias mediante cotejo contenida en el Acuerdo de 23 de julio de 2010, de la Sección de Personal de la entonces Delegación Provincial de Hacienda y Administración Pública de Sevilla.

El artículo 9.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, establece que los órganos de las diferentes Administraciones Públicas podrán delegar el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas en otros órganos de la misma Administración aun cuando no sean jerárquicamente dependientes de aquéllas.

El Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios de atención directa al ciudadano, recoge en su artículo 23 que la competencia para la autenticación de copias de documentos a que se refiere el artículo 21.2 de dicho Decreto, corresponderá a las jefaturas de sección u órganos asimilados responsables de cada Registro General de Documentos.

Razones de eficacia y celeridad en la prestación del servicio aconsejan la delegación de la competencia de autenticación de copias de documentos en distinto personal de la Delegación para aquéllos relativos a las materias que tienen encomendadas.

Por todo ello, esta Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Sevilla, resuelve dar publicidad al Acuerdo de la persona titular de la Secretaría General, de 21 de febrero de 2019, cuyo texto figura como Anexo de la presente Resolución, por el que se delega la competencia para la autenticación de copias mediante cotejo con el original, en las personas titulares de los puestos de trabajo que en el mismo se relaciona.

ANEXO

Acuerdo de 26 de febrero de 2019, de la Secretaría General de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Sevilla, por el que se amplía la delegación de la competencia para la autenticación de copias mediante cotejo contenida en el Acuerdo de 23 de julio de 2010, de la Sección de Personal de la entonces Delegación Provincial de Hacienda y Administración Pública de Sevilla, en las personas titulares de los puestos de trabajo que se citan.

Por Resolución de la Delegación Provincial de Hacienda y Administración Pública de Sevilla de 28 de julio de 2010, publicada en el BOJA número 156, de 10 de agosto, se resolvió dar publicidad al Acuerdo de la Sección de Personal de 23 de julio de 2010, delegando la competencia para la expedición de copias autenticadas de documentos públicos o privados mediante cotejo con su original respecto de los documentos que se presenten en los registros General y Auxiliar de dicha Delegación Provincial, haciendo uso de la facultad reconocida en los artículos 9.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP), y 101.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía (LAJA), en relación con los artículos 16.5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP) y 3 de la LAJA así como con el Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos.

El artículo 22 del Decreto 342/2012, de 31 de julio, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, dispone que al frente de los servicios periféricos de cada Consejería existirá una Secretaría General Provincial, de la que dependerán unidades administrativas correspondientes. El Decreto 32/2019, de 5 de febrero, por el que se modifica el Decreto anteriormente referido, en la disposición adicional tercera adscribe a las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía, entre otros, los servicios periféricos de la Consejería de Hacienda, Industria y Energía.

Existe en la Relación de Puestos de Trabajo de la Secretaría General Provincial de Sevilla de la Consejería de Hacienda, Industria y Energía, los puestos de trabajo que a continuación se relacionan, haciéndose aconsejable por razones de eficacia y economía que se les reconozca la competencia delegada para la autenticación de copias mediante cotejo con su original:

- Servicio de Industria, Energía y Minas (código 513710).

- Departamento de Industria (código 515510).

- Departamento de Energía (código 517010).

- Departamento de Minas (código 517110).

Por todo ello, acuerdo:

Primero. Ampliar la delegación de la competencia de expedición de copias autenticadas de documentos públicos o privados mediante cotejo con su original, respecto de los documentos que se presenten en los Registros General y Auxiliar de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Sevilla, contenida en el Acuerdo de la Sección de Personal de la extinta Delegación Provincial de Hacienda y Administración Pública de Sevilla, de 23 de julio de 2010, a fin de incluir en la misma a las personas titulares de los puestos de trabajo siguientes:

- Servicio de Industria, Energía y Minas (código 513710).

- Departamento de Industria (código 515510).

- Departamento de Energía (código 517010).

- Departamento de Minas (código 517110).

Segundo. Esta delegación será revocable en cualquier momento, sin perjuicio de su posible avocación cuando circunstancias de índole técnica, social o jurídica lo hagan conveniente.

Tercero. En las copias autenticadas que se expidan en virtud de la presente delegación se hará constar expresamente esta circunstancia.

Cuarto. La presente delegación de competencias deberá ser publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, entrando en vigor a partir del día siguiente a su publicación.

Sevilla, 7 de marzo de 2019.- El Delegado del Gobierno, Ricardo A. Sánchez Antúnez.

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