Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 56 de 22/03/2019

3. Otras disposiciones

Consejería de Hacienda, Industria y Energía

Decreto 425/2019, de 19 de marzo, por el que se acepta la cesión gratuita de la propiedad a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía, por el Ayuntamiento de Canjáyar (Almería), de dos parcelas, sitas en C/ Olivares, s/n, de dicha localidad, donde se ubica el IES «Valle de Andarax» y se adscribe a la Consejería de Educación y Deporte.

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Por el Pleno del Ayuntamiento de Canjáyar (Almería), se ha acordado la transmisión de la propiedad, a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía, de dos parcelas de titularidad municipal sitas en C/ Olivares, s/n, de dicha localidad, donde se ubica el IES «Valle de Andarax», con destino a uso educativo.

Por la Consejería competente en materia de educación, se ha manifestado el interés en la aceptación de la cesión de la propiedad de dichas parcelas, para uso educativo.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Hacienda, Industria y Energía, previa deliberación del Consejo de Gobierno, en reunión celebrada el 19 de marzo de 2019,

DISPONGO

Primero. De conformidad con lo previsto en el artículo 80 y concordantes, de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se acepta la transmisión de la propiedad, acordada por el Ayuntamiento de Canjáyar (Almería), de dos parcelas sitas en C/ Olivares, s/n, de dicha localidad, donde se ubica el IES «Valle de Andarax», con destino a uso educativo.

Constan inscritas en el Registro de la Propiedad de Canjáyar (Almería):

- Tomo 897, libro 110, folio 210, con el número de finca 7597.

- Tomo 1111, libro 136, folio 148, con el número de finca 9896.

Referencia catastral 3459003WF2935N0001WT.

Segundo. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 27.4 de la Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes de Entidades Locales de Andalucía, la cesión gratuita de la propiedad se formalizará en escritura pública o documento administrativo y se inscribirá en el Registro de la Propiedad correspondiente.

Tercero. En cumplimiento de lo previsto por el artículo 14 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, se tomará razón en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía de la transmisión de la propiedad de las parcelas descritas en el apartado primero, que se adscribe a la Consejería de Educación y Deporte con destino a uso educativo.

Cuarto. Por la Consejería de Hacienda, Industria y Energía, a través de la Dirección General de Patrimonio, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto dispone el presente Decreto.

Sevilla, 19 de marzo de 2019

JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía
JUAN BRAVO BAENA
Consejero de Hacienda, Industria y Energía
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