Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 56 de 22/03/2019

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 15 de enero de 2019, del Juzgado de Primera Instancia núm. Diez de Málaga, dimanante de procedimiento ordinario núm. 363/2017. (PP. 227/2019).

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NIG: 2906742C20170008952.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 363/2017. Negociado: 3.

Sobre: Obligaciones.

De: Comercial Baeza Ceuta, S.A.

Procurador: Sr. José Luis Ramírez Serrano.

Contra: Moypa Instalaciones, S.L.

E D I C T O

En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 363/2017, seguido a instancia de Comercial Baeza Ceuta, S.A., frente a Moypa Instalaciones, S.L., se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

Juzgado de Primera Instancia núm. Diez de Málaga.

Juicio Ordinario.

Autos núm.: 363/2017.

SENTENCIA Núm. 277/2018

En Málaga, a 20 de noviembre de 2018.

Vistos por mí, doña Eva María Gómez Díaz, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Diez de Málaga y de su Partido Judicial, los autos de juicio ordinario sobre reclamación de cantidad, seguidos ante este Juzgado y registrados con el número 363 del año 2017, a instancia de la entidad mercantil Comercial Baeza Ceuta, S.L., CIF A-51009298, con domicilio social en Ceuta, Ampliación Muelle Poniente 96, representada por el Procurador don José Luis Ramírez Serrano, bajo la dirección Letrada de don Ignacio Ochoa de Retana Gómez de Uribarri, frente a la entidad mercantil Moypa Instalaciones, S.L., CIF B-93.288.660, con domicilio social en Málaga, calle Eslovenia, número 56-4, en situación procesal de rebeldía, y atendidos a los siguientes

FALLO

Que estimando la demanda de Juicio Ordinario sobre Reclamación de Cantidad, interpuesta por el Procurador don José Luis Ramírez Serrano, en nombre y representación de la entidad mercantil Comercial Baeza Ceuta, S.L., bajo la dirección Letrada de don Ignacio Ochoa de Retana Gómez de Uribarri, frente a la entidad mercantil Moypa Instalaciones, S.L., en situación procesal de rebeldía, debo condenar y condeno a la mercantil demandada a abonar a favor de la mercantil actora las cantidades de siete mil ochocientos cincuenta y un euros con sesenta y nueve céntimos (7.851,69 euros) en concepto de principal, y de ciento cincuenta y ocho euros con once céntimos (158,11 euros) en concepto de gastos de devolución, más el interés legal de estas cantidades devengado desde la fecha de interposición de la demanda; interés que deberá incrementarse en dos puntos desde la fecha de dictado de la presente resolución hasta su completo pago.

Todo ello con expresa condena en costas a la parte demandada.

Contra esta sentencia se podrá interponer recurso de apelación para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Málaga, que, en su caso, deberá interponerse ante este Juzgado dentro de los veinte días hábiles siguientes a aquél en que se practique la notificación a las partes.

Y encontrándose dicho demandado, Moypa Instalaciones, S.L., en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

En Málaga, a quince de enero de dos mil diecinueve.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

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