Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 56 de 22/03/2019

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 15 de febrero de 2019, del Juzgado de lo Social núm. Seis de Málaga, dimanante de autos núm. 658/2018.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00152278.

NIG: 2906744420180008622.

Ejecución núm.: 658/2018. Negociado: 06.

De: Don Víctor Manuel Alonso Moreno.

Contra: Cárdenas Asesoramiento de Seguridad y Servicios, S.L.

EDICTO

El/La Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social núm. Seis de Málaga.

Hace saber:

Que en este Juzgado, se sigue la ejecución núm. 658/2018, sobre Procedimiento Ordinario, a instancia de don Víctor Manuel Alonso Moreno contra Cárdenas Asesoramiento de Seguridad y Servicios, S.L., en la que se ha dictado Sentencia que sustancialmente dice lo siguiente:

SENTENCIA nÚM. 62/2019

En Málaga, a catorce de febrero de dos mil diecinueve.

Vistos por doña Victoria Gallego Funes, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social número Seis de Málaga, los precedentes autos número 658/2018 seguidos a instancia de don Víctor Manuel Alonso Moreno asistido por Letrado Sr. Pulido Jurado, frente a la entidad Cárdenas Asesoramiento de Seguridad y Servicios, S.L. (B-93499549), que no comparece, sobre reclamación de cantidad.

F A L L O

Que, estimando la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por don Víctor Manuel Alonso Moreno, frente a la entidad Cárdenas Asesoramiento de Seguridad y Servicios, S.L. (B-93499549) sobre reclamación de cantidad, debo condenar y condeno solidariamente a las empresas demandadas a que abonen a la parte demandante la cantidad de 2.634,88 euros, mas el 10% del interés moratorio sobre los conceptos salariales.

Notifíquese la presente resolución a las partes y a Fogasa en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma no cabe recurso de suplicación.

Así, por esta, mi sentencia, de la que se llevará certificación a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.

Diligencia de publicación. La extiendo yo el/la Letrado/a de la Administración de Justicia para dar fe de que la anterior resolución se dictó en el día de su fecha. Reitero fe.

Y para que sirva de notificación en forma a Cárdenas Asesoramiento de Seguridad y Servicio cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.

El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

Descargar PDF