Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 58 de 26/03/2019

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 14 de marzo de 2019, del Juzgado de lo Social núm. Seis de Málaga, dimanante de autos núm. 30/2019.

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Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 30/2019. Negociado: 05.

NIG: 2906744420180010202.

De: Doña Cristina Jiménez Pérez.

Contra: Asesoría Energética Adima, S.L.

EDICTO

Doña Luciana Rubio Bayo, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social núm. Seis de Málaga.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 30/2019 a instancia de la parte actora doña Cristina Jiménez Pérez contra Asesoría Energética Adima, S.L., sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado resolución de fecha 14.3.17, sustancialmente del tenor literal siguiente:

«PARTE DISPOSITIVA

Se acuerda ordenar y se despacha la ejecución a instancia de doña Cristina Jiménez Pérez contra Asesoría Energética Adima, S.L., por un principal de 1.810,71 euros, más 362 euros que se presupuestan para intereses y costas de la ejecución.

Se autoriza averiguación patrimonial de la ejecutada a través del Punto Neutro Judicial.»

Y para que sirva de notificación a la demandada Asesoría Energética Adima, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Málaga, a catorce de marzo de dos mil diecinueve.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

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