Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 59 de 27/03/2019

3. Otras disposiciones

Consejería de Hacienda, Industria y Energía

Resolución de 21 de marzo de 2019, de la Secretaría General de Industria, Energía y Minas, por la que se habilita un mecanismo de comunicación para la participación de las entidades interesadas en la elaboración de la propuesta de la Comunidad Autónoma de Andalucía contemplada en la Orden TEC/212/2019, de 25 de febrero, por la que se inicia el procedimiento para efectuar propuestas de desarrollo de la Red de Transporte de Energía Eléctrica con Horizonte 2026.

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ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Con fecha 1 de marzo de 2019 se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado la Orden TEC/212/2019, de 25 de febrero, por la que se inicia el procedimiento para efectuar propuestas de desarrollo de la red de transporte de energía eléctrica con Horizonte 2026, estableciendo un plazo de tres meses para que los sujetos del sistema eléctrico, las Comunidades Autónomas y Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla, y los promotores de nuevos proyectos de generación eléctrica remitan sus propuestas al Ministerio para la Transición Ecológica. De acuerdo al Anexo I de dicha Orden, la Comunidad Autónoma debe justificar las solicitudes relativas a la nueva generación o nueva demanda.

Segundo. Con el objeto de fomentar la participación de las entidades interesadas en la elaboración de la propuesta de la Comunidad Autónoma de Andalucía y sin perjuicio de los demás mecanismos previstos en la normativa de aplicación, desde la Secretaría General de Industria, Energía y Minas, se considera necesario habilitar un mecanismo de comunicación que posibilite trasladar a esta Administración sus aportaciones de forma que la propuesta que debe emitir la comunidad autónoma se formule de una manera más completa y motivada.

FUNDAMENTO DE DERECHO

Las competencias autonómicas en materia de energía se encuentran establecidas en el artículo 49 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía. A esta Secretaría General de Industria, Energía y Minas le corresponden, de acuerdo con el artículo 6 del Decreto 101/2019, de 12 de febrero, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda, Industria y Energía, todas las funciones relacionadas con la dirección de las políticas de energía.

En consecuencia, vistos los antecedentes de hecho y el fundamento de derecho expuestos, esta Secretaría General de Industria, Energía y Minas

RESUELVE

Primero. Establecer que el mecanismo para que las entidades que quieran comunicar sus aportaciones de desarrollo de la red de transporte a esta Administración, a efectos de elaborar la propuesta que debe emitir la Comunidad Autónoma de conformidad con la Orden TEC/212/2019, de 25 de febrero, sea a través de la «Presentación Electrónica General», cuya url de acceso es la siguiente: https://www.juntadeandalucia.es/ciudadania/web/guest/presentacion-electronica-general.

Segundo. Los datos identificativos que habrán de ser incluidos en la comunicación son los siguientes:

Datos del promotor/a o propietario/a:

- Apellidos y nombre/razón social

- NIF/NIE/Pasaporte/otros

- Domicilio

- Teléfono

Apellidos y nombre del/de la representante legal:

- NIF/NIE/Pasaporte/otros

- Domicilio a efectos de la notificación

- Correo electrónico

Datos de la instalación:

- Nombre instalación

- Tipo de tecnología

- Potencia instalación (MW)

- Conexión en transporte o distribución

Nudo de red de transporte solicitado o afectado (nombre y tensión)

- Municipio

- Provincia

- Paraje/ubicación

- Coordenadas UTM

Tercero. La comunicación deberá dirigirse a la Secretaria General de Industria, Energía y Minas y deberá acompañarse, de la acreditación de la capacidad de la representación y de la documentación relativa a la madurez de la tramitación administrativa, en particular de la tramitación de los derechos relativos al punto de acceso y conexión. Igualmente deberá aportarse la información requerida en el Anexo I de la Orden TEC/212/2019, de 25 de febrero, en particular para los promotores de nuevas instalaciones de generación de energía eléctrica, la justificación del cumplimiento de aquellos principios rectores definidos citados en la Orden que justifiquen su inclusión en la planificación.

Cuarto. Las aportaciones podrán presentarse hasta el día 12 de abril de 2019, incluido.

Quinto. Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en la página web de la Consejería de Hacienda, Industria y Energía.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada ante el Ilmo. Sr. Viceconsejero de Hacienda, Industria y Energía en el plazo de un (1) mes contado a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 115.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 21 de marzo de 2019.- La Secretaria General, Natalia González Hereza.

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