Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 60 de 28/03/2019

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 25 de octubre de 2017, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Tres de Roquetas de Mar, dimanante de procedimiento ordinario núm. 169/2012. (PP. 2968/2018).

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NIG: 0407942C20120000749.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 169/2012. Negociado: T2.

Sobre: Reclamación de cantidad.

De: Aktiv Kapital Portfolio, As, Oslo, sucursal en Zug.

Procuradora: Sra. María del Mar Gázquez Alcoba.

Contra: Doña Emigyul Osmanova Pamuckchieva y don Ahmed Sadakov Pamukchiev.

E D I C T O

En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 169/2012 seguido a instancia de Aktiv Kapital Portfolio, As, Oslo, sucursal en Zug, frente a doña Emigyul Osmanova Pamuckchieva y don Ahmed Sadakov Pamukchiev, se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

SENTENCIA Núm. 64/2017

En Roquetas de Mar, a veinte de octubre de dos mil diecisiete.

Vistos por el Iltre. Sr. don Miguel Campillo Galiana, Juez titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Tres de Roquetas de Mar, los presentes autos de juicio ordinario de reclamación de cantidad, registrados con número 169/12, promovidos por la entidad mercantil Aktiv Kapital Portfolio As Oslo, sucursal en Zug, representada por la Procuradora de los Tribunales doña María del Mar Gázquez Alcoba y asistida por el Letrado don Nicolás Moreno, en sustitución de don Jordi Bosch, contra don Ahmed Sadakov Pamukchiev y contra doña Emigyul Osmanova Pamukchieva, ambos en situación de rebeldía procesal, pronuncia la presente Sentencia con base en los siguientes:

FALLO

Que se estima parcialmente la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales doña María del Mar Gázquez Alcoba, en nombre y representación de la entidad mercantil mercantil Aktiv Kapital Portfolio As Oslo, sucursal en Zug, y, en consecuencia, se condena a don Ahmed Sadakov Pamukchiev y a doña Emigyul Osmanova Pamukchieva a abonar a la parte actora la suma principal 17.102,02 euros, con el interés remuneratorio pactado.

Cada una de las partes abonará sus propias costas y las comunes por mitad.

Notifíquese la presente resolución a las partes, previniéndoles que contra la misma podrá interponerse recurso de apelación ante este Juzgado para su elevación a la Ilma. Audiencia Provincial de Almería, mediante escrito presentado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el siguiente al en que tenga lugar la notificación, con expresa mención de la resolución que se recurre y los pronunciamientos que se impugnan, exponiendo las alegaciones en que se sustente, de acuerdo con lo prevenido en los artículos 455 y 458 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Así por esta mi Sentencia, definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo. Doy fe.

Y encontrándose dicho demandado, doña Emigyul Osmanova Pamuckchieva y don Ahmed Sadakov Pamukchiev, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En Roquetas de Mar, a veinticinco de octubre de dos mil diecisiete.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).»

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