Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 63 de 02/04/2019

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Deporte

Orden de 5 de febrero de 2019, por la que se modifica la autorización administrativa del centro autorizado de enseñanzas deportivas «Iundenia» de Granada. (PP. 424/2019).

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Visto el expediente tramitado a instancia de don Eduardo García Mármol, como representante de la entidad «Centro de Formación de Técnicos Deportivos Iundenia, S.L.», por el que solicita una modificación de la autorización del centro autorizado de enseñanzas deportivas Iundenia de Granada, por cambio de turno de las enseñanzas impartidas por el mismo, al amparo de lo dispuesto en el Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre.

Resultando que el centro autorizado de enseñanzas deportivas «Iundenia», con código 18013708 y domicilio en C/ Manolé, 49, local 18, de Granada, cuenta con autorización administrativa para impartir las enseñanzas conducentes a la obtención de los títulos de Técnico deportivo en las especialidades de Fútbol, Fútbol sala, Baloncesto, Esquí alpino, Alta montaña, Barrancos, Media montaña, Disciplinas hípicas de salto, doma y concurso completo, Disciplinas hípicas de resistencia, orientación y turismo ecuestre, Judo y defensa personal, Salvamento y socorrismo y Buceo deportivo con escafandra autónoma, así como de las enseñanzas conducentes a la obtención de los títulos de Técnico deportivo superior en las especialidades de Fútbol, Fútbol sala, Baloncesto, Esquí alpino, Alta montaña, Hípica, Judo y defensa personal y Salvamento y socorrismo.

Vistos: La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE del 4), reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE del 4), de Educación; la Ley 17/2007, de 10 de diciembre (BOJA del 26), de Educación de Andalucía; la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE del 2), del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; el Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre (BOE de 8 de noviembre), por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas deportivas de régimen especial; el Decreto 55/2012, de 6 de marzo (BOJA del 20), por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas deportivas de régimen especial en Andalucía; el Decreto 193/1997, de 29 de julio (BOJA de 9 de agosto), sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas artísticas, de aplicación a este centro en virtud de lo establecido en la disposición transitoria segunda del Decreto 140/2011, de 26 de abril (BOJA de 10 de mayo), por el que se modifican varios decretos relativos a la autorización de centros docentes para su adaptación a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y demás disposiciones complementarias.

Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.

En su virtud y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

DISPONGO

Primero. Conceder la modificación solicitada al centro autorizado de enseñanzas deportivas «Iundenia», código 18013708, con domicilio en C/ Manolé, núm. 49, local 18, de Granada, del que es titular la entidad Centro de Formación de Técnicos Deportivos Iundenia, S.L., para impartir en turno de tarde las enseñanzas autorizadas, recogidas en el Resultando anterior.

Segundo. Del contenido de la presente orden se dará traslado al Registro de Centros Docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de Centros Docentes.

Tercero. Dicho centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente orden.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Educación y Deporte, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 5 de febrero de 2019

FRANCISCO JAVIER IMBRODA ORTIZ
Consejero de Educación y Deporte
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