Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 64 de 03/04/2019

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Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo

Anuncio de 27 de marzo de 2019, de la Dirección Provincial del Servicio Andaluz de Empleo en Sevilla, por el que se publica la Resolución de 21 de febrero de 2019 por la que se acuerda la remisión del expediente que se cita al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Dos de Sevilla y se emplazan a los terceros interesados en el procedimiento abreviado 7/2019.

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En cumplimiento de lo requerido por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Dos de Sevilla, y en razón del recurso contencioso-administrativo, procedimiento abreviado número 7/2019, interpuesto por don Carlos Ramos Ortiz, en nombre y representación de la entidad Microquinto Informática, S.L., contra Resolución de 25 de octubre de 2018, de la Dirección Provincial del Servicio Andaluz de Empleo en Sevilla, por la que se resuelve desestimar el recurso potestativo de reposición interpuesto contra la Resolución de Reintegro de 28 de junio de 2018, de la misma Dirección Provincial del Servicio Andaluz de Empleo en Sevilla, por la que se acuerda la extinción del derecho al cobro de la ayuda concedida y pendiente de pago así como el reintegro de ayuda percibida en el marco de la iniciativa del Bono de Empleo Joven en el expediente administrativo SE/BJE/0226/2016.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. El art. 78.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA), dispone que, admitida la demanda, el Secretario Judicial acordará su traslado al demandado, citando a las partes para la celebración de vista, con indicación de día y hora, y requerirá a la Administración demandada que remita el expediente administrativo con al menos quince días de antelación del término señalado para la vista.

Segundo. Con arreglo al art. 49.1 de la citada LJCA la resolución por la que se acuerde remitir el expediente administrativo se notificará en los cinco días siguientes a su adopción, a cuantos aparezcan interesados en él, emplazándoles para que puedan personarse como demandados en el plazo de nueve días. La notificación se practicará con arreglo a lo dispuesto en la ley que regule el procedimiento administrativo común.

RESUELVO

1.º La remisión del expediente administrativo correspondiente a la entidad Microquinto Informática, S.L., expte. administrativo SE/BJE/0226/2016, a que se contrae el mencionado recurso, al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Dos de Sevilla.

2.º Notificar la presente resolución a cuantos aparezcan como interesados en el procedimiento abreviado núm. 7/2019 para que puedan personarse como demandados en las actuaciones, en el plazo de nueve días ante la Sala en legal forma, haciéndoles saber que de personarse fuera del plazo indicado, se les tendrá por parte sin que por ello deba retrotraerse ni interrumpirse el curso del procedimiento y, si no se personaren oportunamente, continuará el procedimiento por sus trámites, sin que haya lugar a practicarles notificación de clase alguna, según lo previsto en el artículo 50.3 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 27 de marzo de 2019.- El Director, Francisco Javier Loscertales Fernández.

«La presente notificación se hace al amparo de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y con carácter previo a su preceptiva publicación en el Boletín Oficial del Estado, que será la determinante a los efectos de su notificación.»

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