Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 66 de 05/04/2019

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 26 de marzo de 2019, del Juzgado de lo Social núm. Cinco de Sevilla, dimanante de autos núm. 50/2019.

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Procedimiento: 750/14. Ejecución de títulos judiciales 50/2019. Negociado: 2E.

NIG: 4109144S20140008069.

De: Doña María Carmen Peña Ordóñez.

Abogado: Don Fernando Lozano Urbano.

Contra: Nivalis Clean, S.L.

EDICTO

Doña Araceli Gómez Blanco, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social núm. Cinco de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 50/2019 a instancia de la parte actora doña María Carmen Peña Ordóñez contra Nivalis Clean, S.L., sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado Resolución de fecha 26.3.19 del tenor literal siguiente:

DECRETO 231/2019

Letrado/a de la Administración de Justicia, Sra. Araceli Gómez Blanco.

En Sevilla, a veintiséis de marzo de dos mil diecinueve.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Doña María Carmen Peña Ordóñez ha presentado demanda de ejecución frente a Nivalis Clean, S.L.

Segundo. Se ha dictado auto despachando ejecución en fecha 25.2.19 por un total de 4.215,36 € de principal mas la de 843,07 € presupuestados para intereses y costas.

Tercero. No se han encontrado bienes susceptibles de traba y se ha dado la preceptiva audiencia al Fondo de Garantía Salarial.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Único. Disponen los arts. 250 y 276 de la LRJS que de no tenerse conocimiento de la existencia de bienes suficientes del ejecutado en los que hacer traba y embargo, se practicarán las averiguaciones procedentes y de ser infructuosas, total o parcialmente,  el/la Letrado/a de la Administración de Justicia de la ejecución dictará decreto de insolvencia tras oír al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

PARTE DISPOSITIVA

ACUERDO:

Declarar a la ejecutada Nivalis Clean, S.L., en situación de insolvencia total por importe de 4.215,36 € de principal más la de 843,07 € presupuestados para intereses y costas, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.

Archívese el presente procedimiento y dése de baja en los libros correspondientes.

Notifíquese la presente resolución.

Modo de impugnación: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, art. 188 LRJS.

El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

Y para que sirva de notificación al demandado Nivalis Clean, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Sevilla, a veintiséis de marzo de dos mil diecinueve.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

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