Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 67 de 08/04/2019

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 7 de marzo de 2019, del Juzgado de Primera Instancia núm. Diecinueve de Málaga, dimanante de autos núm. 183/2018. (PP. 730/2019).

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NIG: 2906742120180003946.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 183/2018. Negociado: 3.

Sobre: Acción declarativa de dominio.

De: Manuel Cisneros Portillo, Juan Cisneros Portillo y José Cisneros Portillo.

Procuradora: Sra. Ana Cristina de los Ríos Santiago.

Letrada: Sra. María Concepción Morales Estébanez.

Contra: Desconocidos herederos de Miguel Portillo Gámez y herencia yacente de Carmen Cisnero Santana.

E D I C T O

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 183/2018, seguido ante las partes que arriba se referencian, se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

SENTENCIA NÚM. 13

En la ciudad de Málaga, a veinticuatro de enero de dos mil diecinueve.

En nombre de S.M. el Rey, vistos ante este Tribunal integrado por la Ilma. Sra. Magistrada doña Consuelo Fuentes García, Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Diecinueve de Málaga y su Partido Judicial, los presentes autos de juicio ordinario núm. 183/18, seguidos a instancias de la Procuradora de los Tribunales doña Ana de los Ríos Santiago, en nombre y representación de don Manuel Cisneros Portillo, don Juan Cisneros Portillo y de don José Cisneros Portillo, asistidos por la Letrada doña Concepción Morales Estébanez, contra los desconocidos herederos de don Miguel Portillo Gámez, y contra la herencia yacente de doña Carmen Cisnero Santana, ambos en rebeldía, versando los presentes autos sobre acción declarativa de dominio y división de cosa común.

FALLO

Que estimando la demanda formulada por la Procuradora de los Tribunales doña Ana de los Ríos Santiago, en nombre y representación de don Manuel Cisneros Portillo, don Juan Cisneros Portillo y de don José Cisneros Portillo, asistidos por la Letrada doña Concepción Morales Estébanez, contra los desconocidos herederos de don Miguel Portillo Gámez y contra la herencia yacente de doña Carmen Cisnero Santana, ambos en rebeldía, debo declarar que don Manuel y don José Cisneros Portillo son propietarios, cada uno de ellos, con carácter privativo de diez ciento veinteavas partes (10/120) indivisas de la finca descrita en el Hecho Primero y que don Juan Cisneros Portillo es propietario con carácter privativo de setenta ciento veinteavas partes (70/120) y que la herencia yacente de doña Carmen Cisneros Santana es propietaria del treinta ciento veinteavas (30/120) indivisas restantes, en relación con la finca descrita en el apartado primero de la fundamentación jurídica de esta resolución. Sin especial pronunciamiento condenatorio en costas.

Esta resolución no es firme y contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga (art. 455 de la LEC).

Y como consecuencia del ignorado paradero de desconocidos herederos Miguel Portillo Gámez, herencia yacente de Carmen Cisnero Santana, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Málaga, 7 de marzo de dos mil diecinueve.- La Letrada de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda. Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

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