Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 71 de 12/04/2019

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Consejería de Hacienda, Industria y Energía

Resolución de 29 de marzo de 2019, conjunta de la Intervención General de la Junta de Andalucía y de la Dirección General de Transformación Digital, por la que se implanta la factura electrónica en las entidades que se indican.

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En cumplimiento de lo establecido en la disposición transitoria única de la Orden del 29 de enero de 2015, por la que se regula el punto general de entrada de facturas electrónicas de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el uso de la factura electrónica en la Administración de la Junta de Andalucía y en las entidades del sector público andaluz, y en cumplimiento de la disposición transitoria primera del Decreto 75/2016, de 15 de marzo, por el que se crea el Registro Contable de Facturas de la Administración de la Junta de Andalucía y se establece su régimen jurídico, la Intervención General de la Junta de Andalucía y la Dirección General de Transformación Digital,

RESUELVEN

Primero. Con fecha de 2 de mayo de 2019 se implanta la factura electrónica en las siguientes entidades:

- Agencia Obra Pública de la Junta de Andalucía.

- Agencia de Medio Ambiente y Agua.

Desde ese momento les será de aplicación el Decreto 75/2016, de 15 de marzo, por el que se crea el de Registro Contable de Facturas de la Administración de la Junta de Andalucía y se establece su régimen jurídico y la Orden de 29 de enero de 2015, por la que se regula el punto general de entrada de facturas electrónicas de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el uso de la factura electrónica en la Administración de la Junta de Andalucía y en las entidades del sector público andaluz.

Segundo. Procedimiento de implantación.

A la fecha de implantación, la entidad enunciada anteriormente deberá haber llevado a cabo las labores de integración tanto con el Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas de la Comunidad Autónoma de Andalucía, con el Registro Contable de Facturas de la Administración de la Junta de Andalucía, así como con el Censo Único de Obligaciones. La Consejería de Hacienda, Industria y Energía publicará la tripleta de dicha entidad en los puntos de entrada de facturas, tanto en el Autonómico como el Estatal.

Tercero. Obligatoriedad del uso.

Los proveedores de las citada entidades estarán obligados a emitir factura electrónica dentro de los supuestos descritos en el artículo 4 de la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público, y del artículo 3 de la Orden del 29 de enero, por la que se regula el Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el uso de la factura electrónica en la Administración de la Junta de Andalucía y en las entidades del sector público andaluz.

Cuarto. Comunicación.

La presente resolución se comunicará a las personas titulares de las respectivas Direcciones de las entidades enumeradas en el punto 1, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 29 de marzo de 2019.- La Interventora General, Asunción Peña Bursón; la Directora General de Transformación Digital, María Gema Pérez Naranjo.

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