Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 73 de 16/04/2019

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 26 de febrero de 2019, del Juzgado de Primera Instancia núm. Catorce de Sevilla, dimanante de autos núm. 36/2017. (PP. 597/2019).

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00152132.

NIG: 4109142C20170000640.

Procedimiento: Juicio Verbal (Desahucio Precario -250.1.2) 36/2017. Negociado: AT.

Sobre: Posesión (art. 430-466 CC).

De: Buildingcenter, S.A.U.

Procurador: Sr. Mauricio Gordillo Alcalá.

Contra: Ricardo Montoya Cabarri, ocupantes desconocidos, Sergio Luque Oliva y Carmen Oliva García.

Procuradora: Sra. María Paz Parody Martín y Ángel Manuel Ruiz Torres.

EDICTO

En este Juzgado de Primera Instancia núm. Catorce de Sevilla, en el procedimiento de juicio verbal de Desahucio Precario 36/2017 seguido a instancia de Buildingcenter, S.A.U., frente a Ricardo Montoya Cabarri, ocupantes desconocidos, Sergio Luque Oliva y Carmen Oliva García, se ha dictado sentencia de fecha 16.10.2017 estimando la demanda, cuyo contenido íntegro se encuentra en este Juzgado a su disposición, haciéndoles saber que contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Sevilla (artículo 455 LEC). El recurso se interpondrá ante este Juzgado dentro del plazo de veinte días contados desde el día siguiente a la notificación de la presente.

Y encontrándose dichos demandados, ocupantes desconocidos y Ricardo Montoya Cabarri, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

Sevilla, 26 de febrero de 2019.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

Descargar PDF