Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 76 de 23/04/2019

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 9 de abril de 2019, del Juzgado de lo Social núm. Cinco de Sevilla, dimanante de autos núm. 131/2018.

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Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 131/2018. Negociado: I.

NIG: 4109144S20170004767.

De: Doña María del Rosario Mariscal Martín.

Abogado: Jesica Guerrero Cubero.

Contra: Don Francisco Manuel Regife García, CC.PP. Edificio Azalea y Ministerio Fiscal.

Abogado: José Antonio López Domínguez, José Antonio Castaño Sánchez.

EDICTO

Doña Araceli Gómez Blanco, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social núm. Cinco de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 131/2018 a instancia de la parte actora doña María del Rosario Mariscal Martín contra Francisco Manuel Regife García, CC.PP. Edificio Azalea y Ministerio Fiscal sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:

DECRETO 301/2019

Letrada de la Administración de Justicia Sra. Araceli Gómez Blanco.

En Sevilla, a nueve de abril de dos mil diecinueve.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. María del Rosario Mariscal Martín ha presentado demanda de ejecución frente a Francisco Manuel Regife García.

Segundo. Se ha dictado auto despachando ejecución en fecha 13 de junio de 2018 por un total de 7.087,60 euros de principal más la cantidad de 1.417 euros presupuestados para intereses y costas.

Tercero. No se han encontrado bienes susceptibles de traba y se ha dado la preceptiva audiencia al Fondo de Garantía Salarial.

Cuarto. De las actuaciones practicadas se obtuvo la cantidad de 50,88 euros, habiendo quedado reducido el principal reclamado a la suma de 7.036,72 euros, y se ha dado audiencia al Fondo de Garantía Salarial tras el resultado negativo del resto de averiguaciones realizadas.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Único. Disponen los arts. 250 y 276 de la LRJS, que de no tenerse conocimiento de la existencia de bienes suficientes del ejecutado en los que hacer traba y embargo, se practicarán las averiguaciones procedentes y de ser infructuosas, total o parcialmente, el/la Letrado/a de la Administración de Justicia de la ejecución dictará decreto de insolvencia tras oír al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

PARTE DISPOSITIVA

ACUERDO:

Declarar al/a los ejecutado/s Francisco Manuel Regife García en situación de insolvencia parcial por importe de 7.036,72 euros de resto de principal más la cantidad de 1.417 euros presupuestados para intereses y costas euros, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. Archívese el presente procedimiento y dése de baja en los libros correspondientes.

Notifíquese la presente resolución.

Modo de impugnación: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, art. 188 LRJS. El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en el núm. de cuenta de este Juzgado núm., debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código «31 Social- Revisión». Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación «recurso» seguida del «código 31 Social-Revisión». Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.

El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

Y para que sirva de notificación al demandado Francisco Manuel Regife García, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Sevilla, a nueve de abril de dos mil diecinueve.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

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