Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 79 de 26/04/2019

1. Disposiciones generales

Consejería de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad

Resolución de 16 de abril de 2019, de la Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología, por la que se realiza la distribución de créditos correspondiente a la convocatoria 2018 de ayudas para la realización de proyectos de I+D+i, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a entidades privadas calificadas como Agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento, en el ámbito del Plan Andaluz de Investigación, Desarrollo e Innovación (PAIDI 2020).

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BDNS: 417000.

Mediante Orden del Consejero de Economía y Conocimiento de 7 de abril de 2017 (BOJA núm. 71, de 17 de abril) y su corrección de errores se aprueban las bases reguladoras del programa de ayudas a la I+D+i, en régimen de concurrencia competitiva, en el ámbito del Plan Andaluz de Investigación, Desarrollo e Innovación (PAIDI 2020).

Por Resolución de 27 de septiembre de 2018, de la Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología (BOJA núm. 194, de 5 de octubre), se convocan ayudas para la realización de proyectos de I+D+i, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a entidades privadas calificadas como Agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento, en el ámbito del Plan Andaluz de Investigación, Desarrollo e Innovación (PAIDI 2020), con sujeción a las bases reguladoras establecidas por la Orden del Consejero de Economía y Conocimiento de 7 de abril de 2017 (BOJA núm. 71, de 17 de abril) y su corrección de errores.

En el resuelve undécimo, financiación, pago y justificación, de la referida resolución de convocatoria, se determinan las posiciones presupuestarias correspondientes del presupuesto de la Consejería de Conocimiento, Investigación y Universidad con cargo a las cuales se concederán las ayudas, así como las disponibilidades presupuestarias para la presente convocatoria.

Asimismo, en dicho apartado undécimo también se establece, en el punto 2, que la cuantía del crédito disponible será distribuida funcionalmente entre cada una de las modalidades de proyectos contempladas en esta convocatoria, con anterioridad al comienzo de la evaluación de las solicitudes, mediante la oportuna resolución de declaración de distribución de créditos, la cual será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en los mismos medios de publicidad que la presente convocatoria. En caso de no agotarse el crédito disponible para cada una de las modalidades, la Comisión de Selección podrá proponer una distribución de estos remanentes entre las modalidades deficitarias, con objeto de incluir a aquellos solicitantes que, cumpliendo todos los requisitos, no hubieran resultado inicialmente beneficiarios por falta de disponibilidad presupuestaria.

De conformidad con lo establecido en la disposición adicional única de la Orden de 7 de abril de 2017, se faculta a la persona titular de la Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología para efectuar las convocatorias públicas de las ayudas reguladas en la misma y realizar cuantas actuaciones sean necesarias en desarrollo, interpretación y aplicación de dicha orden.

Por lo expuesto, en el uso de las facultades concedidas, esta Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología

R E S U E L V E

Primero. Establecer la siguiente distribución por modalidades de los créditos disponibles para la convocatoria 2018 de ayudas para la realización de proyectos de I+D+i, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a entidades privadas calificadas como Agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento, con el límite máximo establecido en la convocatoria de 8.000.000 de euros:

a) Ayudas a Proyectos de generación de conocimiento «frontera»: 1.000.000 euros.

b) Ayudas a Proyectos de investigación orientados a los retos de la sociedad andaluza: 6.600.000 euros.

c) Ayudas a Proyectos de investigación en colaboración con el tejido productivo: 400.000 euros.

d) Ayudas al Programa de fomento de la participación en el Programa Horizonte 2020: 0 euros.

Las ayudas se concederán con cargo a la partida presupuestaria 0900170000 G/54A/78007/00, de ayudas a familias e instituciones sin fines de lucro y a actividades de investigación en centros privados, con número de Proyecto de Inversión 2016000251.

Segundo. Si en alguna de las modalidades, el crédito disponible establecido en el punto anterior resultase superior al importe total de subvención contemplado en la propuesta definitiva de resolución de concesión, el crédito excedente podrá redistribuirse entre las modalidades deficitarias, a propuesta de la Comisión de Selección, en base a la previsión recogida en el punto undécimo de la Resolución de convocatoria de 27 de septiembre de 2018.

Tercero. La presente resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su notificación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1, de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, desde el día siguiente a su notificación, ante esta Consejería, de conformidad con lo previsto en los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Sevilla, 16 de abril de 2019.- La Secretaria General, María Pilar Ariza Moreno.

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