Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 87 de 09/05/2019

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 5 de marzo de 2019, del Juzgado de Primera Instancia núm. Seis de Marbella, dimanante de autos núm. 555/2017. (PP. 942/2019).

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NIG: 2906942C20170004298.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 555/2017. Negociado: 03.

E D I C T O

En el presente Procedimiento Ordinario 555/2017 seguido a instancia de Marlene Ebba Christina Andersson frente a los desconocidos herederos de Francis Binnie se ha dictado sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NÚM. 32/2019

En Marbella, a 27 de febrero de 2019.

Vistos por la Ilma. Sra. doña Ana Alonso Llorente, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Seis de Marbella y su Partido Judicial, los presentes autos de Juicio Ordinario registrados con el número 555/2017, seguidos a instancia de doña Marlene Ebba Christina Andersson, representada por la Procuradora doña Nanda Berjano Albert y asistida por el Letrado don Manuel de las Heras Pérez, contra herederos desconocidos de don Francis Binnie, declarado en situación de rebeldía procesal, sobre reclamación de cantidad, ha pronunciado la siguiente resolución.

FALLO

Que debo estimar y estimo parcialmente la demanda interpuesta por la representación procesal de la doña Marlene Ebba Christina Andersson contra los herederos desconocidos de don Francis Binnie, declarado en rebeldía procesal, y en consecuencia:

1. Condeno a los herederos desconocidos de don Francis Binnie a pagar a la demandante la cantidad de catorce mil seiscientos cincuenta euros con ochenta y seis céntimos de euro (14.650,86 euros), más el interés legal desde la interposición de la demanda, incrementado en dos puntos desde la fecha de la presente resolución.

2. No ha lugar a efectuar pronunciamiento condenatorio al pago de las costas procesales.

Contra esta Sentencia cabe interponer recurso de apelación, previo depósito de 50 euros, para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Málaga, que deberá interponerse ante este Juzgado, en el plazo de veinte días siguientes a su notificación, de conformidad con lo previsto en el art. 458 de la LEC.

Así, por esta mi Sentencia, de la que se expedirá testimonio literal para su unión a los autos de su razón, lo pronuncio, mando y firmo, doña Ana Alonso Llorente, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Seis de Marbella y su Partido. Doy fe.

Publicacion: La sentencia que antecede ha sido dictada, leída y publicada por la Ilma. Magistrada-Juez que la suscribe, en acto de Audiencia Pública celebrado en el mismo día de su fecha. Doy fe.

Y encontrándose dicho demandado, desconocidos herederos de Francis Binnie, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En Marbella, a cinco de marzo de dos mil diecinueve.- La Letrada de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda. Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

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