Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 87 de 09/05/2019

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Ayuntamientos

Anuncio de 21 de febrero de 2019, del Ayuntamiento de Camas, sobre bases para la provisión por el sistema de libre designación del puesto de Director/a Servicios Sociales. (PP. 666/2019).

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Mediante Resolución de Alcaldía núm. 0297/2019, de fecha 19 de febrero de 2019, se emite resolución del siguiente tenor literal:

«Primera. Objeto de la convocatoria.

La convocatoria tiene por objeto proveer por el sistema de libre designación el puesto de Director/a Servicios Sociales del Ayuntamiento de Camas, incluido en la relación de puestos de trabajo, cuyas características son:

- Grupo: A1. Escala: Especial. Número de vacantes: 1. Denominación: Director/a Servicios Sociales.

- El puesto tiene un nivel 26, a efectos de complemento de destino.

- Complemento específico: 7.923,60.

La forma de provisión elegida es la de libre designación.

Puesto: 10.22 retribución anual: 36.960,64.

[En cumplimiento del artículo 52 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, las convocatorias para proveer puestos de trabajo por libre designación se deberá describir el puesto y los requisitos para su desempeño contenidos en la relación de puestos de trabajo, y además podrán recogerse las especificaciones derivadas de la naturaleza de las funciones encomendadas al mismo].

Segunda. Requisitos.

Para acceder a este puesto de trabajo se deberán cumplir los siguientes requisitos:

- Ser funcionario de carrera de cualquier administración.

- Cumplir los requisitos establecidos en la Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento: Grupo A1, Escala Especial, Subescala Técnica, Licenciado o equivalente.

- Encontrarse en cualquiera de las situaciones previstas en la normativa de función pública que no impida el acceso al puesto.

Tercera. Forma y plazo de presentación de instancias.

Las solicitudes para tomar parte en la provisión del puesto de Director/a Servicios Sociales, en las que los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases, se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente de este Ayuntamiento, y se presentarán en el Registro Electrónico General de este Ayuntamiento o en alguno de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Las bases íntegras se publicarán en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma y en el Boletín Oficial de la Provincia, y en la sede electrónica de este Ayuntamiento [http://camas.sedelectronica.es], en el tablón de anuncios, y un extracto en el Boletín Oficial del Estado.

Cuarta. Nombramiento y cese.

Expirado el plazo de presentación de instancias, el Alcalde-Presidente dictará resolución declarando aprobada la lista de aspirantes admitidos y excluidos, que se expondrá en la sede electrónica de este Ayuntamiento [http://camas.sedelectronica.es] [y, en su caso, en el tablón de anuncios, para mayor difusión]. Caso de existir errores materiales, los mismos podrán ser subsanados en el plazo de diez días. La lista de aspirantes admitidos y excluidos será elevada a definitiva, si no se presentan reclamaciones o solicitudes de subsanaciones. Si hubiera reclamaciones, se resolverán y será aprobada la lista definitiva teniendo en cuenta dichas resoluciones y se publicará en el BOP, en la sede electrónica de este Ayuntamiento [http://camas.sedelectronica.es] y, en su caso, en el tablón de anuncios, para mayor difusión.

Los aspirantes podrán ser llamados a la realización de una entrevista sobre cuestiones derivadas de su currículum profesional y cualesquiera otras que el órgano competente tenga a bien realizar.

Podrá declararse desierto el procedimiento si así fuere estimado por la Alcaldía.

Se procederá al nombramiento por el Alcalde, de acuerdo con los principios de igualdad, objetividad, mérito y capacidad, en el plazo máximo de un mes contado desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Dicho plazo podrá prorrogarse hasta un mes más.

La resolución de nombramiento indicará la fecha en que deberá efectuarse el cese en el actual puesto de trabajo y la toma de posesión del destino adjudicado, salvo casos de fuerza mayor debidamente justificados. El plazo de toma de posesión empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 80.4 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, los titulares de los puestos de trabajo provistos por el procedimiento de libre designación con convocatoria pública podrán ser cesados discrecionalmente. En caso de cese, se les deberá asignar un puesto de trabajo conforme al sistema de carrera profesional propio de cada Administración Pública y con las garantías inherentes de dicho sistema.

Quinta. Toma de posesión.

El plazo para la toma de posesión será de tres días hábiles si no implica cambio de residencia del funcionario o de un mes si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 48 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

Sexta. Incidencias.

Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldía, previo al contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, si éste radica en Andalucía, a partir del día siguiente al de publicación de su anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

Esta convocatoria se regirá por las presentes bases, en su defecto supletoriamente será de aplicación el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre; la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local aprobado por el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril; el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo; y el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que deben ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local.

ANEXO I

- Denominación del puesto: Director de Servicios Sociales.

- Grupo: A1, Escala Especial, Subescala Técnica.

- Nivel de CD: 26.

- Complemento específico anual: 7.923,90.

- Adscripción: Provisional.

- Funcionarios de carrera de la [Administración Local/Administración Autonómica/Administración del Estado].

Puesto: 10.22 retribución anual: 36.960,64.

Funciones:

- Dirección y coordinación del Área de Servicios Sociales y consiguientemente del personal adscrito a su ámbito funcional y subordinado al puesto con arreglo a la Elaboración de informes y propuestas de resolución en materias que sean propias del Área funcional.

- Supervisión de los expedientes tramitados por el personal del Área Servicios Sociales.

- Asistencia y asesoramiento en materias propias del Área a la Delegación de Servicios Sociales y a la Alcaldía.

- Efectuar propuestas de mejora de los servicios.

- Impartir cursos de formación en su caso al personal municipal en caso de ser necesario.

Segundo. Efectuar la convocatoria para la provisión del citado puesto.

Tercero. Publicar íntegramente las bases en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma, en el Boletín Oficial de la Provincia y en la sede electrónica de este Ayuntamiento [http://camas.sedelectronica.es] [y, en su caso, en el tablón de anuncios, y un extracto en el Boletín Oficial del Estado.»

Camas, 21 de febrero de 2019.- El Alcalde, Rafael Alfonso Recio Fernández.

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