Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 88 de 10/05/2019

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 9 de abril de 2019, del Juzgado de Primera Instancia núm. Diez de Granada, dimanante de autos núm. 224/2017.

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La Letrada de la Administracion de Justicia, Sra. Victoria Santos Ortuño, del Juzgado de Primera Instancia núm. Diez de Granada certifica extracto de sentencia en autos de Guarda y Custodia Contenciosa núm. 224/2017 seguidos ante este Juzgado a instancia de Olga Kolchurina Kolchurina contra Jesús Pérez Rubio, en situación procesal de rebeldía y paradero desconocido.

Autos. Regulación de relaciones de hecho núm. 224/17.

SENTENCIA NÚM. 206/19

En la ciudad de Granada, a 8 de abril de 2019.

Vistos por doña Juana Carrero Fernández, Magistrada-Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia núm. Diez de Granada, de Familia, los presentes autos de procedimiento contencioso de regulación de relaciones de hecho seguidos ante este Juzgado bajo el número 224/17, promovidos a instancia de doña Olga Kolchurina, representada por la Procuradora doña Yolanda Legaza Moreno y defendida por la Letrada doña María del Amor Álvarez Navarro, contra don Jesús Pérez Rubio, declarado en situación procesal de rebeldía, con la intervención del Ministerio Fiscal, ha dictado la presente resolución en base a los siguientes.

Estando los autos a disposición en la Oficina Judicial y para que sirva de notificación a Jesús Pérez Rubio, en paradero desconocido, se expide el presente en Granada, a nueve de abril de dos mil diecinueve.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y ex Reglamento General de Protección de Datos (UE) 2016/679, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos).»

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