Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 97 de 23/05/2019

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Universidades

Resolución de 13 de mayo de 2019, de la Universidad de Sevilla, por la que se convoca concurso público de méritos para la contratación de profesores contratados Doctores.

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De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (en lo sucesivo LOU) modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril.

Atendiendo a la tasa de reposición de efectivos fijada en un máximo del 100% por la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, a lo dispuesto en el artículo 13.1 de la Ley 5/2017, de 5 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2018, a la Resolución de 16 de marzo de 2018 (BOJA de 2 de abril), rectificada por Resolución de 17 de abril de 2018 (BOJA de 4 de mayo) por la que se acuerda publicar la Oferta de Empleo Público (OEP) del Personal Docente e Investigador de la Universidad de Sevilla para el año 2018, y una vez obtenida la autorización por Orden de 30 de mayo de 2018, de la Consejería de Economía y Conocimiento, en los términos establecidos por la legislación vigente, según lo dispuesto en el Decreto 54/2013, y teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 19.Uno.3.I) de la citada Ley 6/2018, que dispone que dentro del límite de la tasa de reposición correspondiente a los Cuerpos de Catedráticos de Universidad y de Profesores Titulares de Universidad y a los profesores contratados doctores, cada Universidad estará obligada a destinar, como mínimo, un 15 por ciento del total de plazas que oferte a la incorporación, en aquella categoría para la que esté acreditado, de personal investigador doctor que haya finalizado el Programa Ramón y Cajal y haya obtenido el certificado I3.

Este Rectorado, en uso de las competencias que le atribuyen el artículo 20 de dicho texto, así como el Estatuto de esta Universidad, aprobado mediante Decreto 324/2003, de la Junta de Andalucía y modificado por Decreto 348/2004 y por Decreto 16/2008, ha resuelto convocar a concurso las plazas que se relacionan en el Anexo I de la presente Resolución, y que se encuentran dotadas en el estado de gastos del presupuesto de la Universidad de Sevilla e incluidas en su vigente relación de puestos de trabajo, y con sujeción a las siguientes bases:

1. Normas generales.

El presente concurso se regirá por lo dispuesto en la Ley 6/2001, Orgánica de Universidades, de 21 de diciembre, modificada por la Ley Orgánica 4/2007; el Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades; el Estatuto de la Universidad de Sevilla; el Convenio Colectivo del Personal Docente e Investigador laboral de las Universidades públicas de Andalucía (BOJA de 9 de mayo de 2008). En lo no contemplado en la normativa citada, el concurso se regirá por lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y demás legislación general que le sea de aplicación, en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

2. Condiciones y requisitos de los aspirantes.

Los requisitos, condiciones y méritos alegados por los concursantes deberán haberse adquirido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

2.1. De carácter general.

a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Estatuto Básico del Empleado Público.

b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Sólo por Ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. Asimismo el desempeño de las plazas convocadas quedará sometido a la Ley 53/84, de 26 de diciembre, y demás normas de desarrollo en materia de incompatibilidades.

e) Los aspirantes que no sean de nacionalidad española deberán poseer un conocimiento del castellano adecuado para el desarrollo de sus funciones.

f) Los nacionales de Estados distintos a la Unión Europea deberán estar en posesión del permiso de residencia para proceder a la firma del contrato.

2.2. De carácter específico.

a) Estar en posesión del título de Doctor. Cuando el título haya sido obtenido en el extranjero, deberá estar homologado por el Ministerio de Educación y Formación Profesional u Organismo que tuviera reconocida dicha competencia. En caso de candidatos con títulos de la Unión Europea, deberán estar en posesión, bien de la homologación, o bien de la credencial de reconocimiento dirigido al ejercicio de la profesión de Profesor de Universidad.

b) Disponer de evaluación positiva de su actividad por parte de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación, ANECA, o de la Dirección de Evaluación y Acreditación de la Agencia Andaluza del Conocimiento, DEVA para la figura de Profesor Contratado Doctor.

c) Haber finalizado el Programa Ramón y Cajal como personal investigador doctor y haber obtenido el certificado I3.

3. Solicitudes y documentación.

3.1. Los interesados en tomar parte en el concurso deberán presentar una solicitud en el modelo oficial, que se encuentra disponible en la siguiente dirección: https://docentes.us.es Oferta de Empleo Público – PDI Laboral – Impresos.

3.2. Las solicitudes, dirigidas al Sr. Rector Magfco. de la Universidad de Sevilla, se presentarán en el Registro General, en C/ San Fernando, 4, o en el Registro del Pabellón de Brasil, en Paseo de las Delicias, s/n, o bien por cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015. Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el funcionario de Correos antes de ser certificadas.

3.3. Los aspirantes deberán justificar haber abonado los derechos de inscripción, que se estipulan en 24 € en la cuenta corriente de la entidad bancaria Santander ES770049.2588.71.2114241655 (dígito bancario 750), a nombre de «Universidad de Sevilla», haciéndose constar los siguientes datos: nombre y apellidos del interesado, DNI y número de la plaza a la que se concursa. La falta del justificante de ingreso determinará la exclusión del aspirante. En ningún caso la realización del ingreso supondrá sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud correspondiente de participación.

Estarán exentos de pago:

a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por ciento, debiendo acompañar a la solicitud, certificado que acredite tal condición.

b) Las víctimas del terrorismo, sus cónyuges e hijos, siempre y cuando se acredite tal circunstancia con el informe preceptivo de la Institución correspondiente.

c) Las familias numerosas de categoría especial tendrán derecho a una exención del 100% de la tasa y las que fueran de categoría general, a una bonificación del 50%. La condición de familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título actualizado.

3.4. El plazo de presentación de solicitudes es de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

3.5. Cada solicitud deberá ir acompañada, en el orden indicado, de la siguiente:

a) Justificante original acreditativo del ingreso o, en su caso, transferencia bancaria de los derechos de participación, debidamente diligenciada por la entidad bancaria.

b) Fotocopia del título de doctor, acompañada de la fotocopia de la credencial de homologación o de la credencial de reconocimiento dirigido al ejercicio de la profesión de Profesor de Universidad, en su caso.

c) Fotocopia de la evaluación positiva de su actividad por parte de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación o de la Dirección de Evaluación y Acreditación de la Agencia Andaluza del Conocimiento para la figura de Profesor Contratado Doctor (Resolución de concesión e informe del comité técnico).

d) Fotocopia de la documentación acreditativa del cumplimiento del requisito específico que se señala en la base 2.2.c) de esta convocatoria.

e) Declaración responsable firmada, según modelo que se encuentra disponible en el siguiente enlace: https://docentes.us.es – Oferta de Empleo Público – PDI Laboral – Impresos.

Los datos personales recogidos en la solicitud de participación al presente concurso serán incorporados a la base de datos de la Universidad de Sevilla para la gestión interna de la relación empresa/empleados y cedidos a otras Administraciones Públicas en cumplimiento de la normativa laboral, de seguridad social y tributaria y a cualquier entidad obligada por Ley. De acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de derechos digitales, y el Reglamento 2016/679 de la Unión Europea, los interesados pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición dirigiendo un escrito a la Sra. Delegada de Protección de Datos de la Universidad de Sevilla, Rectorado, C/ San Fernando, 4, 41004, Sevilla.

4. Admisión.

4.1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, y como máximo en 30 días hábiles contados a partir del día siguiente de la finalización de instancias, el Rector de la Universidad de Sevilla dictará una resolución declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos, con indicación de las causas de exclusión y del plazo de subsanación de defectos, así como del reconocimiento del mérito preferente, en su caso, que se publicará, junto con las listas completas de admitidos y excluidos, en el Tablón de Anuncios del Rectorado y en la dirección web docentes.us.es Oferta de Empleo Público – PDI Laboral – Convocatorias. Esta publicación estará condicionada a que, por parte de las correspondientes Comisiones Juzgadoras, se hayan elaborado los criterios de evaluación de los méritos de los candidatos y hayan sido remitidos al Servicio de Programación Docente para su publicación.

4.2. Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución, para poder subsanar el defecto que haya motivado su exclusión u omisión de la relación de admitidos y excluidos, aportando la documentación necesaria mediante instancia o escrito de remisión, presentado según el procedimiento indicado en el apartado 3.2 de estas bases. Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o no realicen alegación frente a la omisión producida que justifique su derecho a ser incluidos, serán definitivamente excluidos del proceso selectivo. No obstante lo anterior, y en el caso de que en la lista provisional no figure ningún excluido, se publicará directamente listado definitivo de aspirantes admitidos al concurso.

4.3. Transcurrido el plazo de subsanación, se publicará la resolución del Rector por la que se aprueba la relación definitiva de admitidos y excluidos al concurso.

5. Comisiones.

5.1. El presente concurso será resuelto por la comisión constituida al efecto, en la forma establecida en el artículo 88 del Estatuto de la Universidad de Sevilla, que se relaciona en el Anexo II.

El nombramiento como miembro de una Comisión es irrenunciable, salvo cuando concurran algunas de las causas previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público.

5.2. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, las comisiones, como órganos colegiados, podrán constituirse y celebrar sesiones, tanto de forma presencial como a distancia. En las sesiones que se celebren a distancia, los miembros de las comisiones podrán encontrarse en distintos lugares siempre y cuando se asegure por medios electrónicos (considerándose también como tales los telefónicos y audiovisuales), la identidad de los miembros o personas que los suplan, el contenido de sus manifestaciones y el momento en que éstas se producen. Entre otros, se considerarán incluidos entre los medios electrónicos válidos, el correo electrónico, las audioconferencias y las videoconferencias.

5.3. La constitución se llevará a cabo en los 30 días hábiles siguientes a la publicación de la convocatoria en el BOJA. En dicho acto se fijarán los criterios de evaluación que habrán de regir en el concurso, que se publicarán en el tablón de anuncios del Centro donde se celebren las pruebas y se remitirán al Servicio de Programación Docente. Una copia de dichos criterios se publicará en el tablón de anuncios del Rectorado siempre con anterioridad a la publicación de la resolución que apruebe la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos.

5.4. Para la constitución de la Comisión, el Presidente deberá citar a todos los miembros titulares de la misma. En caso de que tenga conocimiento con la suficiente antelación que alguno de los titulares no podrá asistir al acto de constitución, deberá comunicarlo al Servicio de Programación Docente para proceder a su correspondiente sustitución.

5.5. En virtud del artículo 17.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, la Comisión quedará válidamente constituida siempre que asistan presencialmente, o a distancia el Presidente, el Secretario, y uno al menos, de los vocales. Una vez constituida la Comisión, para las sucesivas actuaciones de la misma, el Presidente deberá citar a todos los miembros asistentes al acto de constitución.

5.6. Una vez aprobada la lista definitiva de candidatos admitidos y excluidos, el Presidente de la Comisión dictará resolución en el plazo de diez días hábiles, convocando a todos los candidatos admitidos para realizar el acto de presentación, con señalamiento del día, hora y lugar de su celebración, y en la que se comunicarán los criterios de evaluación. Esta resolución habrá de ser notificada a sus destinatarios con una antelación de diez días naturales respecto a la fecha del acto para el que son convocados.

6. Acto de presentación.

En el acto de presentación, los candidatos habrán de presentar la siguiente documentación:

- Breve Proyecto en el que figuren sus planteamientos docentes e investigadores, de una extensión máxima de 50 páginas en A4 con letra de 12 puntos de cuerpo, con espaciado interlineal de 1,5 y márgenes de 2,5 cm (por quintuplicado).

- Programa de, al menos, una de las asignaturas de formación básica u obligatorias incluidas en el perfil de la plaza (por quintuplicado). Debe contener: el temario detallado, reseña metodológica y bibliográfica, sistema y criterios de evaluación y calificación. La extensión máxima será de 30 páginas en A4 con letra de 12 puntos de cuerpo, con espaciado interlineal de 1,5 y márgenes de 2,5 cm. El temario detallado estará dividido en lecciones de entre una hora y una hora y media de duración.

- Currículum vitae ajustado a los criterios específicos de evaluación para la adjudicación de la plaza (por quintuplicado).

- Un ejemplar (original o copia) de cada una de las publicaciones, títulos, diplomas, certificados, etc., alegados en el currículum.

Asimismo, en el acto de presentación se determinará mediante sorteo el orden de actuación de los candidatos y se fijará el lugar, fecha y hora del comienzo de las pruebas. La primera prueba comenzará en el plazo comprendido entre el día siguiente y 15 días naturales contados desde el día del acto de presentación (ambos incluidos).

7. Pruebas.

7.1. El concurso constará de dos pruebas. La primera de ellas consistirá en la preparación, exposición oral y pública por parte del candidato, y debate posterior con la Comisión de una lección del programa o los programas que haya presentado al concurso, elegida por el candidato de entre tres determinadas por sorteo. Esta prueba tendrá carácter eliminatorio para los candidatos que no obtengan al menos tres votos favorables de los miembros de la Comisión.

Para la preparación de esta prueba, los candidatos dispondrán de un tiempo máximo de una hora y media. La exposición oral de la lección tendrá una duración máxima de una hora y media. El debate con la Comisión podrá extenderse por un tiempo máximo de dos horas.

Cada uno de los miembros de la Comisión deberá emitir un informe razonado, obligatoriamente individual sobre cada candidato, para justificar el voto, sin que proceda la abstención. Entre el final de la primera y el comienzo de la segunda prueba se establece un plazo mínimo de 24 horas y un máximo de 72 horas.

7.2. La segunda prueba del Concurso consistirá en la exposición y discusión por parte del candidato de su currículum, su proyecto y su programa con la Comisión en entrevista pública.

El debate con la Comisión podrá extenderse por un tiempo máximo de dos horas.

Cada uno de los miembros de la Comisión deberá emitir un informe razonado, obligatoriamente individual sobre cada candidato, para justificar el voto, sin que proceda la abstención. Cada miembro de la Comisión solo podrá votar favorablemente a, como máximo, tantos candidatos como plazas convocadas.

8. Propuesta de adjudicación.

La propuesta de adjudicación de la plaza se hará por votación de los miembros de la Comisión; cada miembro sólo podrá proponer a un candidato por plaza. La propuesta recaerá en el candidato o candidatos que hayan obtenido el mayor número de votos, con un mínimo de tres. El concurso podrá ser declarado desierto.

Concluido el concurso, la Comisión hará públicos los resultados de la evaluación de cada candidato, desglosados por cada uno de los aspectos evaluados.

9. Resolución del concurso.

9.1. Concluido el procedimiento selectivo, el Secretario de la Comisión, en el plazo máximo de siete días, entregará en el Servicio de Programación Docente la propuesta de adjudicación de la plaza junto con la siguiente documentación:

1. Acta de constitución de la Comisión.

2. Acuerdo de determinación de los criterios de evaluación.

3. Acta de presentación de los concursantes.

4. Acta de realización de la primera prueba (una por cada concursante).

5. Evaluaciones de la primera prueba de cada concursante por cada miembro de la Comisión.

6. Acta de recepción de las evaluaciones de la primera prueba.

7. Actas de realización de la segunda prueba (una por concursante).

8. Evaluaciones de la segunda prueba de cada concursante por cada miembro de la Comisión.

9. Acta de recepción de las evaluaciones de la segunda prueba.

10. Acta de propuesta de provisión.

11. Un ejemplar de la documentación aportada al Concurso por cada candidato.

El resto de la documentación presentada quedará depositada en el Departamento donde se hayan celebrado las pruebas. Toda esta documentación podrá devolverse a los interesados si estos así lo solicitan una vez finalizado el proceso del Concurso, y siempre que no se haya interpuesto recurso. La documentación depositada deberá ser retirada por los interesados en el plazo máximo de seis meses desde la resolución del concurso. Transcurrido un mes después de dicho plazo, se procederá a la destrucción de la documentación que no haya sido retirada.

9.2. La publicación de la propuesta de adjudicación se efectuará en el tablón de anuncios del Centro en que se hayan celebrado las pruebas y en el del Rectorado y en la dirección web docentes.us.es - Oferta de Empleo Público – PDI Laboral - Convocatorias. La publicación en los tablones de anuncios del Rectorado tendrá carácter de notificación a los adjudicatarios de los contratos, de acuerdo con lo previsto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, por lo que no se efectuará notificación personal alguna.

9.3. Contra esta propuesta los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el Sr. Rector de esta Universidad, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la publicación en el tablón de anuncios del Rectorado.

10. Formalización de los contratos.

10.1. Los candidatos propuestos deberán formalizar su contrato en el plazo de diez días hábiles, contados desde el día siguiente a la publicación de la Resolución del concurso.

Transcurrido dicho plazo sin haber verificado tal trámite por causa imputable al interesado, éste decaerá en todos sus derechos y se entenderá que renuncia a la plaza adjudicada.

10.2. La contratación de profesores contratados doctores será de carácter indefinido y con dedicación a tiempo completo.

10.3. En el acto de la firma del contrato los adjudicatarios aportarán:

a) Fotocopia del DNI o documento equivalente, de ser su nacionalidad distinta a la española.

b) Solicitud de excedencia en el puesto que vinieran desempeñando, en su caso, o declaración jurada de no estar afectado por la Ley de Incompatibilidades.

c) En el caso de extranjeros no nacionales de países miembros de la Unión Europea, deberán aportar la exención del permiso de trabajo de conformidad con lo dispuesto en el art. 68.6 del R.D. 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre Derechos y Libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009.

d) Certificado médico oficial acreditativo de poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

e) Los aspirantes que hayan hecho valer su condición de personas con discapacidad, deberán presentar certificación del organismo competente que acredite tal condición, e igualmente deberán presentar certificado de los citados órganos o de la Administración sanitaria correspondiente acreditativo de la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes.

f) Declaración jurada de no haber sido separado de la Administración Estatal, Institucional o Local, ni de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, en virtud de expediente disciplinario, y/o hallarse inhabilitado para el ejercicio de la Función Pública. Los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea o de algún Estado al que, en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, deberán acreditar, de conformidad con lo establecido en el artículo 7.2 del R.D. 543/2001, de 18 de mayo, no haber sido objeto de sanción disciplinaria o condena penal que impidan, en su Estado, el acceso a la función pública.

11. Norma final.

Contra la presente resolución podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante este Rectorado, en el plazo de un mes, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la notificación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, según disponen los artículos 46.1 y 8.3 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Sevilla, 13 de mayo de 2019.- El Rector, Miguel Ángel Castro Arroyo.

Anexo I

Profesor Contratado Doctor

Plaza núm. 06/68/18. Categoría: Profesor Contratado Doctor. Área de conocimiento: Biología Celular. Departamento: Biología Celular. Perfil Docente: Biología Celular (Grado de Bioquímica por las Universidades de Sevilla y Málaga). Perfil investigador: Análisis computacional de la biología celular del desarrollo epitelial.

Anexo II

Plaza núm. 06/68/18

Área de conocimiento: Biología Celular

Comisión Titular
Puesto Nombre y Apellidos Cuerpo Universidad/Organismo
Presidente/a FRANCISCO JAVIER MORENO ONORATO CU Universidad de Sevilla
Vocal 1.º ALFONSO ACAIMO GONZÁLEZ REYES PROF. INV Consejo Superior de Investigaciones Científicas
Vocal 2.º INMACULADA AGUAYO SÁNCHEZ TU Universidad de Sevilla
Vocal 3.º INMACULADA DOMÍNGUEZ GARCÍA TU Universidad de Sevilla
Secretario/a MANUEL ANTONIO MUÑIZ GUINEA TU Universidad de Sevilla
Comisión Suplente
Presidente/a SANTIAGO MATEOS CORDERO CU Universidad de Sevilla
Vocal 1.º DIEGO RUANO CABALLERO CU Universidad de Sevilla
Vocal 2.º ÁNGEL VELASCO LÓPEZ TU Universidad de Sevilla
Vocal 3.º MARÍA PAULA DAZA NAVARRO CEU Universidad de Sevilla
Secretario/a MARÍA DOLORES MARTÍN BERMUDO INV. C Consejo Superior de Investigaciones Científicas

CU: Catedrático de Universidad. CEU: Catedrático de Escuela Universitaria. TU: Profesor Titular de Universidad. CD: Profesor Contrado Doctor.

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