Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 1 de 02/01/2020

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 12 de diciembre de 2019, del Juzgado de lo Social núm. Cinco de Sevilla, dimanante de autos núm. 501/2019.

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Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 501/2019. Negociado: 2E.

NIG: 4109144020160004300.

De: UTE Conservación La Luisiana.

Contra: UTE Conservación La Luisiana.

EDICTO

Doña Yolanda Valdivielso García, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social núm. Cinco de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 501/2019, a instancia de la parte actora UTE Conservación La Luisiana contra UTE Conservación La Luisiana sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado diligencia de ordenación y tasación de costas y liquidación de intereses de fecha 5.9.19 del tenor literal siguiente:

DILIGENCIA DE ORDENACIÓN

Letrada de la Administración de Justicia Sra. doña Araceli Gómez Blanco.

En Sevilla, a cinco de septiembre de dos mil diecinueve.

Presentado el anterior escrito por el Letrado don Marco J. Díaz Pradas en nombre y representación de doña Lidia Martín Caro, únase a los autos de su razón. Se tienen por hechas las manifestaciones contenidas en dicho escrito, y practíquese la tasación de costas y liquidación de intereses legales devengados en las presentes actuaciones, de la que se dará vista a las partes por el término legal de los diez días hábiles siguientes al de su notificación, a fin de que si les conviniere puedan impugnarla, conforme a lo dispuesto en los artículos 245 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, y apercibiéndoles de que de no verificarlo se les tendrá por conformes con la misma.

Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición a interponer en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación ante el/la Letrado/a de la Administración de Justicia que dicta esta resolución con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma. El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

Tasación de costas y liquidación de intereses legales que, en cumplimiento de la anterior resolución practica la Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social núm. Cinco de Sevilla, doña Araceli Gómez Blanco, en la ejecución número 501/2019, seguidos en este Juzgado en materia de ejecución de títulos judiciales a instancias de Lidia Martín Caro, representado por el Letrado don Marco José Díaz Pradas, contra UTE Conservación La Luisiana.

TASACIÓN DE COSTAS

- Honorarios del Letrado de la parte actora don Marco José Díaz Pradas:

Según minuta: 217,80 euros (IVA incluido).

Total: 217,80 euros.

LIQUIDACIÓN DE INTERESES

- Principal adeudado: 808,95 euros.

- Fecha de la sentencia: 25.2.2019.

- Fecha del ingreso: 10.7.2019.

- Intereses de ejecución devengados:

1. Desde el día 25.2.2019 al 10.7.2019: 136 días; 808,95 x 136 al 5% / 365 = 15,07 euros.

Total: 15,07 euros.

Total intereses y costas: 232,87 euros.

Asciende la presente tasación de costas y liquidación de intereses legales devengados a la figurada cantidad de doscientos treinta y dos con ochenta y siete euros (s.e.u.o).

En Sevilla, a cinco de septiembre de dos mil diecinueve. La Letrada de la Administración de Justicia.

Y para que sirva de notificación al demandado, UTE Conservación La Luisiana, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Sevilla, a doce de diciembre de dos mil diecinueve.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

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