Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 103 de 01/06/2020

5. Anuncios5.2 Otros anuncios oficiales

Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible

Anuncio de 26 de mayo de 2020, de la Delegación Territorial de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible en Jaén, por el que se publica la Resolución de la Dirección General de Infraestructuras y Explotación del Agua de 12 de marzo de 2020, por la que se aprueba el expediente de información pública y definitivamente el proyecto de agrupación de vertidos y EDAR de Jamilena (Jaén) y la relación de bienes y derechos de necesaria expropiación para el mencionado proyecto.

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Esta Delegación Territorial de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de Jaén ha acordado publicar la Resolución de la Dirección General de Infraestructuras y Explotación del Agua de 12 de marzo de 2020, por la que se aprueba el expediente de información pública y definitivamente el proyecto de agrupación de vertidos y EDAR de Jamilena (Jaén). (A5.323.1027/2111), así como la relación definitiva de bienes y derechos de necesaria expropiación para el mencionado proyecto, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 21.2 de la Ley de 17 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa (LEF). La aprobación definitiva del proyecto conlleva la declaración de utilidad pública e interés social de las obras, así como la necesidad de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados, de conformidad con el artículo 29.3 de la Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas de Andalucía, y determina el inicio del procedimiento de expropiación de acuerdo con lo dispuesto en el referido art. 21 de la LEF.

1. Resolución de la Dirección General de Infraestructuras del Agua por la que se aprueba el expediente de información pública y el Proyecto de agrupación de vertidos y EDAR de Jamilena (Jaén). Clave: A5.323.1027/2111.

1.º Antecedentes.

El Acuerdo de 26 de octubre de 2010, del Consejo de Gobierno, por el que se declaran de interés de la Comunidad Autónoma de Andalucía las obras hidráulicas destinadas al cumplimiento del objetivo de la calidad de las aguas de Andalucía, incluye entre estas obras la «EDAR y colectores en Jamilena».

Por Resolución de la Dirección General de Infraestructuras y Explotación del Agua, de fecha 26 de diciembre de 2014, se encomienda a la Agencia Pública Empresarial, Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía, la ejecución de los trabajos de redacción del proyecto constructivo de la «Agrupación de Vertidos y EDAR de Jamilena (Jaén)».

En mayo de 2015 se adjudica la redacción del proyecto. El contratista, con fecha febrero de 2019, presentó el proyecto de construcción y con fecha 9 de mayo de 2019, el Departamento de Supervisión de Proyectos emitió informe favorable en relación con el referido proyecto.

Con fecha 18 de junio de 2019 esta Dirección General, aprueba provisionalmente el proyecto para su sometimiento al trámite de información pública. El Ayuntamiento con fecha 19 de diciembre de 2019 concede la Calificación Ambiental conforme a la Ley 7/2007, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.

2.º Resultado de la información pública.

En informe de fecha 5 de noviembre de 2019, la Delegación Territorial de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de Jaén indica que ha sido publicado el anuncio para sometimiento a Información Pública del Proyecto referido en el BOJA el 30 de julio de 2019, en el BOP de Jaén el 2 de septiembre de 2019, y en el Ayuntamiento de Jamilena desde el 2 de septiembre de 2019 hasta el 11 de octubre de 2019. Así mismo ha sido publicado en el periódico Diario de Jaén con fecha 21 de septiembre de 2019 hasta el 5 de noviembre de 2019 y en el Diario Ideal Jaén con fecha 25 de septiembre de 2019 hasta el 7 de noviembre de 2019, habiéndose recibido un total de 2 alegaciones en el registro del Ayuntamiento de Jamilena.

Estas alegaciones, presentadas en plazo y forma son las siguientes:

Primera. Presentada en el Ayuntamiento de Jamilena con fecha 9.9.2019 por don Juan Garrido García, manifiesta que como representante legal de Ajos Gallardo, S.L., no están de acuerdo con la ocupación de su parcela y que el justiprecio calculado no representaría el valor del derecho expropiado. Propone, además, que el trazado del colector principal se ubique al paso de esa zona por el río, por considerar que su cuenca es el lugar más apropiado para el fin perseguido.

Respuesta: Respecto al justiprecio, se debe tener en cuenta que en esta fase de publicación de la relación individualizada de los bienes y derechos de necesaria expropiación, aún no se ha iniciado la determinación del justiprecio, por lo que, no cabe pronunciamiento sobre su cuantía. Asimismo, se debe tener en cuenta que en el trámite de levantamiento de actas previas a la ocupación, de conformidad con el art. 52.3 de la referida Ley de Expropiación Forzosa, podrá el interesado realizar las manifestaciones y aportar los datos que considere útiles para determinar los derechos afectados, su valor y los perjuicios determinantes de la rápida ocupación.

Por otro lado, el trazado del colector es el óptimo desde el punto de vista técnico y cumple las condiciones y prescripciones establecidas por la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir que prohibe su ubicación en el dominio público hidráulico.

Segunda. Presentada en el Ayuntamiento de Jamilena con fecha 24.9.2019 por doña Dolores Barranco Cirri, don Miguel Angel Colmenero Barranco y doña M.ª Feliciana Colmenero (la alegación fue reiterada con fecha 1.10.2019), manifiestan que no han sido informados detalladamente de las consecuencias del proyecto en su propiedad y proponen ejecutar el colector principal al paso de esa zona por el río.

Respuesta: respecto a la falta de información sobre este proyecto, cabe señalar que junto con la relación individualizada de bienes y derechos de necesaria expropiación, fue objeto de información pública de conformidad con el art. 18 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, mediante anuncios en el BOJA (30.7.2019), BOP (2.9.2019), Diario Jaén (21.9.2019), Diario Ideal Jaén (25.9.2019), tablón de edictos del Ayuntamiento (2.9.2019 a 11.10.2019) y en el portal de transparencia de esta Consejería. En los referidos anuncios se especifica individualmente el tipo y superficie afectada por estas obras en cada una de las parcelas. Asimismo, el proyecto recoge detalladamente todas las afectaciones a los bienes y derechos de necesaria expropiación, y ha sido accesible para cualquier ciudadano en la sede de la Delegación Territorial de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de Jaén, el Ayuntamiento de Jamilena y el portal de transparencia de esta Consejería. Por otro lado, una vez aprobado definitivamente este proyecto, será notificada la resolución aprobatoria a cada uno de los titulares afectados, indicándosele en la referida notificación las afectaciones que le corresponden a su propiedad.

Por otro lado, el trazado del colector es el óptimo desde el punto de vista técnico y cumple las condiciones y prescripciones establecidas por la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir que prohibe su ubicación en el dominio público hidráulico.

En conclusión, por todos estos motivos procede no admitir las alegaciones presentadas por don Juan Garrido García, doña Dolores Barranco Cirri, don Miguel Ángel Colmenero Barranco y doña M.ª Feliciana Colmenero con respecto al Proyecto de agrupación de vertidos y EDAR de Jamilena.

3.º Solicitud de aprobación.

Una vez concluidos todos los trámites correspondientes al procedimiento de Información Pública, la Delegación Territorial de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de Jaén solicita mediante escrito de 2 de enero de 2020 la aprobación definitiva del Proyecto de agrupación de vertidos y EDAR de Jamilena (Jaén). Clave: A5.323.1027/2111.

Examinada la propuesta presentada por la Subdirección de Gestión de Recursos y Planificación Hidrológica el 11 de marzo de 2020, de aprobación del expediente de Información Pública y aprobación definitiva del proyecto y en función del Decreto 103/2019, de 12 de febrero de 2019, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible.

HE RESUELTO

1.º Desestimar las alegaciones presentadas por don Juan Garrido García, doña Dolores Barranco Cirri, don Miguel Angel Colmenero Barranco y doña M.ª Feliciana Colmenero conforme lo expuesto anteriormente y ordenar a la Delegación Territorial de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de Jaén que comunique a los interesados la respuesta a sus alegaciones.

2.º La Delegación Territorial de Jaén realizará la preceptiva comunicación de la resolución a todos y cada uno de los interesados, trámite del cual deberá trasladar copia a esta Dirección General para su constancia en el expediente.

3.º Aprobar el expediente de información pública una vez cumplidos los requisitos preceptuados por la legislación vigente.

4.º Aprobar definitivamente el Proyecto de agrupación de vertidos y EDAR de Jamilena (Jaén). Clave: A5.323.1027/2111, con un presupuesto total base de licitación (IVA incluido) de dos millones novecientos treinta y siete mil cuatrocientos quince euros con noventa y tres céntimos (2.937.415,93 €) y un plazo de ejecución de veinte (20) meses.

5.º Se de traslado de lo aprobado a la Secretaría General Técnica y a la Delegación Territorial de Jaén, para su conocimiento y efectos.

6.º Ordenar a la Delegación Territorial de Jaén, que a la mayor brevedad posible, remita a este centro directivo el Acta de Replanteo Previo y el Certificado de Disponibilidad de los Terrenos.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente al de su notificación ante la persona titular de la Dirección General de Infraestructuras del Agua o, directamente, interponer, en el plazo de dos meses, recurso contencioso-administrativo ante la Sala competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de acuerdo con lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y artículos 10.1.a) y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

2. Relación definitiva de bienes y derechos de necesaria expropiación para el proyecto de agrupación de vertidos y EDAR de Jamilena (Jaén). Clave: A5.323.1027/2111.

Jaén, 26 de mayo de 2020.- La Delegada, María Soledad Aranda Martínez.

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