Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 113 de 15/06/2020

3. Otras disposiciones

Consejería de Hacienda, Industria y Energía

Resolución de 3 de junio de 2020, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se deroga parcialmente la Resolución de 5 de mayo de 2005, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se aprueban las normas particulares y condiciones técnicas y de seguridad de la empresa distribuidora de energía Eléctrica Endesa Distribución, S.L.U., en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

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ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Con fecha de 5 de mayo de 2005, la Dirección General de Industria, Energía y Minas aprobó mediante Resolución las «Normas particulares y condiciones técnicas y de seguridad de la empresa distribuidora de energía eléctrica Endesa Distribución, S.L.U.», en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, que contenían los siguientes capítulos:

Cap. I. Generalidades.

Cap. II. Acometidas e instalaciones de enlace en baja tensión.

Cap. III. Redes de Distribución en baja tensión.

Cap. IV. Centros de transformación seccionamiento y entrega.

Cap. V. Redes de Distribución en Media Tensión.

Cap. VI. Especificaciones Técnicas para la Conexión de Suministros en Media Tensión.

Cap. VII. Equipos de medida para la facturación.

Cap. VIII. Instalaciones fotovoltaicas conectadas a las redes de distribución en baja tensión.

Cap. IX. Instalaciones eléctricas en recintos feriales.

Cap. X. Documentos de referencia.

Segundo. Con fecha de 24 de junio de 2019 se publica en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA núm. 119) la Resolución de 14 de junio de 2019, de la Secretaría General de Industria, Energía y Minas, por la que se deroga parcialmente la Resolución de 5 de mayo de 2005, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se aprueban las normas particulares y condiciones técnicas y de seguridad de la empresa distribuidora de energía eléctrica Endesa Distribución, S.L.U., en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Tercero. El 4 de octubre de 2019 se publica en el BOE la Resolución de 23 de septiembre de 2019, de la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, por la que se aprueban especificaciones particulares y proyectos tipo de Endesa Distribución Eléctrica, S.L.U. Las especificaciones particulares y proyectos tipo aprobados finalmente en la citada resolución son los siguientes:

Código Título Edición Fecha
AYZ10000 Proyecto Tipo Línea Aérea de Media Tensión Ed. 1.ª Mayo 2019
DYZ10000 Proyecto Tipo Línea Subterránea Media Tensión Ed. 1.ª Mayo 2019
FYZ10000 Proyecto Tipo Centro de Transformación Interior Local Edificio Planta Calle Ed. 1.ª Mayo 2019
FYZ30000 Proyecto Tipo Centro de Transformación CT Interior Prefabricado Ed. 1.ª Mayo 2019
FYZ31000 Proyecto Tipo Centro de Transformación Prefabricado Rural Bajo Poste Ed. 1.ª Mayo 2019
SRZ001 Especificaciones Técnicas Particulares de Subestaciones AT/MT Ed. 1ª. Mayo 2019

De acuerdo con dicha resolución, que entró en vigor el 5 de octubre de 2019, se establece un periodo transitorio de seis meses en el que se podrán seguir aplicando especificaciones particulares y proyectos tipo anteriormente vigentes. Al finalizar dicho periodo el 5 de abril de 2020, las normas aprobadas son de obligado cumplimiento.

Cuarto. Con fecha 25 de octubre de 2019, Edistribución Redes Digitales, S.L.U., presenta un escrito dirigido a la Secretaría General de Industria, Energía y Minas en el que solicita una derogación parcial adicional a la indicada en el antecedente segundo, también por obsolescencia, de la resolución citada en el antecedente primero con el objeto de evitar ambigüedad normativa.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Habilitación legal para las especificaciones particulares.

Tanto las antiguas «Normas Particulares y Condiciones Técnicas y de Seguridad» como las nuevas «Especificaciones Particulares y Proyectos Tipo» constituyen un desarrollo al propio desarrollo reglamentario de la seguridad industrial en los términos indicados en el artículo 12 de la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria. La potestad para la aprobación, por parte de la administración competente, de normas particulares propuestas por empresas distribuidoras eléctricas aplicable para las instalaciones eléctricas de distribución y las interconectadas con ellas, se encuentra en:

- Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias ITC RAT 01 a 23. Se habilita a las empresas distribuidoras a proponer especificaciones particulares en su artículo 14.

- Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09. Se habilita a las empresas distribuidoras a proponer especificaciones particulares en su artículo 15.

- Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión. Se habilita a las empresas distribuidoras a proponer especificaciones particulares en su artículo 14.

Segundo. Competencias administrativas.

Las competencias autonómicas en materia de industria se encuentran establecidas en el artículo 58.2.3.º del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía. Esta Dirección General de Industria, Energía y Minas es, dentro de la Administración de la Junta de Andalucía y de acuerdo con el Decreto del Presidente 2/2019, de 21 de enero, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, y su modificación hecha en el Decreto 6/2019, de 11 de febrero, y con lo establecido en el artículo 13 del Decreto 101/2019, de 12 de febrero, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda, Industria y Energía, en su redacción dada por el Decreto 573/2019, de 1 de octubre, el órgano al que corresponden las competencias en materia de industria.

En virtud de los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho anteriormente expuestos, esta Dirección General de Industria, Energía y Minas

RESUELVE

Primero. Derogar de las Normas Particulares y Condiciones Técnicas y de Seguridad de la empresa distribuidora de energía eléctrica Endesa Distribución, S.L.U., aprobadas en la Resolución de 5 de mayo de 2005, los siguientes capítulos:

IV. Centros de transformación, seccionamiento y entrega.

V. Redes de distribución en Media Tensión.

Segundo. Establecer que la derogación parcial de la Resolución de 5 de mayo de 2005, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, es efectiva desde que ha acabado el periodo transitorio de seis meses, es decir desde el 6 de abril de 2020.

Tercero. Establecer que aquellos proyectos, cuyas instalaciones de conexión se adapten a las condiciones técnicas emitidas por la empresa distribuidora hasta el 5 de abril de 2020, basados en las anteriores Normas Particulares, tendrán que ser ejecutados y sus instalaciones puestas en servicio antes del 30 de junio de 2021. Se admite como fecha justificativa de que se basan en las anteriores normas particulares la de visado del proyecto o la de concesión de la licencia de obras.

Cuarto. Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada ante el Secretario General de Industria, Energía y Minas en el plazo de un (1) mes contado a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 115.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 3 de junio de 2020.- El Director General, Francisco Javier Ramírez García.

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