Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 115 de 17/06/2020

3. Otras disposiciones

Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación

Resolución de 8 de junio de 2020, de la Secretaría General Técnica, por la que se suprimen los Registros Auxiliares de documentos que se citan.

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El artículo 82 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía, junto a las previsiones sobre esta materia recogidas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, constituyen el marco legislativo que debe regir los Registros Administrativos, materia que se desarrolla en el ámbito de la Administración de la Junta de Andalucía mediante el Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen las medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos, el cual regula en su Capítulo III los Registros de Documentos.

El artículo 10 Decreto 204/1995, de 29 de agosto, prevé que los órganos administrativos que dispongan de un Registro General de Documentos podrán establecer los Registros Auxiliares que sean necesarios para facilitar la presentación de escritos y comunicaciones, así como para racionalizar los procedimientos administrativos.

Por otra parte, el art. 11 del citado Decreto, establece que: «Los titulares de los Centros Directivos comunicarán a la Secretaría General para la Administración Pública la instalación, modificación, traslado o supresión de las Oficinas de Registros Generales de documentos que de ellos dependan, especificando su denominación, ubicación, horarios de atención al público y, en su caso, las técnicas y medios mecánicos, electrónicos, informáticos telemáticos de acceso y comunicación».

En el año 2003, se crearon los registros auxiliares de documentos en cada uno de los Centros de Valoración y Orientación existentes en las provincias. Teniendo en cuenta los recursos existentes,y, aplicando criterios de eficiencia en la utilización de los mismos, se considera oportuna la supresión de los registros auxiliares de documentos existentes en cada uno de estos Centros.

De conformidad con lo previsto en el artículo 8 del Decreto 106/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, corresponde a esta Secretaría General Técnica la organización, racionalización y supervisión de las unidades y servicios de la Consejería, así como la las funciones generales de administración, registro y archivo central, en base a ello

R E S U E L V O

Primero. Suprimir los siguientes Registros de documentos:

Registro auxiliar de documentos del Centro de Valoración y Orientación de Almería, sito en Ctra. Ronda s/n, 4.ª planta, Edificio Antigua Bola Azul, C.P. 04009 Almería.

Registro auxiliar de documentos del Centro de Valoración y Orientación de Cádiz, sito en Plaza de Madrid, Estadio Ramón de Carranza Fondo Sur, Bajo s/n, C.P. 11004 Cádiz.

Registro auxiliar de documentos del Centro de Valoración y Orientación de Algeciras, sito en Antiguo Edificio Hospital de Cruz Roja, Paseo de la Conferencia, s/n, 4.ª plta., C.P. 11207 Algeciras.

Registro auxiliar de documentos del Centro de Valoración y Orientación de Córdoba, sito en Ronda de los Tejares, núm. 16, Pasaje, C.P. 14008 Córdoba.

Registro auxiliar de documentos del Centro de Valoración y Orientación de Granada, sito en Ctra. Alfacar, núm. 13, Pol. La Cartuja, C.P. 18011 Granada.

Registro auxiliar de documentos del Centro de Valoración y Orientación de Huelva, sito en C/ Hermandades, s/n, C.P. 21006 Huelva.

Registro auxiliar de documentos del Centro de Valoración y Orientación de Jaén, sito en C/ Linares, núms. 2 y 4, C.P. 23006 Jaén.

Registro auxiliar de documentos del Centro de Valoración y Orientación de Málaga, sito en Plaza de Diego Vázquez Otero, núm. 5, C.P. 29007 Málaga.

Registro auxiliar de documentos del Centro de Valoración y Orientación de Sevilla, sito en C/ Japón, núm. 37, C.P. 41020 Sevilla.

Segundo. Acordar la publicación en el BOJA de la presente resolución, la cual entrará en vigor el mismo día de su publicación en dicho Boletín Oficial.

Sevilla, 8 de junio de 2020.- La Secretaria General Técnica, María Inmaculada Fajardo Rivas.

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