Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 116 de 18/06/2020

1. Disposiciones generales

Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación

Resolución de 10 de junio de 2020, del Instituto Andaluz de la Mujer, de modificación de la Resolución de 28 de noviembre de 2019, del Instituto Andaluz de la Mujer, por la que se convocan becas de formación en el Área de Documentación para el año 2020.

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La Orden de la Consejería de la Presidencia e Igualdad de 16 de julio de 2013 (BOJA núm. 143, de 23 de julio) establecía el procedimiento y las bases reguladoras aplicables a la convocatoria de becas de formación en el Área de Documentación del Instituto Andaluz de la Mujer, determinando en el artículo 6.2 como titular de la competencia para efectuar la convocatoria a la Directora del Instituto Andaluz de la Mujer y, en la disposición final primera, otorgándole la facultad para realizar cuantas actuaciones sean necesarias para el desarrollo y aplicación de la misma.

En uso de las facultades aludidas y de conformidad con lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; su Reglamento de desarrollo aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de Hacienda Pública de la Junta de Andalucía; el Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, y las normas especiales en materia de subvenciones contenidas en las leyes anuales de Presupuestos, por Resolución de 28 de noviembre de 2019, del Instituto Andaluz de la Mujer, se convocaron dos becas de formación en el Área de Documentación para el año 2020.

Dado que por las circunstancias especiales determinadas por el COVD-19 la incorporación a las becas no ha podido realizarse en la fecha prevista inicialmente, corresponde la revisión de los apartados de la resolución de convocatoria mencionada afectados por este cambio de fecha.

RESUELVO

1. Las becas tendrán una duración inicial de doce meses, a contar desde el día 1 de julio de 2020, pudiendo prorrogarse, en su caso, por un periodo de doce meses más como máximo.

2. Las becas concedidas se asignarán con cargo a la partida presupuestaria 16310000 G/32G/48300/00/01 2020 para el año, siendo la cuantía bruta, incluyendo la cuota patronal a la Seguridad Social, de 31.920 euros, con un reparto anual de 15.960 euros para el año 2020 y 15.960 euros para el año 2021.

Sevilla, 10 de junio de 2020.- La Directora, Laura Fernández Rubio.

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