Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 119 de 23/06/2020

1. Disposiciones generales

Consejería de Salud y Familias

Orden de 17 de junio de 2020, por la que se actualiza el Mapa de Atención Primaria de Salud de Andalucía.

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El Estatuto de Autonomía para Andalucía, en los artículos 55.2 y 84.1, atribuye a esta Comunidad Autónoma competencia exclusiva en materia de sanidad e higiene, sin perjuicio de lo establecido por el artículo 149.1.16 de la Constitución Española, así como el desarrollo legislativo y la ejecución de la legislación básica del Estado en materia de sanidad interior.

La Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, en el artículo 51.2 atribuye a las Comunidades Autónomas la ordenación territorial de los servicios. La Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía, establece en el Título VII, Capítulo II, las demarcaciones territoriales para la organización de los servicios, especificando en el artículo 49 que cada área de salud se divide territorialmente en zonas básicas de salud.

Por su parte, la Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía, establece en el apartado primero del artículo 50 que la zona básica de salud es el marco territorial elemental para la prestación de la atención primaria de salud y, en el apartado segundo del citado precepto, determina que las zonas básicas de salud serán delimitadas por la Consejería de Salud atendiendo a factores de carácter geográfico, demográfico, social, económico, epidemiológico, cultural y viario.

Igualmente, el Capítulo III del Título VII de la Ley 2/1998, de 15 de junio, aborda la ordenación funcional de la asistencia sanitaria, especificando en el artículo 53 que para la planificación, gestión y apoyo a la prestación de servicios de atención primaria de salud de Andalucía, existirá el distrito de atención primaria, cuyo ámbito de actuación será determinado por la Consejería de Salud.

Habiéndose efectuado la última actualización de la configuración de distritos de atención primaria mediante la Orden de la Consejería de Salud de 7 de junio de 2002, por la que se actualiza el Mapa de Atención Primaria de Salud de Andalucía, se hace necesario continuar con el proceso de su actualización, recogiendo las experiencias y adaptando el citado Mapa de Atención Primaria a los cambios geográficos, demográficos y de comunicaciones que se han producido, a las nuevas necesidades de salud de la población y conforme a lo estipulado en la Ley 2/1998, de 15 de junio. A tal efecto, el presente Mapa afecta exclusivamente a la gestión de la atención primaria, estando los flujos para la asistencia especializada planificados y ordenados por su propia normativa.

La actualización del Mapa de Atención Primaria de Salud de Andalucía que se lleva a cabo por la presente orden, modifica la delimitación territorial de la atención primaria en el Campo de Gibraltar con la constitución de dos distritos de atención primaria, el Distrito de Atención Primaria Campo de Gibraltar Oeste, que atenderá a la ciudadanía de los municipios de Tarifa, Los Barrios y Algeciras, y el Distrito de Atención Primaria Campo de Gibraltar Este, que atenderá a la ciudadanía de los municipios de San Roque, La Línea de la Concepción, Jimena de la Frontera y Castelar de la Frontera. Este cambio en el Mapa de Atención Primaria de Andalucía permite adaptar la organización de la atención primaria a la nueva estructura de áreas de gestión sanitaria resultante de la creación del Área de Gestión Sanitaria Campo de Gibraltar Oeste y del Área de Gestión Sanitaria Campo de Gibraltar Este, tal y como prevé el artículo2 del Decreto 197/2007, de 3 de julio, por el que se regula la estructura, organización y funcionamiento de los servicios de atención primaria de salud en el ámbito del Servicio Andaluz de Salud.

Asimismo, esta orden da cumplimiento a los principios de buena regulación a los que se refiere el artículo 129.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Así, la norma cumple con los principios de necesidad y eficacia, en tanto que con ella se consigue el fin perseguido consistente en modificar el distrito de atención primaria del Campo de Gibraltar para establecer dos distritos distintos de forma que se acerca y mejora la prestación sanitaria a la ciudadanía. La regulación que la norma efectúa responde al principio de proporcionalidad, limitando los cambios normativos a los imprescindibles para lograr el objetivo perseguido y tras constatarse tanto que no existen otras medidas menos restrictivas de derechos, como que la nueva regulación no impone nuevas obligaciones a sus destinatarios. Por otro lado, el principio de seguridad jurídica se ha ejercido con una regulación coherente con el resto del ordenamiento jurídico, creando un marco normativo estable, predecible e integrado tanto para la ciudadanía como para el personal del Servicio Andaluz de Salud. En cumplimiento del principio de transparencia esta norma ha sido sometida a previa consulta pública y a audiencia pública, facilitando el acceso sencillo a su contenido y posibilitando la participación de sus potenciales destinatarios. Finalmente, se cumple con el principio de eficiencia al evitarse cargas administrativas innecesarias y racionalizando, en su ejecución, la gestión de los recursos públicos.

En su virtud, en uso de las facultades conferidas por los artículos 50.2 y 53 de la Ley 2/1998, de 15 de junio, por los artículos 44.2 y 46.4 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en relación con el artículo 26 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, y de acuerdo con el Consejo Consultivo de Andalucía

Dispongo

Artículo único. Actualización del Mapa de Atención Primaria de Salud de Andalucía.

Se actualiza el Mapa de Atención Primaria de Salud de Andalucía y, a tal efecto, el Anexo II de la Orden de 7 de junio de 2002, de la Consejería de Salud, por la que se actualiza el Mapa de Atención Primaria de Salud de Andalucía, se sustituye por el que se acompaña como anexo a la presente orden.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor a los tres meses de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 17 de junio de 2020

JESÚS RAMÓN AGUIRRE MUÑOZ
Consejero de Salud y Familias

Anexo

Relación de Distritos de Atención Primaria y Zonas Básicas de Salud que los conforman:

PROVINCIA DE ALMERÍA
DISTRITOS DE ATENCIÓN PRIMARIA ZONAS BÁSICAS DE SALUD
Almería Tabernas
Sorbas
Río Nacimiento
Níjar
Carboneras
Bajo Andarax
Alto Andarax
Almería

Levante-Alto Almanzora
(Área de Gestión Sanitaria Norte de Almería)
Vera
Serón
Mármol
Los Vélez
Huércal-Overa
Cuevas del Almanzora
Albox
Poniente de Almería Vícar
Roquetas de Mar
El Ejido
Berja
Adra
PROVINCIA DE CÁDIZ
DISTRITOS DE ATENCIÓN PRIMARIA ZONAS BÁSICAS DE SALUD
Bahía de Cádiz- La Janda Vejer de la Frontera
San Fernando
Puerto Real
Puerto de Santa María
Medina-Sidonia
Conil
Chiclana
Cádiz
Barbate

Campo de Gibraltar Oeste
(Área de Gestión Sanitaria Campo de Gibraltar Oeste)
Tarifa
Los Barrios
Algeciras

Campo de Gibraltar Este
(Área de Gestión Sanitaria Campo de Gibraltar Este)
San Roque
La Línea de la Concepción
Jimena de la Frontera

Jerez-Costa Noroeste
(Área de Gestión Sanitaria Jerez, Costa Noroeste y Sierra de Cádiz)
Sanlúcar de Barrameda
Rota
Jerez
Chipiona

Sierra de Cádiz
(Área de Gestión Sanitaria Jerez, Costa Noroeste y Sierra de Cádiz)
Villamartín
Ubrique
Olvera
Arcos de la Frontera
Alcalá del Valle
PROVINCIA DE CÓRDOBA
DISTRITOS DE ATENCIÓN PRIMARIA ZONAS BÁSICAS DE SALUD
Córdoba Córdoba

Córdoba Norte
(Área de Gestión Sanitaria Norte de Córdoba)
Villanueva de Córdoba
Pozoblanco
Peñarroya·Pueblo Nuevo
Hinojosa del Duque

Córdoba Sur
(Área de Gestión Sanitaria Sur de Córdoba)
Rute
Puente Genil
Priego de Córdoba
Montilla
Lucena
La Rambla
Iznájar
Fernán·Núñez
Castro del Rio
Cabra
Benamejí
Baena
Aguilar
Guadalquivir Posadas
Palma del Río
Montoro
La Sierra
La Carlota
Fuente Palmera
Bujalance
PROVINCIA DE GRANADA
DISTRITOS DE ATENCIÓN PRIMARIA ZONAS BÁSICAS DE SALUD
Granada Granada

Granada Nordeste
(Área de Gestión Sanitaria Nordeste Granada)
Purullena
Pedro Martínez
Marquesado
Huéscar
Guadix
Benamaurel
Baza

Granada Sur
(Área de Gestión Sanitaria Sur Granada)
Ugíjar
Salobreña
Órgiva
Motril
Cádiar
Almuñécar
Albuñol
Metropolitano de Granada Valle de Lecrín
Santa Fe
Pinos Puente
Peligros
Montefrío
Maracena
Loja
La Zubia
Iznalloz
lIIora
Huétor-Tájar
Churriana de la Vega
Cenes de la Vega
Atarfe
Armilla
Alhama de Granada
Alfacar
Albolote
PROVINCIA DE HUELVA
DISTRITOS DE ATENCIÓN PRIMARIA ZONAS BÁSICAS DE SALUD
Condado-Campiña La Palma del Condado
Gibraleón
Condado Occidental
Campiña Sur
Campiña Norte
Bollullos Par del Condado
Almonte
Huelva-Costa Punta Umbría
Lepe
Isla Cristina
Huelva
Cartaya
Ayamonte
Andévalo Occidental
Aljaraque

Sierra de Huelva-Andévalo Central
(Área de Gestión Sanitaria Norte de Huelva)
Valverde del Camino
Minas de Riotinto
Cumbres Mayores
Cortegana
Calañas
Aracena
PROVINCIA DE JAÉN
DISTRITOS DE ATENCIÓN PRIMARIA ZONAS BÁSICAS DE SALUD
Jaén Torre del Campo
Mengíbar
Mancha Real
Jaén
Huelma
Cambil

Jaén Nordeste
(Área de Gestión Sanitaria Nordeste de Jaén)
Villanueva del Arzobispo
Villacarrillo
Úbeda
Torreperogil
Santiago-Pontones
Pozo Alcón
Peal del Becerro
Orcera
Jódar
Cazorla
Beas de Segura
Baeza

Jaén Norte
(Área de Gestión Sanitaria Norte de Jaén)
Santisteban del Puerto
Linares
La Carolina
Bailén
Arjona
Andújar
Jaén Sur Torredonjimeno
Porcuna
Martos
Alcaudete
Alcalá la Real
PROVINCIA DE MÁLAGA
DISTRITOS DE ATENCIÓN PRIMARIA ZONAS BÁSICAS DE SALUD

Axarquía
(Área de Gestión Sanitaria Este de Málaga-Axarquía)
Viñuela
Vélez-Málaga
Torrox
Nerja
Colmenar
Axarquía Oeste
Algarrobo
Costa del Sol Torremolinos-Benalmádena
Marbella
Fuengirola
Estepona

La Vega
(Área de Gestión Sanitaria Norte de Málaga)
Mollina
Campillos
Archidona
Antequera
Málaga Rincón de la Victoria
Málaga

Serranía
(Área de Gestión Sanitaria Serranía de Málaga)
Ronda
Benaoján
Algatocín
Valle del Guadalhorce Coín
Cártama
Alozaina
Álora
Alhaurín el Grande
Alhaurín de la Torre
PROVINCIA DE SEVILLA
DISTRITOS DE ATENCIÓN PRIMARIA ZONAS BÁSICAS DE SALUD
Aljarafe Tomares
Sanlúcar la Mayor
San Juan de Aznalfarache
Pilas
Olivares
Mairena del Aljarafe
Coria del Río
Castilleja de la Cuesta
Camas
Sevilla Sevilla

Sevilla Este
(Área de Gestión Sanitaria Osuna)
Puebla de Cazalla
Osuna
Marchena
La Luisiana
Estepa
El Saucejo
Écija
Sevilla Norte Santa Olalla del Cala
Los Alcores
Lora del Rio
La Rinconada
La Algaba
Guillena
Constantina
Cazalla de la Sierra
Carmona
Cantillana
Brenes
Alcalá del Río

Sevilla Sur
(Área de Gestión Sanitaria Sur de Sevilla)
Utrera
Morón de la Frontera
Montellano
Los Palacios
Lebrija
Las Cabezas de San Juan
El Arahal
Dos Hermanas
Alcalá de Guadaíra
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