Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 122 de 26/06/2020

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Consejería de Salud y Familias

Resolución de 19 de junio de 2020, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que, a propuesta de la Comisión de Valoración que ha valorado el concurso para la provisión de puestos de trabajo vacantes del Cuerpo Superior Facultativo de Instituciones Sanitarias, especialidad Farmacia, se aprueba la Resolución Provisional de dicho concurso y se anuncia la publicación de los listados provisionales.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00174029.

De conformidad con lo establecido en la base 6.1 del Anexo I de la Resolución de 18 de junio de 2019, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud (BOJA núm. 121, de 26 de junio), por la que se convoca concurso para la provisión de puestos de trabajo vacantes del Cuerpo Superior Facultativo de Instituciones Sanitarias, especialidad Farmacia, en Centros Asistenciales del Servicio Andaluz de Salud, con correcciones publicadas en el BOJA núm. 128, de 5 de julio de 2019, a propuesta de la respectiva Comisión de Valoración que, en aplicación de lo establecido en la base 4 de la convocatoria, ha valorado los méritos de acuerdo con el baremo establecido en el Anexo II de la citada Resolución de 18 de junio de 2019, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud (BOJA núm. 121, de 26 de junio), y sus correcciones; y en uso de las atribuciones que tiene conferidas en virtud de lo dispuesto en el Decreto 70/2008, de 26 de febrero (BOJA núm. 52, de 14 de marzo), por el que se regula la plantilla orgánica, las funciones, las retribuciones, la jornada y horario de trabajo, el acceso y la provisión de puestos de trabajo del Cuerpo Superior Facultativo de Instituciones Sanitarias de la Junta de Andalucía, especialidades de Farmacia y Veterinaria, y en el Decreto 105/2019, de 12 de febrero (BOJA núm. 31, de 14 de febrero), por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Familias y del Servicio Andaluz de Salud, modificado por el Decreto 3/2020, de 14 de enero (BOJA núm. 10, de 16 de enero), por el que se modifica el Decreto 105/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Familias y del Servicio Andaluz de Salud, para redistribuir las funciones asignadas a algunos órganos de la Consejería y del Servicio Andaluz de Salud, esta Dirección General

RESUELVE

Primero. Aprobar, a propuesta de la respectiva Comisión de Valoración, la resolución provisional del concurso para la provisión de puestos de trabajo vacantes del Cuerpo Superior Facultativo de Instituciones Sanitarias, especialidad Farmacia. Dicha Resolución adjudica provisionalmente los puestos ofertados, así como los puestos que se acumulan tras la aplicación del sistema de resultas, a las personas concursantes admitidas al concurso de provisión, atendiendo a puestos de trabajo solicitados por las mismas y al orden determinado por la puntuación obtenida.

Segundo. Anunciar la publicación de las listas provisionales de personas concursantes que obtienen puesto de trabajo, que se encontrarán expuestas al público en los tablones físicos o virtuales de los Servicios Centrales del Servicio Andaluz de Salud y de las Delegaciones Territoriales de la Consejería de Salud y Familias, así como en la página web del Servicio Andaluz de Salud (www.sspa.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud), a partir del mismo día de publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Las citadas listas se publican por orden alfabético y de puntuación, y las mismas indican la puntuación consignada por las personas aspirantes en el autobaremo de méritos presentado, la puntuación asignada por la Comisión de Valoración en cada uno de los apartados del baremo de méritos y la puntuación total obtenida.

Tercero. Anunciar la publicación de las listas provisionales de personas concursantes que no obtienen puesto de trabajo, con indicación de las causas de exclusión en caso de resultar «excluido/a», y con indicación de «no baremado/a» en caso de no tener opciones de obtener puesto de trabajo en función de la puntuación del autobaremo de méritos y de los puestos solicitados o solicitar el mismo puesto que ya ostenta, que se encontrarán expuestas al público en los tablones físicos o virtuales citados en el punto anterior.

Cuarto. Publicar, como anexo a la presente resolución, la relación de causas de exclusión.

Quinto. Las personas aspirantes disponen de un plazo de quince días hábiles, a contar desde el día hábil siguiente al de publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, para formular alegaciones contra la misma. Asimismo, de acuerdo con lo establecido en la base 3.2 de la convocatoria, hasta la finalización del plazo para presentar alegaciones contra la resolución provisional del concurso, las personas concursantes podrán desistir de su participación en el mismo. Finalizado dicho plazo no se admitirán desistimientos.

Las alegaciones, así como la solicitud de desistimiento, en su caso, deberán presentarse a través de medios electrónicos, debiendo formularse a través de la VEC, cumplimentando el formulario electrónico correspondiente al sistema normalizado de alegaciones a los listados provisionales o desistimiento de participación en el concurso de provisión de puestos de trabajo.

Durante el plazo anterior, de acuerdo con lo establecido en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, aquellas personas candidatas que figuran excluidas en el concurso de provisión por falta de acreditación de los requisitos de acceso para la participación en el mismo deberán subsanar la falta o aportar junto a la correspondiente alegación los documentos acreditativos de la concurrencia de dichos requisitos de acceso, indicándoles que, si así no lo hicieran, quedarán definitivamente excluidas del concurso de provisión de puestos de trabajo.

Asimismo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para aquellos méritos que, en el momento de presentación del autobaremo de méritos, únicamente se hubiera incorporado a la VEC la solicitud de la certificación de dicho mérito, conforme lo establecido en la base 3.7 de la convocatoria, cuyo registro haya sido rechazado por la Comisión de Valoración por dicha causa, deberán aportar a través de la VEC, junto a la alegación, la documentación acreditativa correspondiente al mismo. La persona aspirante se responsabilizará de la veracidad de los documentos adjuntados.

Para realizar la alegación la persona interesada deberá acreditarse a través de la firma mediante cualquiera de los sistemas de firma electrónica que son admitidos (certificados expedidos por la FNMT, sistema de clave concertada permanente o de un código de usuario y clave de acceso, expedidos por la Agencia Estatal de Administración Tributaria AEAT).

Las alegaciones formuladas contra la resolución provisional serán resueltas, a propuesta de la Comisión de Valoración, mediante la Resolución Definitiva del concurso, aprobada por la persona titular Dirección General de Personal, que será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Dicha publicación determinará la apertura del plazo de toma de posesión.

Sevilla, 19 de junio de 2020.- La Directora General, Pilar Bartolomé Hernández.

ANEXO

CAUSAS DE EXCLUSIÓN

01. Presentación fuera de plazo o no acreditar sello o fecha de registro oficial.

03. No justifica situación administrativa desde la que se concursa.

04. Personal en situación distinta a la de activo sin reserva de plaza, que no reúne los requisitos legales y reglamentarios para incorporarse al servicio activo.

05. No acredita en plazo cumplir con el requisito de ser funcionario de carrera del cuerpo superior facultativo de instituciones sanitarias de la Junta de Andalucía en la especialidad a la que se concursa

06. No participa en la fase de concurso: no presenta autobaremo de méritos.

08. Jubilación.

09. Fallecimiento.

10. Desistimiento.

11. No presenta petición de puestos de trabajo.

Descargar PDF