Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 122 de 26/06/2020

3. Otras disposiciones

Consejería de Salud y Familias

Resolución de 8 de junio de 2020, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud, por la que se delegan competencias en la persona titular de la Dirección Gerencia del Hospital Universitario Clínico San Cecilio para la suscripción de un convenio de colaboración con la Asociación Granadina de ELA (AGRAELA).

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Es competencia de la Consejería de Salud y Familias de la Junta de Andalucía a través del Servicio Andaluz de Salud la gestión del conjunto de prestaciones sanitarias en el terreno de la promoción y protección de la salud, prevención de la enfermedad, asistencia sanitaria y rehabilitación que le corresponda en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

El art. 12.1.g) del Decreto 105/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Familias y del Servicio Andaluz de Salud, atribuye a esta Dirección Gerencia la competencia de suscripción de acuerdos y convenios. En este sentido, la Dirección Gerencia del Hospital Universitario Clínico San Cecilio, de conformidad con lo dispuesto en la Resolución de 2 de abril de 2013, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud, por la que se delegan competencias en distintos órganos, solicita la delegación de competencias para la suscripción de un convenio de colaboración con la Asociación AGRAELA, entidad que está inscrita en el Registro General de Entidades de Voluntariado de Andalucía con el número 2989.

El convenio a suscribir, tiene por objeto el establecimiento de los siguientes programas u otros que por acuerdo de las partes se estimen de interés.

- Programa de colaboración y coordinación en las unidades multidisciplinares de los hospitales de Granada.

- Programa para mejorar la calidad de vida del/de la paciente y de sus familiares, reduciendo las alteraciones emocionales, relacionales y sociales que puedan surgir como consecuencia de la enfermedad.

- Programa de autonomía y cuidados a través del voluntariado. Con funciones de soporte al/a la paciente y su familia.

- Programa de atención integral para la promoción de la autonomía de las personas y atención a la discapacidad y dependencia.

- Programa de ayuda mutua y autocuidado.

El convenio ha sido informado favorablemente por la Dirección General de Asistencia Sanitaria y Resultados en Salud, de conformidad con el art. 7 de la Resolución SA 0015/15, de 4 de febrero, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud, de desarrollo de la participación ciudadana en los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, y ha sido redactado sobre un modelo normalizado, informado favorablemente por la Asesoría Jurídica del SAS, con fecha de 19 de julio de 2018, conforme con el artículo 50.2.a) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Por lo expuesto, y en uso de las facultades atribuidas por el Decreto 105/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Familias y del Servicio Andaluz de Salud, y de acuerdo con lo previsto en el art. 101 de la Ley 9/2007, de 26 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,

RESUELVO

Primero. Delegar en la persona titular de la Dirección Gerencia del Hospital Universitario Clínico San Cecilio las competencias para la suscripción de un convenio de colaboración con la Asociación AGRAELA para el establecimiento de los siguientes programas u otros que por acuerdo de las partes se estimen de interés.

- Programa de colaboración y coordinación en las unidades multidisciplinares de los hospitales de Granada.

- Programa para mejorar la calidad de vida del/de la paciente y de sus familiares, reduciendo las alteraciones emocionales, relacionales y sociales que puedan surgir como consecuencia de la enfermedad.

- Programa de autonomía y cuidados a través del voluntariado. Con funciones de soporte al/a la paciente y su familia.

- Programa de atención integral para la promoción de la autonomía de las personas y atención a la discapacidad y dependencia.

- Programa de ayuda mutua y autocuidado.

Segundo. La presente resolución surtirá efectos a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 8 de junio de 2020.- El Director Gerente, Miguel Ángel Guzmán Ruiz.

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