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El marco normativo de aplicación de la enajenación se regula en el Capítulo III. Disponibilidad de los bienes de dominio privado, del Título III. Bienes de dominio privado de la Comunidad Autónoma de Andalucía, de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, de Patrimonio de Andalucía; así como en el Título III del Reglamento para la aplicación de la Ley de Patrimonio de Andalucía aprobado por Decreto 276/1987, de 11 de noviembre, y en concreto, dentro del Capítulo III. Disponibilidad de bienes o derechos.
En el Distrito Sanitario de Atención Primaria de Sevilla constan bienes muebles, en concreto, siete vehículos, que se califican como vehículos inservibles, en desuso y fuera de circulación debido a que por su estado obsoleto y deteriorado no es aconsejable ni su utilización ni conservación, dados de baja en la Dirección General de Tráfico. Son los siguientes:
Número de inventario |
Matrícula | Marca | Modelo | Centro y lugar de ubicación |
1500002967 | 3603 FWL | Volkswagen | Crafter | Distrito Sanitario AP Sevilla, sito Avda. de Jerez, s/n |
1500002966 | 3611 FWL | Volkswagen | Crafter | Distrito Sanitario AP Sevilla, sito Avda. de Jerez, s/n |
1500002965 | 3618 FWL | Volkswagen | Crafter | Distrito Sanitario AP Sevilla, sito Avda. de Jerez, s/n |
1500002968 | 3596 FWL | Volkswagen | Crafter | Distrito Sanitario AP Sevilla, sito Avda. de Jerez, s/n |
1500002969 | 3588 FWL | Volkswagen | Crafter | Distrito Sanitario AP Sevilla, sito Avda. de Jerez, s/n |
1500002963 | 3653FWL | Volkswagen | Crafter | Distrito Sanitario AP Sevilla, sito Avda. de Jerez, s/n |
1500002964 | 3625 FWL | Volkswagen | Crafter | Distrito Sanitario AP Sevilla, sito Avda. de Jerez, s/n |
La enajenación permite la eliminación de dichos vehículos inservibles y fuera de circulación recuperando el espacio ocupado y pudiéndolo dedicar a otros usos relacionados con la actividad del Distrito, y la posibilidad de obtener su valor económico en el momento de la enajenación, en lugar de tener que soportar los gastos de retirada de los mismos.
Mediante Resoluciónes de la Dirección General de Patrimonio de la Junta de Andalucía de fechas 8 de junio de 2016 y 17 de abril de 2018, se acuerda la desafectación y declaración de alinealidad de los mismos. La citada desafectación y declaración de alinealidad se toma razón en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
De conformidad con lo previsto en el artículo 90 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, de Patrimonio de Andalucía, y 205 del Reglamento de aplicación, y en el Acuerdo de 9 de febrero de 1999 del Consejo de Gobierno (BOJA núm. 29, de 9.3.1999), la enajenación se realizará de forma directa.
El órgano competente para acordar la enajenación es el Director Gerente del Servicio Andaluz de Salud. No obstante, razones de índole técnica y de eficiencia operativa, aconsejan que la tramitación de expediente administrativo para la enajenación de estos vehículos que constan en el Distrito Sanitario de Atención Primaria de Sevilla se lleve a cabo por la persona titular de la Dirección Gerencia del Hospital Universitario Virgen del Rocío, previa delegación de la competencia.
Por lo expuesto, en uso de las facultades atribuidas por el artículo 69 de la Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía, en virtud de las facultades atribuidas por el artículo 12 del Decreto 105/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Familias y del Servicio Andaluz de Salud, de acuerdo con lo previsto en el artículo 101 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, y según lo estipulado en los artículo 8 y 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
RESUELVO
Primero. Delegar en la Dirección Gerencia del Hospital Universitario Virgen del Rocío de Sevilla, la competencia para la enajenación de los siguientes vehículos:
Número de inventario | Matrícula | Marca | Modelo | Centro y lugar de ubicación |
1500002967 | 3603 FWL | Volkswagen | Crafter | Distrito Sanitario AP Sevilla, sito Avda. de Jerez, s/n |
1500002966 | 3611 FWL | Volkswagen | Crafter | Distrito Sanitario AP Sevilla, sito Avda. de Jerez, s/n |
1500002965 | 3618 FWL | Volkswagen | Crafter | Distrito Sanitario AP Sevilla, sito Avda. de Jerez, s/n |
1500002968 | 3596 FWL | Volkswagen | Crafter | Distrito Sanitario AP Sevilla, sito Avda. de Jerez, s/n |
1500002969 | 3588 FWL | Volkswagen | Crafter | Distrito Sanitario AP Sevilla, sito Avda. de Jerez, s/n |
1500002963 | 3653FWL | Volkswagen | Crafter | Distrito Sanitario AP Sevilla, sito Avda. de Jerez, s/n |
1500002964 | 3625 FWL | Volkswagen | Crafter | Distrito Sanitario AP Sevilla, sito Avda. de Jerez, s/n |
Segundo. La presente resolución surtirá efectos desde su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 12 de junio de 2020.- El Director Gerente, Miguel Ángel Guzmán Ruiz.
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