Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 135 de 15/07/2020

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Universidades

Resolución de 6 de julio de 2020, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca proceso selectivo para cubrir una plaza de personal laboral fijo de administración y servicios de la categoría de Técnico Especialista de Laboratorio de la Universidad de Cádiz, mediante turno libre.

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En uso de las atribuciones que me confieren la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y los Estatutos de la Universidad de Cádiz, aprobados por Decreto de la Comunidad Autónoma de Andalucía 281/2003, de 7 de octubre, en ejecución de lo dispuesto en la Oferta de Empleo Público de 2017, de la Universidad de Cádiz (BOJA núms. 228, 229 de 2017) autorizada por la Junta de Andalucía con fecha 20 de febrero de 2018 para la convocatoria de plazas de personal de administración y servicios, y en cumplimiento con el artículo 18 del IV Convenio Colectivo del personal laboral de las Universidades Públicas de Andalucía,

RESUELVO

Convocar proceso selectivo para cubrir una plaza de personal laboral fijo de Administración y Servicios de la categoría de Técnico Especialista de Laboratorio de la Universidad de Cádiz, mediante turno libre, con sujeción a las bases que se acompañan.

Cádiz, 6 de julio de 2020.- El Rector, por delegación de firma (Resolución UCA/R84REC/2019, de 29 de julio, BOUCA del 29), la Gerente, Mariví Martínez Sancho.

BASES DE LA CONVOCATORIA

1. Normas generales.

1.1. Se convoca proceso selectivo para cubrir una plaza de personal laboral fijo de administración y servicios de la categoría de Técnico Especialista de Laboratorio de la Universidad de Cádiz con destino en los Servicios Centrales de Investigación del área de Investigación y Transferencia.

1.2. El presente proceso selectivo se ajustará a lo establecido en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, los Estatutos de la Universidad de Cádiz, aprobados por Decreto de la Comunidad Autónoma de Andalucía 281/2003, de 7 de octubre, el vigente Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía de 23 de febrero de 2004, el Reglamento de selección, contratación y nombramiento del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Cádiz aprobado por Consejo de Gobierno de fecha 18 de diciembre de 2017, la Resolución de 19 de enero de 2017, de la Universidad de Cádiz, por la que se aprueba la publicación de la relación de puestos de trabajo del personal de administración y servicios y las bases de esta convocatoria.

1.3. El proceso selectivo constará de dos fases: fase de concurso y fase de oposición, con las valoraciones, pruebas y puntuaciones especificadas en el Anexo I de esta convocatoria.

1.4. El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el Anexo II de esta convocatoria.

2. Requisitos de los candidatos.

2.1. Para ser admitido a la realización del proceso selectivo, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

2.1.1. Tener nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea. Asimismo, lo anterior será de aplicación al cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, así como a sus descendientes y a los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes. Igualmente se entenderá a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. Los extranjeros residentes en España podrán acceder en igualdad de condiciones que los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea como personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas, de acuerdo con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, así como el de publicidad.

2.1.2. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

2.1.3. Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

2.1.4. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

2.1.5. Estar en posesión del título de BUP, Bachiller Superior, Formación Profesional de Segundo Grado, experiencia Laboral equivalente o categoría profesional reconocida en Convenio Colectivo o haber superado las pruebas de acceso a la Universidad para mayores de 25 años.

Los/as aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación. Este requisito no será de aplicación a quienes hayan obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las profesiones reguladas al amparo de las disposiciones del Derecho Comunitario.

2.2. Todos los requisitos deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

3. Solicitudes.

3.1. Quienes deseen tomar parte en este proceso selectivo podrán presentar su solicitud mediante modelo oficial que se acompaña como Anexo IV de esta convocatoria, que será facilitada gratuitamente en el Rectorado de la Universidad de Cádiz, así como en la página web del área de Personal en la dirección https://personal.uca.es/convocatoria-pas/.

3.2. Los interesados deberán acompañar a la solicitud la siguiente documentación:

a) Copia del DNI, Pasaporte, NIE o documento equivalente para los ciudadanos de la Unión Europea en vigor.

b) Copia de la titulación académica exigida en la convocatoria.

c) Para la valoración de los candidatos de la fase de concurso, éstos deberán adjuntar a la solicitud la relación de méritos alegados, así como la documentación acreditativa de los mismos. Aquellos aspirantes que presten o hayan prestado servicios como personal de la Universidad de Cádiz sólo tendrán que alegar los méritos, no siendo necesario adjuntar la documentación justificativa, excepto que la misma no conste en el expediente del área de personal.

No se admitirá la presentación de méritos una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes.

d) Resguardo acreditativo del abono de los derechos de examen. Los derechos de examen serán de 20 euros, y se ingresarán en la cuenta corriente número ES69-0049-4870-86-2816096467, abierta en el Banco Santander a nombre de «Universidad de Cádiz», indicando «PS TEL TL». En ningún caso la presentación y pago en la entidad bancaria supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.

3.3. Las personas con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33%, quedarán eximidas del pago de los derechos de examen mediante justificación documental de dicha condición. Podrán solicitar, expresándolo en el recuadro correspondiente del modelo de solicitud, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios de la fase de oposición, debiendo presentar fotocopia del Dictamen Técnico Facultativo actualizado emitido por el Órgano Técnico de Valoración que dictaminó el grado de discapacidad.

3.4. Las personas en desempleo quedarán eximidas del pago de los derechos de examen mediante justificación documental (informe de vida laboral actualizado a fecha de periodo de solicitud) de dicha condición.

3.5. La presentación de solicitudes podrá hacerse en el Registro General de la Universidad de Cádiz (Centro Cultural Municipal «Reina Sofía»), Paseo Carlos III, s/n, 11003 Cádiz, así como en las oficinas de los Registros Auxiliares de los Campus de: Cádiz (Edificio Hospital Real), Puerto Real (edificio junto a F. CC. Educación), Jerez de la Frontera (edificio de Servicios Generales) y Algeciras (E. Politécnica Superior, 1.ª planta) de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento UCA/ CG01/2007, de 20 de diciembre de 2006, o en las formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

3.6. También se podrá presentar la solicitud mediante el procedimiento telemático específico establecido por la Universidad de Cádiz, disponible en el apartado «Personal Administración» del Catálogo de Trámites de la Sede Electrónica de la UCA

https://sedelectronica.uca.es/procedimientos/

La presentación electrónica de la solicitud requiere del uso del certificado digital del interesado. Una vez cumplimentado el formulario de solicitud y aportados, en su caso, los documentos requeridos y/o méritos a valorar en la fase de concurso, la solicitud deberá ser firmada electrónicamente. Posteriormente, se deberá pulsar el botón «Presentar», obteniéndose entonces un recibo en el que figurará el código de registro, fecha y hora de presentación. La obtención de dicho recibo será documento justificativo de la presentación de la solicitud por el interesado, por lo que este no podrá entender que ha concluido los trámites de presentación de la solicitud si no ha finalizado los mismos con la obtención del citado recibo.

3.7. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

3.8. Los aspirantes quedan vinculados a los datos y documentación que hayan hecho constar o aportado en sus solicitudes, pudiendo demandar la subsanación de errores, si los hubiera, mediante escrito motivado dentro de los diez días siguientes a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.

3.9. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

4. Admisión de aspirantes.

4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes y en el plazo máximo de un mes, se hará pública, en la página web del área de personal de la Universidad de Cádiz, https://personal.uca.es/convocatoria-pas/, relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos, dándose un plazo de diez días desde el siguiente a dicha publicación para subsanar los defectos que hayan motivado la exclusión u omisión. Quienes dentro del plazo señalado no subsanen la causa de exclusión, o no aleguen la omisión, serán definitivamente excluidos de la participación en el proceso selectivo.

Pasado el plazo de subsanación de errores, se hará pública, del mismo modo arriba señalado, la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos.

4.2. Contra la resolución por la que se excluya definitivamente a algún aspirante, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes, a contar desde el siguiente a su publicación y según lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados desde el siguiente a su publicación, ante el órgano competente y según lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

4.3. Los derechos de examen serán reintegrados, de oficio, a los aspirantes que hayan sido excluidos definitivamente de la realización del proceso selectivo.

5. Tribunal Calificador

5.1. De acuerdo con lo establecido en el Reglamento de Selección, Contratación y Nombramiento del Personal de Administración y Servicio de la Universidad de Cádiz, los miembros del tribunal calificador de la presente convocatoria serán los que figuran en el Anexo III.

5.2. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad de Cádiz, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público o si hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso a tal escala en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

5.3. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal, según lo previsto en el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público.

5.4. Con anterioridad a la iniciación del proceso selectivo, la autoridad convocante publicará en la página web del área de Personal, resolución por la que se nombran a los nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición por alguna de las causas previstas en la base 5.2 y 5.3.

5.5. Previa convocatoria de la persona titular de la Presidencia, se constituirá el Tribunal con asistencia de la totalidad de sus miembros, titulares o suplentes, en su caso, y con una antelación mínima de diez días a la realización del primer ejercicio. En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo del proceso selectivo.

A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar válidamente, requerirá la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros, titulares o suplentes, en su caso.

5.6. Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas y determinará las actuaciones convenientes en los casos no previstos, ajustándose la actuación del Tribunal a lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, y en el Reglamento de Gobierno y Administración de la Universidad de Cádiz aprobado por Acuerdo del Consejo de Gobierno adoptado en su sesión de 3 de marzo de 2005, en los términos correspondientes.

5.7. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La designación de tales asesores corresponderá al Rector de la Universidad de Cádiz.

5.8. El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los aspirantes con discapacidad gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de los demás participantes.

En este sentido se establecerán, para las personas con discapacidad que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.3, las adaptaciones posibles en tiempo y medios para su realización.

5.9. El Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar la confidencialidad del contenido de los ejercicios antes de su realización por todos los opositores y para que los ejercicios de la fase de oposición, que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean corregidos sin que se conozcan la identidad de los aspirantes.

5.10. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, así como de información, el Tribunal tendrá su sede en el Edificio Hospital Real, Plaza de Falla, núm. 8, C.P. 11003, Cádiz, teléfono 956 015 039, y en la siguiente dirección de correo electrónico:

seleccion.pas@uca.es.

5.11. El Tribunal que actúe en este proceso selectivo tendrá la categoría segunda de las recogidas en el artículo 20 y en el Anexo III del Reglamento de la Universidad de Cádiz sobre indemnizaciones por razón de servicio aprobado por Acuerdo del Consejo de Gobierno adoptado en su sesión de 10 de junio de 2005.

6. Desarrollo de los ejercicios.

6. 1 Fase de concurso.

El Tribunal calificador valorará los méritos de la fase de concurso, de acuerdo con el baremo de la convocatoria, que se adjuntan como Anexo I.

6.2. Fase de oposición.

6.2.1. La fase de oposición constará de dos ejercicios, teórico y práctico, basados en el contenido del temario previsto en el Anexo II, con una puntuación máxima de 10 puntos cada ejercicio.

6.2.2. El primer ejercicio de la fase de oposición no se celebrará antes del día 15 de septiembre de 2020. La fecha, hora y lugar de realización del primer ejercicio se hará pública junto con el listado definitivo de admitidos y excluidos.

6.2.3. La fecha, lugar y hora de celebración del segundo ejercicio de la fase de oposición se hará pública en la página web del área de personal

https://personal.uca.es/convocatoria-pas/

con veinticuatro horas, al menos, de antelación al comienzo de este.

6.2.4. Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, su situación quedará condicionada a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hayan quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal y, en todo caso, la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.

6.2.5. En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al Rector de la Universidad de Cádiz, comunicándole, asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.

6.2.6. Contra la resolución de exclusión, que ultima la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el Rector de la Universidad de Cádiz, de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o, bien, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante el órgano competente, conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

7. Calificaciones y lista de aprobados.

7.1. Tras la realización de cada ejercicio, el Tribunal hará público en la página web del área de Personal: https://personal.uca.es/convocatoria-pas/ el acuerdo con la relación provisional de aprobados. Contra este acuerdo se podrá presentar reclamación en el plazo de cinco días hábiles que serán resueltas por el Tribunal mediante acuerdo definitivo. En caso de no presentarse reclamación, el acuerdo provisional devendrá automáticamente en definitivo.

7.2. Una vez finalizada la fase de oposición, el Tribunal hará público el acuerdo con el listado provisional de valoración de la fase de concurso de aquellos aspirantes que hayan superado aquélla pudiendo publicarse simultáneamente a la del resultado del último ejercicio de la fase de oposición. Contra este acuerdo se podrá presentar reclamación en el plazo de cinco días hábiles que serán resueltas por el Tribunal mediante acuerdo definitivo. En caso de no presentarse reclamación, el acuerdo provisional devendrá automáticamente en definitivo.

7.3. Una vez finalizada la valoración del proceso selectivo, el Tribunal hará público el acuerdo por el que se publica el listado de candidatos que han superado el mismo, sin que su número pueda superar el de plaza convocada.

7.4. Contra el acuerdo señalado en el apartado anterior, así como contra los acuerdos definitivos del Tribunal que impidan continuar con el procedimiento, se podrá interponer recurso de alzada ante el Rector en los plazos y formas que establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

8. Bolsa de trabajo.

8.1 Según establece el apartado 1 del artículo 27 del Reglamento de Selección, Contratación y Nombramiento del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Cádiz, como consecuencia de la resolución del presente proceso selectivo, se elaborará una bolsa de trabajo específica de la categoría de Técnico Especialista de Laboratorio con destino en los Servicios Centrales de Investigación.

8.2. Para la formación de la bolsa se tendrá en cuenta los ejercicios superados, así como la puntuación de la fase de concurso.

8.3. La vigencia de la bolsa de trabajo será de cinco años, excepto que durante ese período se creen nuevas bolsas como consecuencia de los distintos procesos selectivos indicados en el apartado 1 del artículo 27 del Reglamento.

9. Protección de datos.

9.1. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, los datos facilitados en la solicitud serán tratados bajo la responsabilidad de la Universidad de Cádiz, con la finalidad de gestionar la tramitación de este procedimiento selectivo,

9.2 Con su participación en esta convocatoria, las personas interesadas autorizan a la Universidad de Cádiz para la publicación de sus datos, de acuerdo con los principios de publicidad y transparencia, cuando así se derive de la naturaleza de esta convocatoria.

10. Norma final.

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la actuación del Tribunal, podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecidos por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Asimismo, la Universidad podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la mencionada ley.

ANEXO I

BAREMO GENERAL PARA LA PROVISIÓN DE PLAZAS VACANTES EN LA PLANTILLA DE PERSONAL LABORAL, MEDIANTE EL SISTEMA DE TURNO LIBRE

El sistema de provisión será el de concurso-oposición.

A) Fase de concurso.

1. Experiencia profesional

a) Se valorará la prestación de servicios en el desempeño de funciones propias del correspondiente puesto de trabajo, según lo establecido en la RPT y dentro del área funcional de la plaza convocada, conforme a los criterios específicos que establezca el Tribunal.

b) A los efectos de esta valoración, sólo se tendrá en cuenta la experiencia acreditada mediante contrato laboral previsto en el Estatuto de los Trabajadores o en el correspondiente Convenio Colectivo o relación funcionarial equivalente, no valorándose otro tipo de vinculación que no sea con dicha relación contractual o funcionarial.

c) El período máximo que se podrá valorar será de 10 años inmediatamente anteriores a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

d) La puntuación máxima de este apartado será de 4,31 puntos.

2. Antigüedad.

a) Por haber prestado servicios en cualquier Administración Pública: 0,377 puntos por año de servicio o fracción superior a seis meses.

b) A los efectos de esta valoración, sólo se tendrá en cuenta la experiencia acreditada mediante contrato laboral previsto en el Estatuto de los Trabajadores o en el correspondiente Convenio Colectivo o relación funcionarial equivalente, no valorándose otro tipo de vinculación que no sea con dicha relación contractual o funcionarial.

c) La puntuación máxima de este apartado será de 3,77 puntos.

3. Formación.

a) Solo se valorarán los cursos de formación organizados por organismo oficial de formación, que estén directamente relacionados con la plaza convocada y hayan sido realizados en los últimos diez años, y con anterioridad a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

b) No se valorarán las instrucciones de servicio.

c) Por haber realizado cursos de formación de menos de 15 horas de duración, en los que se haya expedido certificado de asistencia: 0,162 puntos por curso.

d) Por haber realizado cursos de formación de menos de 15 horas de duración, en los que se haya expedido certificado de aprovechamiento: 0,269 puntos por curso.

e) Por haber realizado cursos de formación de duración igual o superior a 15 horas, en los que se haya expedido certificado de asistencia: 0,323 puntos por curso.

f) Por haber realizado cursos de formación de duración igual o superior a 15 horas, en los que se haya expedido certificado de aprovechamiento: 0,538 puntos por curso.

g) Los cursos de formación cuyo certificado no acredite el número de horas de duración, serán valorados como cursos de formación de menos de quince horas, puntuándose como se señala en el punto c.

h) La posesión de titulación universitaria oficial específica relacionada con la plaza, de igual o superior nivel académico que la titulación exigida para el ingreso en el correspondiente grupo profesional, se valorará a razón de 1,076 puntos.

La puntuación máxima de este apartado será de 2,69 puntos.

Los puntos obtenidos en la fase de concurso, que no podrán superar el límite de 10,77 puntos (35% de la puntuación total del proceso selectivo), únicamente se sumarán a los obtenidos en la fase de oposición a aquellos aspirantes que superen esta última.

B) Fase de oposición.

Primer ejercicio: Tendrá carácter teórico. Consistirá en contestar un cuestionario tipo test con respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas la correcta, basado en el programa contenido en estas bases. La puntuación máxima a alcanzar en este ejercicio será de 10 puntos. Las respuestas erróneas puntuarán negativamente de acuerdo con la siguiente fórmula de corrección: Aciertos – [errores/ (número de alternativas) – 1].

Segundo ejercicio: tendrá carácter práctico. Consistirá en la resolución de uno o varios supuestos prácticos relacionados con las funciones de la categoría y programa de las bases, a realizar por escrito y/o mediante el uso de las herramientas, máquinas, tecnología y técnicas relacionadas con las funciones del puesto de trabajo y el programa contenido en estas bases. La puntuación máxima a alcanzar en este ejercicio será de 10 puntos.

Para aprobar la fase de oposición, que tendrá carácter eliminatorio, será necesario obtener como mínimo 10 puntos en la fase de oposición y, al menos, cinco puntos en cada uno de los ejercicios realizados.

ANEXO II

PROGRAMA

BLOQUE GENERAL

1. La Ley Orgánica de Universidades: funciones y autonomía de las Universidades; naturaleza, creación, reconocimiento y régimen jurídico; estructura; órganos de gobierno y representación.

2. Estatuto de la Universidad de Cádiz. Naturaleza, funciones, principios y fines de la Universidad de Cádiz. La Administración Universitaria y los Servicios. Estructura. Órganos de Gobierno, Participación Social y Representación.

3. El cuarto convenio colectivo del personal laboral de las universidades públicas de Andalucía: normas de organización del trabajo: principios generales y clasificación profesional; la regulación en el convenio de la prevención de riesgos laborales.

4. El segundo Plan Estratégico de la Universidad de Cádiz: misión, visión y valores; diagnóstico; ámbito y objetivos estratégicos. Código ético de la Universidad de Cádiz.

BLOQUE ESPECÍFICO

1. Principios básicos de la espectroscopia fotoelectrónica de rayos X (XPS). Efecto fotoeléctrico. Escalas de Energía de Ligadura y Energía Cinética. Picos de fotoemisión y picos Auger.

2. Descripción general del espectrofotómetro Kratos Axis UltraDLD. Sistema de vacío y equipo de bombeo. Sistema de gases. Fuente de iones Ar+. Cañón de electrones de emisión de campo. Sistema de manipulación de muestras. Sistema de neutralización de cargas.

3. Fuentes de rayos X y monocromador. Tipos de ánodos. Selección de la fuente de rayos X más adecuada. Ventajas e inconvenientes del doble ánodo. Ventajas e inconvenientes del monocromador.

4. Analizador hemiesférico de electrones (HSA, Hemispherical Analyzer) y detector DLD (Delay Line Detector). Modos de operación de analizadores hemiesféricos: modo CAE (Constant Analyzer Energy) y modo CRR (Constant Retard Ratio). Modo espectroscopía y modo snapshot.

5. Analizador de espejo esférico (SMA, Spherical Mirror Analyzer). Adquisición de imagen paralela XPS. Magnificación de la imagen XPS, los FoV (Field of View).

6. Muestras a analizar. Requerimientos para realizar el análisis. Preparación y tips de montaje de muestras. Muestras sólidas. Muestras en polvo. Otros formatos (suspensiones, pastas, etc.). Muestras magnéticas.

7. Software específico de laboratorio de adquisición y procesamiento de datos en XPS: Vision Software ver. 2.2.8 de Kratos. Módulo Vision Instrument Manager (VIM): programación de secuencias (procedure) para la adquisición de datos diferida, módulo de control manual del instrumento, pantalla de adquisición en tiempo real. Módulo Vision Processing (VP): representación de espectros, conversión de datos, procesado de espectros.

8. Neutralización de cargas en el espectrofotómetro Kratos Axis UltraDLD. Sistema coaxial de neutralización de cargas. Procedimientos para la correcta compensación de los efectos de carga en muestras aislantes. Fenómenos de carga diferencial.

9. Registro de espectros XPS. Elección de las condiciones experimentales. Elección de parámetros: rango de energía, energía de paso, tamaño de paso, tiempo de adquisición.

10. Medidas de «Angle Resolved XPS», ARXPS. Ajuste de la posición de análisis, rotación de la muestra, definición de los parámetros de análisis.

11. Decapado iónico y análisis en profundidad mediante XPS. Limpieza de muestras con bombardeo iónico. Estudios de perfiles de profundidad utilizando bombardeo iónico.

12. Espectroscopía de Dispersión de Iones (ISS, Ion Scattering Spectroscopy). Asesoramiento en la elección del ion más adecuado. Adquisición de espectros. Preparación de las superficies. Análisis cualitativo.

13. Principios básicos de la espectroscopía Auger. Adquisición de espectros. Preparación de las superficies. Análisis cualitativo. Obtención de imágenes SEM.

14. Asesoramiento en el diseño experimental y elección de la técnica adecuada.

15. Operaciones básicas de mantenimiento preventivo. Calibración instrumental. Rutinas de chequeo. Sistema de vacío y horneado del equipo. Fuentes de rayos X dual y monocromática: comprobación y reemplazo de filamento y ánodo, ajuste del monocromador.

16. Normas de seguridad de uso del espectrofotómetro de XPS.

ANEXO III

TRIBUNAL CALIFICADOR

TITULARES

Presidente: Don Alberto Tejero Navarro, funcionario de carrera de la escala de Administradores Superiores, especialidad Gestión Financiera, de la Junta de Andalucía.

Vocales:

- Doña Ginesa Blanco Montilla, funcionaria docente del cuerpo de Catedrático de Universidad, Departamento de Ciencia de los Materiales e Ingeniería Metalúrgica y Química Inorgánica de la Universidad de Cádiz.

- Don José Mª Pintado Caña, funcionario docente del cuerpo de Catedrático de Universidad, Departamento de Ciencia de los Materiales e Ingeniería Metalúrgica y Química Inorgánica de la Universidad de Cádiz.

- Doña Rocío Litrán Ramos, Profesora Titular Universidad, Departamento de Física de la Materia Condensada de la Universidad de Cádiz.

- Don Manuel Domínguez de la Vega, Profesor Titular de Universidad, Departamento de Física de la Materia Condensada de la Universidad de Cádiz.

Secretaria: Doña Patricia Revuelta Montesinos, funcionaria de carrera de la escala de Gestión de la Universidad de Cádiz.

SUPLENTES

Presidente: Doña Milagrosa Sanlés Pérez, funcionaria de carrera de la escala Técnica de Gestión de la Universidad de Cádiz.

Vocales:

- Don Miguel Ángel Cauqui López, funcionario docente del cuerpo de Catedrático de Universidad, Departamento de Ciencia de los Materiales e Ingeniería Metalúrgica y Química Inorgánica de la Universidad de Cádiz.

- Doña Ana Belén Hungría Hernández, Profesora Titular de Universidad, Departamento de Ciencia de los Materiales e Ingeniería Metalúrgica y Química Inorgánica de la Universidad de Cádiz.

- Doña Milagrosa Ramírez del Solar, funcionaria docente del cuerpo de Catedrático de Universidad, Departamento de Física de la Materia Condensada de la Universidad de Cádiz.

- Don Juan María González Leal, funcionario docente del cuerpo de Catedrático de Universidad, Departamento de Física de la Materia Condensada de la Universidad de Cádiz.

Secretario: Don José Miguel Barrera Tenorio, funcionario de carrera de la escala Técnica de Gestión de la Universidad de Cádiz.

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