Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 137 de 17/07/2020

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior

Resolución de 10 de julio de 2020, de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que se convoca proceso selectivo de acceso libre para ingreso en el Cuerpo Superior Facultativo, opción Letrados de Administración Sanitaria de la Junta de Andalucía.

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En cumplimiento de lo previsto en el Decreto 179/2017, de 7 de noviembre, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público correspondiente al año 2017, el Decreto 186/2018, de 2 de octubre, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público correspondiente al año 2018, cuyo artículo 2, apartado 3 dispone que las plazas de personal funcionario tanto de acceso libre como de promoción interna, se podrán convocar conjuntamente con las plazas correspondientes a la Oferta de Empleo Público para el año 2017, y conforme a lo dispuesto en el Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso, Promoción Interna, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, el Decreto 257/2005, de 29 de noviembre, de asistencia jurídica al Servicio Andaluz de Salud, y el Decreto 99/2019, de 12 de febrero, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior, esta Secretaría General para la Administración Pública, en ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 5.3.s) del citado decreto, acuerda convocar proceso selectivo de acceso libre para ingreso en el Cuerpo Superior Facultativo, opción Letrados de Administración Sanitaria de la Junta de Andalucía (A1.2020), de conformidad con las siguientes

BASES DE LA CONVOCATORIA

Primera. Normas generales.

1. Se convoca proceso selectivo de acceso libre para cubrir 14 plazas en el Cuerpo Superior Facultativo, opción Letrados de Administración Sanitaria de la Junta de Andalucía (A1.2020).

2. Del total de plazas convocadas una plaza se reservará para ser cubierta por personas cuya discapacidad sea de grado igual o superior al 33%. En caso de que esta plaza no resultara cubierta por el cupo de personas con discapacidad se acumulará a posteriores ofertas hasta un límite del 10% de las plazas no cubiertas.

3. Al proceso selectivo le resultará de aplicación la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la Promoción de la Igualdad de Género en Andalucía, la Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y la Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía, el Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso, Promoción Interna, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios de la Administración de la Junta de Andalucía, el Decreto 257/2005, de 29 de noviembre, de asistencia jurídica al Servicio Andaluz de Salud, el Decreto 93/2006, de 9 de mayo, que regula el Ingreso, la Promoción Interna y la Provisión de puestos de trabajo de personas con discapacidad en la Función Pública de la Administración General de la Junta de Andalucía, el Decreto 277/2009, de 16 de junio, por el que se aprueban los estatutos del Instituto Andaluz de Administración Pública, el Decreto 179/2017, de 7 de noviembre, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público correspondiente al año 2017, el Decreto 186/2018, de 2 de octubre, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público correspondiente al año 2018, y las bases de la presente convocatoria.

4. La información relativa al proceso selectivo que deba notificarse a las personas que participen en el procedimiento o a las interesadas en el mismo, se expondrá al público en la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior, en las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía en las distintas provincias, en la Subdelegación del Gobierno en el Campo de Gibraltar y en el Instituto Andaluz de Administración Pública, así como en su página web (www.juntadeandalucia.es/institutodeadministracionpublica).

5. El contenido de los ejercicios de la oposición versará sobre el programa de materias aprobado por resolución de la Secretaría General para la Administración Pública de 9 de mayo de 2018 (BOJA núm. 92, de 15 de mayo), y que consta en el Anexo II.

Segunda. Requisitos de las personas aspirantes.

1. Las personas interesadas en participar en el proceso selectivo de acceso libre para acceder al Cuerpo Superior Facultativo, opción Letrados de Administración Sanitaria de la Junta de Andalucía (A1.2020), deberán reunir los siguientes requisitos:

1.1. Poseer la nacionalidad española, según lo establecido en el Anexo del Decreto 299/2002, de 10 de diciembre, que regula el acceso al empleo público de la Administración de la Junta de Andalucía de los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea.

1.2. Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación.

1.3. Estar en posesión de la titulación de licenciado o graduado en Derecho. Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación.

1.4. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales del Cuerpo Superior Facultativo, opción Letrados de Administración Sanitaria de la Junta de Andalucía (A1.2020).

1.5. No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario y no poseer la condición de personal funcionario de carrera del cuerpo y opción convocado.

2. Estos requisitos estarán referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, y deberán mantenerse hasta el nombramiento como personal funcionario de carrera.

3. Para la admisión en las pruebas selectivas bastará con que quienes soliciten su participación declaren en su solicitud que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos, que se acreditarán en el momento y con la documentación relacionada en el apartado 4 de la base octava, y la constancia de haber abonado la correspondiente tasa conforme a lo establecido en el apartado 4 de la base cuarta de esta convocatoria.

Tercera. Participación por el cupo de plazas reservadas a personas con discapacidad.

1. Para participar en el cupo de plazas reservadas a personas con una discapacidad igual o superior al 33%, será necesario:

1.1. Indicarlo expresamente en el apartado correspondiente de la solicitud. Si no hacen constar este dato se entenderá que optan por el turno general.

1.2. Tener oficialmente reconocida dicha discapacidad con efectos anteriores a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

1.3. Adjuntar a la solicitud copia de la documentación acreditativa de su condición de persona con discapacidad emitida por órgano competente de la Junta de Andalucía o de otras Administraciones Públicas.

En los casos en que el reconocimiento de la condición de persona con una discapacidad igual o superior al 33% corresponda al órgano competente de la Junta de Andalucía, la concurrencia de este requisito será comprobada por el Instituto Andaluz de Administración Pública mediante consulta telemática en la fase de admisión de solicitudes, previa autorización de la persona interesada en la correspondiente solicitud de participación.

2. Las personas que como consecuencia de su discapacidad presenten especiales dificultades para la realización de las pruebas selectivas, podrán solicitar las necesarias adaptaciones para la realización de los ejercicios de la oposición, manifestándolo en el apartado «Solicitud de adaptación» de su solicitud.

3. En el supuesto de que alguna de las personas con discapacidad que se haya presentado por el cupo de discapacidad superase los ejercicios correspondientes pero no obtuviera plaza en dicho cupo, y su puntuación fuera superior a la obtenida por otras personas aspirantes del turno general, será incluida por su orden de puntuación en el turno general siempre y cuando haya obtenido en el proceso selectivo una puntuación igual o superior a la establecida para el turno general.

Cuarta. Solicitudes, tasa y plazo de presentación.

1. Las personas interesadas en participar deberán hacerlo constar en la correspondiente solicitud, que se ajustará al modelo oficial referido en el Anexo III de la presente resolución.

2. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, e irán dirigidas a la persona titular de la Dirección del Instituto Andaluz de Administración Pública.

3. Quienes deseen participar harán constar en su solicitud el turno por el que concurren, general o cupo de discapacidad e identificarán en su solicitud de forma inequívoca esta convocatoria, consignando, entre otros extremos, el código correspondiente al Cuerpo Superior Facultativo, opción Letrados de Administración Sanitaria de la Junta de Andalucía (A1.2020).

En el caso de que la persona participante que solicite expresamente participar por el cupo de plazas reservadas a personas con discapacidad general no cumpla con los requisitos previstos en el primer apartado de la base anterior, pasará a participar por el turno general. Deberá en este caso, satisfacer el importe de la tasa en el plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de publicación de la resolución provisional en la que aparezca como excluida.

4. De conformidad con lo dispuesto en la Sección 1.ª del Capítulo I de la Ley 9/1996, de 26 de diciembre, por la que se aprueban Medidas Fiscales en materia de Hacienda Pública, Contratación Administrativa, Patrimonio, Función Pública y Asistencia Jurídica a Entidades de Derecho Público, quienes deseen participar deberán hacer efectiva la tasa 44,66 euros de inscripción, cuyo hecho imponible lo constituye la presentación de la solicitud para participar en la convocatoria. El plazo de abono de la citada tasa coincide con el plazo de presentación de la solicitud, es decir, veinte días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

En virtud de lo establecido en el artículo 14 de la Ley 55/1999, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, no tendrán que hacer efectiva la tasa de inscripción quienes justifiquen su condición de persona con discapacidad en un grado igual o superior al 33%, mediante copia de la documentación que acredite su condición de persona con discapacidad emitido por el órgano competente de la Junta de Andalucía o de otras Administraciones Públicas, que entregarán con su solicitud de participación.

En los casos en que el reconocimiento de la condición de persona con discapacidad corresponda al órgano competente de la Junta de Andalucía, la concurrencia de este requisito será comprobada por el Instituto Andaluz de Administración Pública, mediante consulta telemática en la fase de admisión de solicitudes, previa autorización de la persona interesada en la correspondiente solicitud de participación.

Igualmente según el artículo 6 de la Ley 9/1996, de 26 de diciembre, por la que se aprueban Medidas Fiscales en materia de Hacienda Pública, Contratación Administrativa, Patrimonio, Función Pública y Asistencia Jurídica a Entidades de Derecho Público, en modificación operada por Ley 6/2019, de 19 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2020, quedarán exentos del pago de la misma aquellas personas solicitantes que acrediten ser miembros de familias numerosas de la categoría especial y general que tengan reconocida tal condición. A tal fin las personas interesadas deberán incorporar documentación acreditativa emitida por el órgano competente de la Junta de Andalucía u órganos similares de otras Administraciones Públicas.

En los casos en que el reconocimiento de la condición de persona miembro de familia numerosa corresponda al órgano competente de la Junta de Andalucía, la concurrencia de este requisito será comprobada por el Instituto Andaluz de Administración Pública, mediante consulta telemática en la fase de admisión de solicitudes, previa autorización de la persona interesada en la correspondiente solicitud de participación.

En ningún caso, la mera presentación de la acreditación del pago de la tasa supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación de acuerdo con lo dispuesto en la convocatoria.

La falta de justificación del abono de los derechos de examen o de encontrarse exento del mismo determinará la exclusión de la persona aspirante.

Procederá, previa solicitud de la persona interesada, la devolución de la tasa que se hubiese satisfecho cuando no se realice su hecho imponible (presentación de la solicitud) o se constate abono de mayor cuantía a la exigida en la presente base. La exclusión definitiva del proceso selectivo o la no presentación a la realización de alguno de los ejercicios en que consiste la oposición, no dará lugar a la devolución de los derechos de examen.

5. Quienes deseen formar parte de la bolsa de selección de personal interino prevista en el artículo 28 del Reglamento General de Ingreso, Promoción Interna, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, deberán consignarlo en el apartado correspondiente de la solicitud, debiendo indicar la provincia o provincias en las que, en su caso, quieran prestar servicios como personal funcionario interino. A falta de tal indicación se entenderá que la provincia seleccionada es la que corresponde según el domicilio que señale en la solicitud, siempre que la persona solicitante lo tenga en alguna provincia andaluza. Si tuviera el domicilio fuera de Andalucía y no seleccionase ninguna provincia, se entenderá que opta por todas las provincias.

6. La presentación de las solicitudes se realizará preferentemente de manera telemática.

6.1. Presentación telemática:

6.1.1. La presentación electrónica se realizará ante el Registro Electrónico Único de la Administración de la Junta de Andalucía. Quienes deseen participar en el procedimiento selectivo cumplimentarán la solicitud desde el apartado «solicitud de presentación telemática», al que se podrá acceder desde la página web del Instituto Andaluz de Administración Pública (www.juntadeandalucia.es/institutodeadministracionpublica). En la citada página figurará el procedimiento detallado para la presentación de la solicitud telemática así como las respuestas a las preguntas más frecuentes formuladas sobre la tramitación.

6.1.2. De acuerdo con la Ley 18/2003, de 29 de diciembre, por la que se aprueban Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad Autónoma Andaluza, todas aquellas personas que tramiten el pago de su tasa telemáticamente (telepago), obtendrán una bonificación del 10% sobre la cuota a ingresar con un límite mínimo de bonificación de 3 euros sobre el importe de la tasa a ingresar.

El pago telemático de la tasa indicada en el apartado 4 de la presente base se podrá realizar conjuntamente con la presentación telemática de la solicitud (en cuyo caso se detraen automáticamente del importe a pagar la bonificación del 10% sobre la cuota a ingresar con un límite mínimo de bonificación de 3 euros).

También se podrá realizar el abono de la tasa mediante el enlace «Pago de tasas (Modelo 046)» a través de la página web del Instituto Andaluz de Administración Pública (www.juntadeandalucia.es/institutodeadministracionpublica). En el formulario se consignarán, entre otros, los siguientes datos: Código Territorial «IA0000» (correspondiente a Servicios Centrales IAAP, código del órgano territorial Instituto Andaluz de Administración Pública, código de provincia SS.CC., código de centro ); Concepto de pago 0005IAAP, Inscripción en convocatoria de la Admón. de la C.A. de Andalucía para selección de personal); así como el total a ingresar (si se optara por realizar el telepago mediante la opción «Pago Telemático» deberá, en este caso, reducir del importe a pagar la bonificación del 10% sobre la cuota a ingresar con un límite mínimo de bonificación de 3 euros). Una vez cumplimentado el formulario se podrá seleccionar la opción «Pago Telemático». En caso de no optar por el telepago, se podrá generar el impreso a través de la opción «Imprimir» debiendo abonarse en cualquier sucursal de las entidades financieras reconocidas como colaboradoras de la Junta de Andalucía. Una vez efectuado el pago, en el impreso modelo 046 deberá constar la validación mecánica de la entidad financiera donde se efectúe el ingreso, la sucursal, el importe y la fecha del mismo.

En el espacio reservado a este fin en el modelo de solicitud referido en el Anexo III, deberá consignarse el código numérico identificativo del impreso 046 de autoliquidación de la tasa que se recoge en la parte inferior del código de barras de cada ejemplar.

La falta de acreditación del pago en plazo de la tasa determinará la exclusión de la persona solicitante.

6.1.3. La solicitud presentada conforme a lo establecido en el subapartado 6.1.1 no podrá ser modificada en ningún caso, sin perjuicio de que pueda presentarse una nueva solicitud que sustituirá a la anterior, generándose automáticamente un justificante de la recepción de los documentos electrónicos presentados por las personas solicitantes, en el que se dejará constancia del asiento de entrada que se asigna al documento, así como fecha y hora que acredite el momento exacto de presentación y su no rechazo.

6.2. Presentación personal de la solicitud generada electrónicamente:

No deberá presentarse en ningún caso la solicitud cumplimentada manualmente, siendo exclusivamente válida la generada a través del medio indicado a continuación en el subapartado siguiente. La no cumplimentación de la solicitud de conformidad con lo indicado anteriormente será motivo de exclusión.

6.2.1. Quienes deseen participar en el procedimiento selectivo mediante presentación personal cumplimentarán el formulario accesible desde el apartado «solicitud de presentación personal», al que se podrá acceder desde la página web del Instituto Andaluz de Administración Pública (www.juntadeandalucia.es/institutodeadministracionpublica). En la citada página figurará el procedimiento detallado para la cumplimentación electrónica de la solicitud y posterior impresión.

La solicitud generada deberá imprimirse y presentarse firmada ante cualquier registro de los establecidos en el apartado 6.2.4, acompañada de lo previsto en el apartado 6.2.3.

6.2.2. De acuerdo con la Ley 18/2003, de 29 de diciembre, por la que se aprueban Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad Autónoma Andaluza, todas aquellas personas que tramiten el pago de su tasa telemáticamente (telepago), obtendrán una bonificación del 10% sobre la cuota a ingresar con un límite mínimo de bonificación de 3 euros sobre el importe de la tasa a ingresar.

Para el abono de la tasa indicada en el apartado 4 de la presente base se deberá acceder al enlace «Pago de tasas (Modelo 046)» a través de la página web del Instituto Andaluz de Administración Pública (www.juntadeandalucia.es/institutodeadministracionpublica). En el formulario se consignarán, entre otros, los siguientes datos: Código Territorial «IA0000» (correspondiente a «Servicios Centrales IAAP», código del órgano territorial «Instituto Andaluz de Administración Pública», código de provincia «SS.CC.», código de centro «Servicios Centrales IAAP»); Concepto de pago «0005» (correspondiente a «IAAP, Inscripción en convocatoria de la Admón. de la C.A. de Andalucía para selección de personal»); así como el total a ingresar (si se optara por realizar el telepago mediante la opción «Pago Telemático» deberá, en este caso, reducir del importe a pagar la bonificación del 10% sobre la cuota a ingresar con un límite mínimo de bonificación de 3 euros). Una vez cumplimentado el formulario se podrá seleccionar la opción «Pago Telemático». En caso de no optar por el telepago, se podrá generar el impreso a través de la opción «Imprimir» debiendo abonarse en cualquier sucursal de las entidades financieras reconocidas como colaboradoras de la Junta de Andalucía. Una vez efectuado el pago, en el impreso modelo 046 deberá constar la validación mecánica de la entidad financiera donde se efectúe el ingreso, la sucursal, el importe y la fecha del mismo.

En el espacio reservado a este fin en el modelo de solicitud referido en el Anexo III, deberá consignarse el código numérico identificativo del impreso 046 de autoliquidación de la tasa que se recoge en la parte inferior del código de barras de cada ejemplar.

La falta de acreditación del pago en plazo de la tasa determinará la exclusión de la persona solicitante.

6.2.3. Cada solicitud presentada de forma presencial debe ir acompañada por:

- El «Ejemplar para la Administración» del modelo 046 de autoliquidación de la tasa, o

- La copia del certificado oficial de la discapacidad alegada en el supuesto previsto en el apartado 1.3 de la base tercera, o

- La copia del certificado oficial de la condición de miembro de familia numerosa alegada en el supuesto previsto en el apartado 4 de la base cuarta.

En los casos en que el reconocimiento de la condición de persona con discapacidad corresponda al órgano competente de la Junta de Andalucía, la concurrencia de este requisito será comprobada por el Instituto Andaluz de Administración Pública, mediante consulta telemática en la fase de admisión de solicitudes, previa autorización de la persona interesada en la correspondiente solicitud de participación.

En los casos en que el reconocimiento de la condición de persona miembro de familia numerosa corresponda al órgano competente de la Junta de Andalucía, la concurrencia de este requisito será comprobada por el Instituto Andaluz de Administración Pública, mediante consulta telemática en la fase de admisión de solicitudes, previa autorización de la persona interesada en la correspondiente solicitud de participación.

6.2.4. Las solicitudes se presentarán en los registros del Instituto Andaluz de Administración Pública, de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior, de las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía en las diferentes provincias y de la Subdelegación del Gobierno en el Campo de Gibraltar, o en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las solicitudes que se presenten a través de las Oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el personal funcionario de Correos, antes de ser certificadas.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse, en el plazo expresado anteriormente, a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes, que las remitirán seguidamente al Instituto Andaluz de Administración Pública.

7. Para determinados trámites que hubieran de llevarse a cabo tras el periodo de entrega de solicitudes ante la Administración convocante de este proceso selectivo, será necesario probar documentalmente la presentación de su solicitud, por los siguientes medios:

- Para la presentación telemática: con el justificante de la recepción que genera el sistema tras la presentación.

- Para la presentación presencial: con el original o fotocopia compulsada de la solicitud presentada en la que conste la fecha y el lugar de presentación de la misma.

Quinta. Admisión de aspirantes.

1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la persona titular de la Dirección del Instituto Andaluz de Administración Pública, por delegación, dictará resolución declarando aprobadas las listas provisionales de personas admitidas y excluidas, así como las causas de exclusión, en su caso. La resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y las listas certificadas se expondrán en los lugares establecidos en la base primera, apartado 4.

2. Con objeto de subsanar las causas que hayan motivado su exclusión u omisión de las citadas listas, las personas aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de publicación de la resolución anteriormente aludida, para que aleguen y presenten la documentación que a su derecho convenga.

La presentación de las alegaciones podrá realizarse de manera telemática a través de la página web del Instituto Andaluz de Administración Pública

www.juntadeandalucia.es/institutodeadministracionpublica).

Aquellas alegaciones no realizadas de manera telemática se remitirán, una vez presentadas en cualquiera de los registros a los que se hace referencia en el subapartado 6.2.4 de la base cuarta, a la dirección de correo electrónico seleccion.iaap@juntadeandalucia.es, indicando en el asunto el cuerpo y opción al que se refiere.

Quienes dentro del plazo señalado no subsanen la causa de exclusión o no aleguen la omisión, serán definitivamente excluidos/as de la participación en el proceso selectivo.

3. Transcurrido el plazo establecido en el apartado anterior, la persona titular de la Dirección del Instituto Andaluz de Administración Pública, por delegación, dictará resolución que se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, declarando aprobadas las listas definitivas de personas admitidas y excluidas, que se expondrán en los lugares establecidos en la base primera, apartado 4. Asimismo, en dicha resolución se hará constar el lugar, fecha y hora de realización del primer ejercicio de la oposición.

En las listas definitivas se decidirá acerca de las alegaciones planteadas por las personas interesadas en el procedimiento sobre su exclusión u omisión en las listas provisionales, y su publicación servirá de notificación a quienes hayan hecho alegaciones.

4. La resolución por la que se declaran aprobadas las listas definitivas de personas admitidas y excluidas agotará la vía administrativa. Contra la citada resolución cabrá interponer recurso potestativo de reposición ante la persona titular de la Dirección del Instituto Andaluz de Administración Pública, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a su publicación, ante la Sala correspondiente de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. En el caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta.

Sexta. Comisión de selección.

1. La comisión de selección del proceso selectivo figura en el Anexo I que acompaña a la presente resolución. Estarán compuestas por cinco miembros, funcionarios de carrera, debiendo designarse el mismo número de miembros suplentes, pudiendo actuar indistintamente cualquiera de ellos.

Corresponde a la comisión de selección el desarrollo y la calificación del proceso selectivo, así como la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en la realización de los ejercicios, debiendo adoptar al respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes.

Asimismo corresponderá a la comisión de selección adoptar las medidas oportunas que permitan a las personas aspirantes con discapacidad que así lo hubieren indicado en la solicitud, participar en igualdad de condiciones que el resto de personas participantes.

2. La pertenencia a la comisión de selección será a título individual, sin que pueda ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie. No podrán formar parte de la comisión de selección aquellas personas que hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria. Tampoco podrán formar parte el personal de elección o designación política, el personal funcionario interino y el personal eventual.

Las personas que formen parte de una comisión de selección deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la persona titular de la Dirección del Instituto Andaluz de Administración Pública, cuando concurran en ellas alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. La persona que ejerza la presidencia de la comisión de selección deberá exigir a quienes compongan la misma declaración expresa de no hallarse incursos/as en las mencionadas circunstancias.

Asimismo, cualquier persona que participe en el proceso selectivo podrá recusar a los miembros de la comisión de selección cuando concurran las circunstancias previstas en el párrafo anterior.

3. Por resolución de la persona titular de la Dirección del Instituto Andaluz de Administración Pública, se podrá nombrar personal funcionario que colabore temporalmente en el desarrollo del proceso de selección, con las competencias de ejecución material y ordenación administrativa de los ejercicios que le atribuya la comisión de selección. Este personal estará adscrito a dicha comisión de selección y ejercerá sus funciones de conformidad con las instrucciones que ésta le curse al efecto.

4. Las personas que formen parte de la comisión de selección son personalmente responsables del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria y de los plazos establecidos legalmente.

5. Para la válida constitución de la comisión de selección a efectos de la celebración de sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá la presencia de quienes ostenten la presidencia y la secretaría o, en su caso, de quienes les sustituyan, sumando los asistentes la mitad, al menos, de sus miembros.

6. A efectos de comunicaciones y posibles incidencias, la comisión de selección tendrá su sede en los servicios centrales del Servicio Andaluz de Salud de la Junta de Andalucía, sito en Avda. de la Constitución, 18, 41001, Sevilla.

7. La comisión de selección podrá requerir en cualquier momento a las personas aspirantes para que acrediten su personalidad.

8. Si en el transcurso del procedimiento selectivo llegara a conocimiento del Instituto Andaluz de Administración Pública que cualquier persona aspirante no cumple con los requisitos establecidos en la presente convocatoria, la Dirección del Instituto Andaluz de Administración Pública, previa audiencia de la persona interesada, resolverá de forma motivada lo que proceda.

En el supuesto de que llegara a conocimiento de la comisión de selección la circunstancia indicada en el párrafo anterior, lo pondrá en conocimiento de la Dirección del Instituto Andaluz de Administración Pública, a los efectos indicados.

9. La comisión de selección no podrá declarar que han superado el proceso selectivo un número superior de aspirantes al de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobación que contravenga esta base será nula de pleno derecho, salvo lo dispuesto en el artículo 61.8 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

10. De acuerdo con lo establecido en el Decreto 157/2007, de 29 de mayo, que modifica el Decreto 54/1989, de 21 de marzo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, la comisión de selección del presente proceso selectivo queda clasificada en la categoría E.

11. La comisión de selección resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas bases, así como lo que proceda en los casos no previstos.

12. La comisión de selección se ajustará en su actuación a lo establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre y en la Ley 9/2007, de 22 de octubre.

Séptima. Sistema selectivo, desarrollo y calificación de las pruebas.

1. De conformidad con lo previsto en el artículo 61, apartados 2 y 6, del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en relación con el artículo 6 del Decreto 257/2005, de 29 de noviembre, de asistencia jurídica al Servicio Andaluz de Salud, el sistema selectivo de las personas aspirantes será el de oposición libre.

2. El proceso selectivo constará de cuatro ejercicios, que tendrán carácter eliminatorio. La calificación final del proceso selectivo no podrá superar los 120 puntos y vendrá determinada por la suma de la puntuación obtenida en los cuatro ejercicios de que consta la oposición.

En caso de empate en la puntuación final, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el cuarto ejercicio. En caso de persistir la igualdad, en el tercero, segundo y primer ejercicio, por este orden. De continuar el empate, se resolverá de acuerdo con el orden alfabético que consta en el Anexo IV.

2.1. Primer ejercicio.

2.1.1. Tendrá carácter eliminatorio y consistirá en contestar por escrito un cuestionario propuesto por la comisión de selección de 105 preguntas tipo test, con cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta, las 100 primeras ordinarias y evaluables y las 5 últimas de reserva, adecuado a las funciones propias del cuerpo y opción convocado.

Las preguntas versarán sobre el contenido del temario al que hace referencia la base primera, apartado 5 y que consta en el Anexo II.

El tiempo concedido para la realización del ejercicio será de 120 minutos.

2.1.2. Cada acierto se valorará con 0,30 puntos y cada contestación errónea se penalizará con un tercio del valor de una respuesta acertada.

Para cada aspirante, la puntuación de su ejercicio será la correspondiente de aplicar la siguiente fórmula:

Puntuación = V*[A-(E/3)], dónde V es el valor de cada acierto, A es el número de preguntas acertadas evaluables y E el número de preguntas erróneas evaluables.

Este ejercicio se valorará con una puntuación de 0 a 30.

2.1.3. Celebrado el examen, si la comisión de selección debiera anular una o varias preguntas ordinarias, establecerá en el mismo Acuerdo la sustitución, a efectos de su evaluación, de las anuladas por otras tantas de reserva, por su orden.

2.1.4. La puntuación necesaria para superar el ejercicio será 15 puntos.

2.1.5. Tras la realización del ejercicio, la comisión de selección hará pública en la página web del Instituto Andaluz de Administración Pública

www.juntadeandalucia.es/institutodeadministracionpublica

la plantilla de respuestas correctas que servirá para su corrección. Dicha plantilla tendrá carácter provisional. Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación de la plantilla provisional, para formular alegaciones a la misma. La resolución de las alegaciones que sean tenidas en cuenta por parte de la comisión de selección se hará pública con la lista de personas aprobadas del ejercicio, considerándose desestimadas todas aquellas alegaciones que no se mencionen en la citada publicación.

Una vez aprobada la plantilla definitiva, si ésta no alcanzara el número total de preguntas evaluables establecidas en el párrafo primero del subapartado 2.1.1 de esta base, y a fin de garantizar que las personas aspirantes puedan obtener la máxima puntuación en el ejercicio, la comisión de selección correspondiente adaptará la valoración de cada acierto prevista en los párrafos precedentes de este apartado.

Tras ser acordada la plantilla definitiva y corregido el ejercicio, la comisión de selección hará pública en los mismos lugares previstos en el apartado 4 de la base primera, la lista de personas aprobadas en el mismo, ordenada alfabéticamente.

Ni la plantilla provisional ni la que resulte de la estimación de las alegaciones son recurribles de forma independiente a la publicación de las listas de personas aprobadas.

El primer ejercicio será corregido sin que se conozca la identidad de las personas aspirantes, quedando automáticamente anulados todos aquellos impresos de examen en los que consten marcas o signos de identificación.

2.2. Segundo ejercicio.

Tendrá carácter eliminatorio y consistirá en la exposición por escrito de un tema general relacionado con las materias que integran el programa, y a elegir de entre tres propuestos por la comisión de selección. El ejercicio será leído ante la misma en sesión publica, pudiendo ésta dirigirse a la persona aspirante al final del mismo para aclarar cuestiones relacionadas con la exposición, valorándose los conocimientos, ortografía, la claridad, el orden de las ideas, la comprensión y capacidad de relación, así como la calidad de expresión escrita.

El tiempo máximo para la realización de la prueba será de 2 horas.

Este ejercicio se calificará de 0 a 30 puntos. Para superar la prueba será necesario obtener una calificación mínima de 15 puntos.

Corregido el segundo ejercicio, la comisión de selección hará pública en los mismos lugares previstos en el apartado 4 de la base primera, la lista de personas aprobadas en el mismo, ordenada alfabéticamente.

2.3. Tercer ejercicio.

Tendrá carácter eliminatorio y consistirá en la exposición oral en sesión pública, durante un tiempo máximo de 70 minutos, de siete temas extraídos al azar, del programa de materias que se incorpora como Anexo II de la presente resolución, referidos a los bloques que se detallan a continuación: un tema del bloque «Teoría General del Derecho y Derecho civil»; dos temas del bloque de «Derecho Administrativo», de los cuales uno de ellos será de contratación pública (temas 12 a 19), y el otro del resto de temas de dicho bloque; dos temas del bloque de «Derecho Procesal»; y dos temas del bloque de «Derecho Sanitario y personal estatutario».

El tiempo dedicado a la exposición de cada uno de los temas no podrá ser inferior a ocho minutos ni superior a doce minutos, pudiendo la comisión de selección, por unanimidad, dar por terminada la intervención de la persona aspirante si, una vez concluida la exposición del tercero de los temas, ésta no alcanzase, de forma manifiesta, la puntuación mínima establecida para este ejercicio, o no cubriese el tiempo mínimo exigido para cada tema.

La persona aspirante dispondrá de diez minutos para preparar la exposición, pudiendo la comisión de selección dirigirse a la persona aspirante al final del ejercicio para aclarar cuestiones relacionadas con su exposición.

Este ejercicio se calificará de 0 a 30 puntos, obteniéndose la calificación final mediante el cálculo de la media aritmética de las calificaciones alcanzadas en cada uno de los temas, puntuados a su vez de 0 a 30 puntos cada uno de ellos. Para superar la prueba será necesario obtener una calificación mínima de 15 puntos en cada uno de los temas.

2.4. Cuarto ejercicio.

Tendrá carácter eliminatorio y consistirá en la realización de un ejercicio práctico adecuado a las funciones propias del cuerpo y opción a que se aspira, que consistirá en realizar alguna actuación escrita sobre un asunto judicial, en que sea parte la Administración Pública y en informar por escrito sobre algún asunto jurídico en que esté interesada la Administración Pública.

El tiempo máximo para la realización de la prueba será de 4 horas. Para el desarrollo de este ejercicio se podrán consultar textos legales y jurisprudenciales no comentados.

Este ejercicio se calificará de 0 a 30 puntos. Para superar la prueba será necesario obtener una calificación mínima de 15 puntos.

Si algún ejercicio resultara de difícil lectura y comprensión para la comisión de selección, se convocará a la persona opositora para su lectura en sesión pública pudiendo ésta dirigirse a la persona aspirante al final del mismo para aclarar cuestiones relacionadas con el ejercicio.

3. Durante la realización de los ejercicios queda totalmente prohibido el uso de dispositivos móviles o aparatos electrónicos, pudiendo la comisión de selección requerir en cualquier momento a las personas aspirantes con la finalidad de comprobar este extremo. En caso de incumplimiento de esta prohibición, la persona podrá ser excluida.

4. Los ejercicios se celebrarán en Sevilla. El primer ejercicio de la oposición no comenzará antes del 1 de noviembre de 2020, determinándose el lugar y fecha del comienzo del primer ejercicio en la Resolución que se menciona en el apartado 3 de la base quinta.

5. El segundo ejercicio y los sucesivos tendrán lugar no antes de los cinco días hábiles, ni después de los cuarenta y cinco días hábiles siguientes al de terminación del ejercicio anterior.

6. Las personas aspirantes serán convocadas para cada ejercicio en un solo llamamiento, siendo excluidas de la oposición quienes no comparezcan.

7. La publicación de los sucesivos anuncios del comienzo del segundo y restantes ejercicios se efectuará por la comisión de selección en los mismos lugares establecidos en el apartado 4 de la base primera, al menos, con veinticuatro horas de antelación a la señalada para la iniciación de los mismos.

Las sucesivas sesiones correspondientes a un mismo ejercicio serán convocadas por la comisión de selección al término de la sesión anterior y se publicarán en el lugar de celebración de éste, con doce horas, al menos, de antelación al comienzo de aquéllas.

8. El orden de intervención de la personas opositoras, en aquellos ejercicios que así lo requieran, se iniciará alfabéticamente por la primera de estas cuyo primer apellido comience por la letra «M» de conformidad con los establecido en la Resolución de 3 de febrero de 2020.

9. Contra la lista de personas aprobadas en cada ejercicio se podrá interponer recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaría General para la Administración Pública, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que se haga pública, de conformidad con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

10. Junto con la lista de personas aprobadas en el cuarto ejercicio, la comisión de selección hará pública en los mismos lugares previstos en el apartado 4 de la base primera, la relación definitiva de personas aprobadas por orden de puntuación en la oposición. En ella constarán las calificaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios y será elevada propuesta de nombramiento como personal funcionario a la persona titular de la Secretaría General para la Administración Pública.

Contra la lista definitiva de personas aprobadas podrá interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaría General para la Administración Pública, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que se haga pública, de conformidad con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

11. En el supuesto de que alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de parto o embarazo de alto riesgo, debidamente acreditado, su situación quedará condicionada a la finalización del mismo y a la superación de las pruebas que hayan quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de las personas aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por la comisión de selección, debiendo realizarse las pruebas en todo caso antes de la publicación de la lista de aspirantes que hayan superado el proceso selectivo.

12. La comisión de selección no podrá declarar que han superado el proceso selectivo un número superior de aspirantes al de plazas convocadas.

Octava. Presentación de documentación y solicitud de destinos.

1. La Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior resolverá, a través de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, de acuerdo con las necesidades de ordenación de efectivos, la oferta de vacantes a las personas seleccionadas. En esta figurará, al menos, el mismo número de plazas que personas aspirantes hayan sido seleccionadas. La oferta de vacantes se anunciará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, salvo cuando las circunstancias del proceso selectivo lo permitan, y a fin de favorecer la celeridad en su gestión, el trámite de oferta de vacantes, presentación de la documentación preceptiva y petición de destinos, podrán sustituirse por un acto único mediante comparecencias personales de las personas seleccionadas en el lugar y fecha que se determine por la Administración.

1.1. Al objeto de garantizar el cumplimiento de lo establecido en el artículo 10 del Decreto 93/2006, de 22 de mayo, las personas seleccionadas con discapacidad que necesiten adaptaciones que hayan de ser tenidas en cuenta por la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública para realizar la oferta de vacantes, deberán comunicarlo en el plazo de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la relación definitiva de personas aprobadas, mediante escrito dirigido a esta.

1.2. A tales efectos, la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública les podrá requerir la información que estime necesaria en orden a la adaptación solicitada, así como el dictamen del órgano competente sobre la procedencia de la adaptación y de la compatibilidad con el desempeño de las funciones y tareas del puesto concreto a ocupar. El dictamen será expedido por los órganos técnicos de la Administración laboral, sanitaria o asistencial correspondiente de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

La consejería, el organismo o entidad a la que esté adscrito el puesto de trabajo será la encargada de la valoración, la realización y la financiación de las adaptaciones necesarias para la incorporación de la persona con discapacidad.

1.3. La Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública podrá realizar una oferta de vacantes diferenciada para el turno de personas con discapacidad. En este supuesto, las personas seleccionadas con discapacidad podrán optar por elegir destino, según el orden establecido en el proceso selectivo, bien de entre las plazas ofertadas en el turno libre, o de entre las vacantes ofertadas para el turno de personas con discapacidad.

2. Las personas seleccionadas dispondrán de un plazo de veinte días hábiles a contar desde que se publique la oferta de vacantes para presentar la petición de destino a la vista de las vacantes ofertadas, conforme al modelo que se publicará en el anuncio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de dicha oferta de vacantes y la documentación que se detalla en el apartado 4 de la presente base, que habrá de ir dirigida a la persona titular de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública.

3. Las peticiones de destino se presentarán preferentemente en el Registro Electrónico Único de la Administración de la Junta de Andalucía al que se accederá desde la página web del empleado público (https://ws045.juntadeandalucia.es/empleadopublico/), conforme al procedimiento que se detallará en la resolución citada en el apartado 1 de la presente base, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

4. A la petición de destino realizada en la forma prevista en el apartado anterior habrá de adjuntarse la siguiente documentación:

a) Documento Nacional de Identidad en vigor.

b) Título académico oficial exigido para el ingreso en el cuerpo o de la justificación acreditativa de haberlo solicitado y abonado los correspondientes derechos para su obtención, compulsada conforme a lo establecido en el Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos y la Orden de la Consejería de Gobernación de 1 de diciembre de 1995 (BOJA núm. 165, de 23 de diciembre).

c) Declaración responsable de no haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de personal funcionario y no poseer la condición de personal funcionario del Cuerpo Superior Facultativo, opción Letrados de Administración Sanitaria de la Junta de Andalucía (A1.2020).

d) Certificado médico que acredite poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales Cuerpo Superior Facultativo, opción Letrados de Administración Sanitaria de la Junta de Andalucía (A1.2020).

e) En el caso de aspirantes con discapacidad deberán aportar certificado, expedido por la consejería competente en la materia de la Junta de Andalucía, o en su caso del Instituto Nacional de la Seguridad Social, en el que conste su capacidad para el desempeño de las funciones correspondientes al cuerpo y opción a que se aspira.

5. Las personas aspirantes que tengan la condición de personal funcionario y aquellas otras que estuvieran prestando servicios en la Junta de Andalucía, estarán exentos/as de justificar documentalmente las condiciones y los requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento, siempre que hubiesen sido inscritos en el Registro General de Personal de la Junta de Andalucía. El personal funcionario de otras Administraciones deberá presentar únicamente certificación del organismo de procedencia, acreditando su condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal.

6. Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no comparezcan o no presentasen la documentación o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base segunda, no podrán ser nombrados/as personal funcionario y quedarán sin efecto sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud de participación.

Novena. Nombramientos y asignación de destinos.

Transcurrido el plazo de presentación de documentos, la persona titular de la Secretaría General para la Administración Pública, por delegación, nombrará personal funcionario de carrera a las personas que habiendo superado el proceso selectivo cumplan los requisitos exigidos en esta convocatoria y determinará el plazo para la toma de posesión en los correspondientes destinos. La adjudicación se efectuará de acuerdo con las peticiones de las personas interesadas, según el orden de puntuación obtenido en el proceso selectivo. En la adjudicación de destinos se garantizará que las condiciones de la asignación de las plazas convocadas resulten adecuadas a las circunstancias de las personas con discapacidad que sean determinantes para posibilitar la efectiva ocupación del puesto. Los nombramientos deberán publicarse en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Décima. Impugnaciones.

La presente resolución y cuantos actos administrativos se deriven de esta convocatoria, de sus bases y de las actuaciones de la comisión de selección, podrán ser impugnados por las personas interesadas en los casos y en la forma establecidos por la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Sevilla, 10 de julio de 2020.- La Secretaria General, Ana María Vielba Gómez.

ANEXO I

COMISIÓN DE SELECCIÓN

Presidenta: Doña Matilde Vera Rodríguez.

Presidenta suplente: Doña Carmen Fernández Moreno.

Secretaria: Doña Isabel Palomar García.

Secretaria suplente: Doña Teresa Guzmán Alonso.

Vocales:

Don José Ángel Vázquez García.

Doña Araceli Morato Pérez.

Don Francisco Toscano Gil.

Vocales suplentes:

Don Eugenio Frías Martínez.

Doña Ana María Medel Godoy.

Don Luis Miguel Arroyo Yanes.

ANEXO II

PROGRAMA DE MATERIAS DEL CUERPO SUPERIOR FACULTATIVO, OPCIÓN DE LETRADOS DE LA ADMINISTRACIÓN SANITARIA DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA (A1.2020)

DERECHO CONSTITUCIONAL Y AUTONÓMICO

Tema 1. El concepto de Constitución. Naturaleza y significado. La Constitución de 1978; sistemática y estructura. Características generales. La Constitución como norma jurídica. El bloque de la constitucionalidad.

Tema 2. Valores superiores y principios fundamentales de la Constitución. Estado social y democrático de Derecho. La soberanía nacional. La división de poderes.

Tema 3. La reforma constitucional. La monarquía parlamentaria como forma política del Estado. Las funciones constitucionales del Rey.

Tema 4. El Gobierno: su composición. Las funciones del Gobierno. La función normativa. La función política. La función administrativa. El Gobierno y la Administración. El Presidente del Gobierno. El Consejo de Ministros. El Delegado del Gobierno en las Comunidades Autónomas.

Tema 5. Las Cortes Generales: sus funciones. El Congreso y el Senado. Relaciones entre las Cámaras. Los Reglamentos parlamentarios. La inviolabilidad parlamentaria y la inmunidad parlamentaria. El funcionamiento de las Cámaras. La institución del Defensor del Pueblo.

Tema 6. El Poder Judicial. El Consejo General del Poder Judicial. Otros órganos. La independencia y la actuación judiciales.

Tema 7. Los derechos fundamentales y las libertades públicas en la Constitución. Su eficacia, garantía y límites. El principio y derecho fundamental a la igualdad. Derecho a la vida y a la integridad física y moral. Derecho a la libertad ideológica y religiosa. Derecho a la libertad y a la seguridad.

Tema 8. Principio de igualdad efectiva entre mujeres y hombres: La igualdad de género en la Constitución y en el Estatuto de Autonomía para Andalucía. Normativa estatal sobre igualdad de género. La transversalidad de género: el impacto por razón de género en las políticas públicas.

Tema 9. Violencia de género. Concepto y tipos de violencia hacia las mujeres. Prevención y protección integral. Normativa para la promoción de la igualdad de género y para la prevención y protección integral contra la violencia de género en Andalucía.

Tema 10. Derechos y deberes de los ciudadanos. Los principios rectores de la política social y económica.

Tema 11. La defensa jurídica de la Constitución. Sistemas. El Tribunal Constitucional; naturaleza y funciones. Su composición. Competencias del Pleno, Salas y Secciones.

Tema 12. Procedimientos de declaración de inconstitucionalidad. Disposiciones generales. El Recurso de inconstitucionalidad. La Cuestión de inconstitucionalidad. El recurso previo de inconstitucionalidad contra Proyectos de Estatutos de Autonomía y contra Propuestas de reforma de Estatutos de Autonomía.

Tema 13. El recurso de amparo constitucional: casos en que procede y requisitos procesales. Tramitación del recurso. La sentencia de amparo y sus efectos. La suspensión del acto impugnado.

Tema 14. La organización territorial del Estado en la Constitución Española. La cláusula del Estado autonómico; el artículo 2 de la Constitución. La autonomía de las nacionalidades y regiones. La autonomía local en la Constitución, su garantía institucional.

Tema 15. La Comunidad Autónoma de Andalucía. El Estatuto de Autonomía de Andalucía: proceso de elaboración; estructura y características generales. La posición jurídica del Estatuto de Autonomía en el Ordenamiento. La reforma del Estatuto.

Tema 16. El Parlamento de Andalucía. Su carácter, representación y funciones. Composición. El Pleno, las Comisiones y la Diputación Permanente. El Reglamento del Parlamento de Andalucía.

Tema 17. La elaboración de las Leyes de la Comunidad Autónoma. La iniciativa legislativa. Los Proyectos de Ley. Las Proposiciones de Ley. Promulgación y publicación de las Leyes.

Tema 18. La Presidencia de la Junta de Andalucía. Sus funciones y representación. Elección, nombramiento, sustitución y cese. El Consejo de Gobierno: Su composición, carácter y funciones. Funcionamiento del Consejo de Gobierno. Los Consejeros: Nombramiento y separación. Régimen de incompatibilidades. La Administración Pública de la Junta de Andalucía en el Estatuto.

Tema 19. El Poder Judicial en Andalucía. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. El Consejo de justicia de Andalucía. Competencias de la Comunidad Autónoma en materia de Administración de Justicia. El Defensor del Pueblo Andaluz.

Tema 20. Las competencias de la Junta de Andalucía: La reserva de competencias del Estado en el artículo 149.1. La atribución estatutaria de competencias; la cláusula de cierre del artículo 149.3. Los límites generales de las competencias; su efectividad.

Tema 21. Las competencias exclusivas. Las competencias normativas. Las Leyes de la Comunidad Autónoma; su rango y posición constitucional. El principio de competencia en las relaciones entre el ordenamiento estatal y el autonómico. La concurrencia normativa entre el Estado y la Comunidad Autónoma. Normas básicas y de desarrollo. La ejecución autonómica de la legislación del Estado.

Tema 22. La modificación extraestatutaria de las competencias: La Ley marco; la Ley Orgánica de delegación; la Ley de armonización. Las cláusulas constitucionales de prevalencia y supletoriedad. La colaboración entre el Estado y la Comunidad Autónoma: su desarrollo en la doctrina del Tribunal Constitucional. Relaciones interadministrativas: deber de colaboración y relaciones de cooperación. La Comisión Bilateral de Cooperación Junta de Andalucía-Estado. Relaciones entre Comunidades Autónomas. El control de la actividad de la Comunidad Autónoma.

DERECHO DE LA UNIÓN EUROPEA

Tema 1. La Unión Europea. Los Tratados Constitutivos. Los Tratados de reforma. El sistema institucional de la Unión Europea: El Parlamento Europeo. El Consejo Europeo y el Consejo de la Unión Europea. La Comisión Europea.

Tema 2. El sistema normativo de la Unión Europea (I). Principales tipos de normas jurídicas. Caracteres del sistema: primacía, efecto directo y responsabilidad de los Estados miembros por incumplimiento del Derecho Comunitario. El juez nacional en la aplicación del Derecho Comunitario.

Tema 3. El sistema normativo en la Unión Europea (II). Principio de atribución o de base jurídica. Principio de subsidiariedad. Principio de proporcionalidad. Procedimiento de elaboración.

Tema 4. El sistema jurisdiccional de la Unión Europea. El Tribunal de Justicia. El Tribunal General. Los Tribunales especializados. El recurso de incumplimiento. El recurso de anulación. El recurso de inacción. La cuestión prejudicial. La acción de responsabilidad extracontractual.

Tema 5. La ciudadanía de La Unión. Los derechos fundamentales. Las libertades de circulación de personas, mercancía, servicios y capital. El derecho de los pacientes a la asistencia sanitaria transfronteriza. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

Tema 6. La Comunidad Autónoma de Andalucía y la Unión Europea: la cesión de competencias. La ejecución del Derecho Comunitario europeo por la Comunidad Autónoma. El incumplimiento y sus consecuencias.

TEORÍA GENERAL DEL DERECHO Y DERECHO CIVIL

Tema 1. El concepto de Derecho. Las divisiones del Derecho: Derecho Natural y Derecho Positivo; Derecho Público y Derecho Privado. El Derecho Civil. El Código Civil español y legislación complementaria.

Tema 2. El ordenamiento jurídico español y sus fuentes. La Constitución como fuente del derecho. La Ley y sus clases.

Tema 3. La costumbre y su prueba. Los principios generales del derecho. La jurisprudencia. Incidencia del Derecho de la Unión Europea en el sistema de fuentes.

Tema 4. La aplicación e interpretación de las normas jurídicas. Las lagunas de la Ley y la analogía. La equidad. La eficacia general de las normas jurídicas: inexcusabilidad de su cumplimiento y error de Derecho. La nulidad como sanción general. El fraude de Ley.

Tema 5. Límites de la eficacia de las normas; la Ley en el tiempo: principio y final de la vigencia de las normas; la derogación tácita. Normas de transición. El principio de irretroactividad. Principios básicos de las Disposiciones Transitorias del Código Civil. La Ley en el espacio: normas de Derecho Internacional Privado y de Derecho interregional.

Tema 6. La persona y la personalidad. La persona física: comienzo y extinción de la personalidad individual. El problema de la premoriencia.

Tema 7. Capacidad jurídica y capacidad de obrar. Las circunstancias modificativas de la capacidad; situaciones del estado civil y su prueba. La edad: mayoría de edad, capacidad de los menores de edad. La emancipación.

Tema 8. La incapacitación y la prodigalidad: aspectos sustantivos. Protección patrimonial de las personas con discapacidad. Capacidad del concursado.

Tema 9. Las personas jurídicas. Concepto, naturaleza y clases. Las asociaciones y las fundaciones. Capacidad, nacionalidad, vecindad y domicilio. Extinción de las personas jurídicas.

Tema 10. Las cosas. Clases. Bienes muebles e inmuebles; de dominio público y de propiedad privada. Partes integrantes y pertenencias. El patrimonio; tipos.

Tema 11. La representación: concepto, función y clases. Representación directa e indirecta. Representación voluntaria y legal. La irrevocabilidad del poder. El autocontrato. La subsistencia del poder extinguido.

Tema 12. Influencia del tiempo en las relaciones jurídicas. Cómputo del tiempo. La prescripción y sus clases. Examen especial de la prescripción extintiva. La caducidad.

Tema 13. El derecho real y su diferencia con el derecho de crédito. Caracteres y clasificación. Tipicidad de los derechos reales. Tipos dudosos de derechos reales.

Tema 14. La obligación; Naturaleza. Elementos; sujeto, objeto y vínculo. Las fuentes de las obligaciones. Las obligaciones naturales.

Tema 15. Clases de obligaciones: obligaciones específicas y genéricas. Obligaciones unilaterales y recíprocas: examen del artículo 1124 del Código Civil. Obligaciones puras, condicionales y a plazo.

Tema 16. Obligaciones únicas y múltiples. Mancomunadas y solidarias. Obligaciones divisibles e indivisibles. Obligaciones con cláusula penal. Obligaciones pecuniarias.

Tema 17. Cumplimiento de las obligaciones. Incumplimiento; causas. Mora, dolo, culpa, caso fortuito y fuerza mayor. Resarcimiento de daños y perjuicios. El principio de responsabilidad patrimonial universal. La acción subrogatoria.

Tema 18. Causas de extinción de las obligaciones. El pago; naturaleza y requisitos. Formas especiales de pago; Imputación de pagos, dación en pago, pago por cesión de bienes y consignación.

Tema 19. Pérdida de la cosa debida. Condonación de la deuda. Confusión de derechos. La compensación. La novación. La asunción de la deuda.

Tema 20. El contrato; concepto y función. El principio de autonomía de la voluntad y sus limitaciones. Clasificación de los contratos: contratos típicos y atípicos; contratos mixtos; contratos normativos y de adhesión. Las condiciones generales de la contratación.

Tema 21. Capacidad para contratar. Incapacidades y prohibiciones. El consentimiento y sus vicios: error, violencia, intimidación y dolo. Perfección y consumación del contrato.

Tema 22. El objeto del contrato: requisitos. La causa: normas del Código Civil. Forma de los contratos. Referencia a la contratación electrónica.

Tema 23. Interpretación de los contratos. Estipulaciones en favor de terceros. El contrato preparatorio y la opción.

Tema 24. Ineficacia de los contratos. Inexistencia, nulidad y anulabilidad: causas y efectos. La confirmación de los contratos. El riesgo imprevisible y la revisión de los contratos. La acción revocatoria o pauliana.

Tema 25. El contrato de compraventa. La transmisión del dominio y el pacto de reserva del dominio. La venta de cosa ajena. Elementos de este contrato. Prohibiciones para contratar. Perfección de la compraventa.

Tema 26. Obligaciones del vendedor. Conservación de la cosa. Teoría de los riesgos. Entrega de la cosa. Saneamiento y evicción. Obligaciones del comprador.

Tema 27. El retracto convencional. Tanteos y retractos legales. El contrato de permuta. La transmisión de créditos. El contrato de cesión.

Tema 28. El contrato de arrendamiento: concepto, caracteres y clases. Régimen del Código Civil: constitución, contenido y extinción.

Tema 29. Régimen de los arrendamientos urbanos. Ámbito de aplicación de la Ley de arrendamientos urbanos. Arrendamiento de viviendas y para uso distinto del de vivienda; Normas comunes y especiales.

Tema 30. El contrato de mandato; naturaleza y especie. Constitución y efectos. Extinción del mandato. Contrato de mediación o corretaje.

Tema 31. El contrato de sociedad. Naturaleza y clases. Constitución. Contenido del contrato. Extinción de la sociedad.

Tema 32. Los cuasi contratos. Cobro de lo indebido. Gestión de negocios ajenos sin mandato. Teoría del enriquecimiento sin causa.

Tema 33. Obligaciones nacidas de la culpa extracontractual. Diferenciación y delimitación respecto de la contractual. El daño indemnizable. Daño emergente y lucro cesante. El daño moral.

Tema 34. La relación causal en la responsabilidad extracontractual. La culpa. La inversión de la carga de la prueba sobre la culpa. La concurrencia de culpas. El caso fortuito.

DERECHO PENAL

Tema 1. Concepto de Derecho Penal. Los principios informadores del Derecho penal; en especial, los principios de intervención mínima, legalidad y de culpabilidad. El principio «non bis in ídem». Concepto del delito.

Tema 2. Elementos de delito: acción, antijuridicidad, tipicidad, culpabilidad y punibilidad. El dolo y sus clases. Error de tipo y error de prohibición.

Tema 3. El delito imprudente. Elementos. La incriminación de la imprudencia en el Código Penal español.

Tema 4. Circunstancias extintivas y modificativas de la responsabilidad criminal.

Tema 5. Autoría y participación. La responsabilidad penal de las personas jurídicas.

Tema 6. Teoría del concurso: concurso de leyes. Concurso de infracciones. El delito continuado y el delito masa.

Tema 7. La pena: concepto, fundamento y fines. Clases de penas. Especial referencia a las penas privativas de libertad y a la pena de multa.

Tema 8. La responsabilidad civil derivada de la infracción penal y las costas procesales.

Tema 9. La extinción de la responsabilidad criminal. Examen especial de la prescripción del delito y de la pena. La cancelación de los antecedentes penales.

Tema 10. Delitos contra la vida y la integridad física: Delito de homicidio. Delito de aborto; Condiciones de la interrupción voluntaria del embarazo. De las lesiones. De las lesiones al feto. Delitos relativos a la manipulación genética. De la suposición del parto y de la alteración de la paternidad, estado o condición del menor.

Tema 11. De la omisión del deber de socorro. Descubrimiento y revelación de secretos. Delitos contra el honor: la calumnia y la injuria. Delitos contra el orden público: en especial el delito de atentado contra la autoridad, sus agentes y los funcionarios públicos.

Tema 12. Delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico. El hurto. El robo. Las estafas. Apropiación indebida. Alteración de precios en concursos y subastas públicas. Los daños.

Tema 13. Delito de falsedad documental. Usurpación del estado civil. Usurpación de funciones públicas. Intrusismo.

Tema 14. Delitos contra la Administración Pública (I). Concepto de autoridad y funcionario público a efectos penales. Prevaricación de los funcionarios públicos y otros comportamientos injustos. Abandono de destino y de la omisión de perseguir delitos. Desobediencia y denegación de auxilio. Infidelidad en la custodia de documentos y de la violación de secretos.

Tema 15. Delitos contra la Administración Pública (II). Cohecho. Tráfico de influencias. Malversación.

DERECHO DEL TRABAJO Y DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Tema 1. El Derecho del Trabajo: caracterización general y fuentes. La norma internacional laboral. El convenio colectivo. Concepto, eficacia y tipología. Colisión y concurrencia entre normas estatales y normas convencionales. Principios laborales: norma mínima y norma más favorable; condición más beneficiosa, irrenunciabilidad de derechos y territorialidad de las normas laborales.

Tema 2. El contrato de trabajo. El trabajador. Concepto jurídico y legal. El empresario; Concepto y tipología. Interposición del empresario. Las contratas y subcontratas de obras y servicios. La sucesión en la titularidad de la empresa.

Tema 3. Clases de contrato de trabajo atendiendo a su duración. Los contratos temporales; Tipología y régimen jurídico.

Tema 4. La jornada de trabajo: Jornada normal y jornadas especiales. El contrato a tiempo parcial y el contrato de relevo. Las horas extraordinarias. El horario de trabajo. Los descansos semanal y festivo. Las vacaciones anuales.

Tema 5. El salario; su protección legal y garantías. El salario mínimo interprofesional. Absorción y compensación de salarios. El Fondo de Garantía Salarial.

Tema 6. Los poderes del empresario. Caracterización general. El poder de dirección. El poder de variación. El poder disciplinario. La responsabilidad empresarial. Prevención de riesgos laborales.

Tema 7. Las modificaciones del contrato de trabajo. Tipología. Movilidad geográfica. La suspensión del contrato de trabajo.

Tema 8. La extinción del contrato de trabajo. Cuadro general de las causas extintivas. La terminación convencional del contrato. Extinción por muerte e incapacidad del trabajador. Muerte, jubilación e incapacidad del empresario y extinción de la personalidad contratante.

Tema 9. La extinción por causas objetivas. El despido disciplinario. El despido improcedente. Despido colectivo. Prescripción y caducidad de las acciones nacidas del contrato de trabajo.

Tema 10. La libertad sindical: Titularidad y contenido. La representatividad sindical. Las Asociaciones empresariales. Las representaciones sindicales en la Empresa. La protección de la acción sindical. Representación y participación de los trabajadores en la Empresa. Las garantías de los representantes del personal. El derecho de reunión.

Tema 11. El conflicto colectivo. Concepto y clases. Procedimientos de composición de los conflictos colectivos. Huelga; Régimen jurídico. La huelga en los servicios esenciales de la comunidad. El cierre patronal.

Tema 12. Concepto y principios de la Seguridad Social. La acción protectora. Distinción con el sistema sanitario público y distribución de competencias entre Administración de Seguridad Social y Comunidades Autónomas. Las Entidades Gestoras y Colaboradoras. Las Mutuas de Accidentes de Trabajo.

Tema 13. Incapacidad temporal. Concepto. Beneficiarios. Prestación económica. Nacimiento, duración y extinción del derecho. Pérdida o suspensión del derecho. Gestión y control.

Tema 14. El accidente de trabajo: concepto. El aseguramiento del accidente de trabajo. Responsabilidad en materia de accidentes. Automaticidad de las prestaciones. Peculiaridades de las prestaciones causadas por accidentes de trabajo.

Tema 15. La enfermedad profesional. Concepto. El aseguramiento de la enfermedad profesional. Normas específicas para enfermedades profesionales. Peculiaridades de las prestaciones causadas por enfermedad profesional.

Tema 16. Los Regímenes Especiales de la Seguridad Social. Sistema de cotización y liquidación.

DERECHO MERCANTIL

Tema 1. Concepto de Derecho Mercantil. El acto de comercio. Especialidades del Derecho Mercantil en materia de fuentes del Derecho. Disposiciones generales del Código de Comercio en materia de obligaciones y contratos mercantiles.

Tema 2. El comerciante individual: capacidad, incapacidades y prohibiciones. El matrimonio y la capacidad de obrar mercantil. La empresa mercantil: concepto y elementos. La representación en el Derecho Mercantil.

Tema 3. La contabilidad de los empresarios; su regulación; la fuerza probatoria de los libros de comercio. La publicidad en el Derecho Mercantil. Objeto de inscripción en el Registro Mercantil.

Tema 4. La sociedad mercantil; concepto; naturaleza y clases. Personalidad de la sociedad. El objeto social; su determinación y efectos. Requisitos generales de constitución. La sociedad irregular. Las sociedades profesionales.

Tema 5. Derecho europeo de sociedades. La sociedad anónima europea. Los grupos de sociedades. Las agrupaciones de interés económico y las uniones temporales de empresas.

Tema 6. La sociedad regular colectiva. La sociedad comanditaria. Sociedades cooperativas. Sociedades laborales.

Tema 7. La sociedad de responsabilidad limitada. Naturaleza. Constitución. La escritura social y los estatutos. Aportaciones. Régimen de las participaciones sociales.

Tema 8. La sociedad anónima. Régimen legal vigente. Formas de constitución. La escritura social y los Estatutos. Aportaciones. Patrimonio y capital social.

Tema 9. La acción: concepto, clases y derechos que confiere a su titular. Aumento y reducción del capital social en las sociedades anónimas. Requisitos. Modificación de los estatutos. Órganos de la sociedad anónima. Junta General. Administradores; el Consejo de administración.

Tema 10. Transformación, fusión y escisión de las sociedades mercantiles. Disolución de las sociedades mercantiles: causas generales y causas especiales aplicables a las sociedades anónimas, de responsabilidad limitada, colectiva y comanditaria. Liquidación de sociedades mercantiles.

Tema 11. Derecho de la competencia. Competencia ilícita y competencia desleal; particular referencia al régimen de publicidad y el consumo. Defensa de la competencia: órganos. Derecho europeo de la competencia. La Agencia de Defensa de la Competencia de la Junta de Andalucía.

HACIENDA PÚBLICA

Tema 1. La Hacienda Pública de Andalucía. Principios generales y privilegios de la Hacienda Pública. Régimen de la Hacienda Pública. Derechos económicos y obligaciones exigibles. Prescripción de los créditos y las obligaciones.

Tema 2. Los principios presupuestarios. El Presupuesto andaluz; régimen jurídico de la elaboración, aprobación, modificación, ejecución y liquidación de los presupuestos de la Junta de Andalucía. Control. Procedimiento general de ejecución del gasto público: fases, competencia y documentos contables.

Tema 3. El patrimonio de la Junta de Andalucía. Disposiciones generales y organización. Bienes que lo integran. Cambios de calificación y afectación. Adquisición. Enajenación y cesión. Protección y defensa. Prerrogativas.

Tema 4. Las subvenciones: normativa autonómica y procedimiento de concesión. Potestad tributaria de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Sus límites. Las tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Especial referencia a la tasa por actividades de control e inspección sanitaria en mataderos y otros.

Tema 5. El Tribunal de Cuentas; su naturaleza. Composición y organización. Función fiscalizadora. Función jurisdiccional. Idea de los principales procedimientos. La Cámara de Cuentas de Andalucía. Naturaleza y composición. Competencias y funciones. Procedimiento.

Tema 6. El control de la actividad financiera de la Comunidad Autónoma: concepto y clases. El control interno: la función interventora y sus modalidades. El control financiero y el control financiero permanente. La Intervención General de la Junta de Andalucía.

DERECHO ADMINISTRATIVO

Tema 1. La Administración Pública. Actividad administrativa y actividad política. El Derecho Administrativo. El régimen administrativo; Sistemas, rasgos fundamentales del español. Fuentes del Derecho Administrativo.

Tema 2. El Reglamento. Concepto y naturaleza. Fundamento de la potestad reglamentaria. Clasificación de los Reglamentos. Órganos con potestad reglamentaria. La eficacia normativa del Reglamento. Su inderogabilidad singular.

Tema 3. Los actos administrativos generales y las circulares e instrucciones. La impugnación de los Reglamentos en la doctrina y en nuestro Derecho positivo.

Tema 4. Los principios de reserva de Ley, de jerarquía normativa y de competencia. Nulidad de pleno derecho de las disposiciones administrativas por infracción de aquellos principios.

Tema 5. Los sujetos en el Derecho Administrativo. El Estado, la Comunidad Autónomas y sus Administraciones. La personalidad jurídica de éstos. Disposiciones generales, principios de actuación y funcionamiento del sector público. Otras personas jurídico-públicas; sus relaciones con el Estado y la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Tema 6. Las potestades administrativas. El principio de legalidad y sus manifestaciones. La actividad administrativa discrecional y sus límites. Control de la discrecionalidad. La desviación de poder. Los conceptos jurídicos indeterminados.

Tema 7. El acto administrativo. Requisitos: contenido y forma. Eficacia de los actos administrativos: inderogabilidad singular y ejecutividad. La ejecución forzosa por la Administración de los actos administrativos: los medios en Derecho. La vía de hecho.

Tema 8. Eficacia de los actos administrativos en el orden temporal: comienzo, suspensión y retroactividad. La notificación y publicación. Naturaleza y régimen jurídico del silencio administrativo en las diferentes Administraciones Públicas. Los actos tácitos.

Tema 9. La invalidez de los actos administrativos: Nulidad de pleno derecho y anulabilidad. Los actos administrativos irregulares. La conversión, conservación y convalidación de los actos administrativos.

Tema 10. La revisión de los actos en vía administrativa: la revisión de oficio de disposiciones y actos nulos. Casos en que procede y tramitación. Revocación de actos y rectificación de errores. Revisión de los actos a instancia de la Administración en vía jurisdiccional: la declaración de lesividad. Requisitos y procedimiento.

Tema 11. El servicio público: concepto y evolución. La gestión de los servicios públicos. El acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos.

Tema 12. Los contratos del sector público: su regulación. Ámbito de aplicación de la Ley de Contratos del Sector Público. Delimitación de los tipos contractuales. Contratos sujetos a regulación armonizada. Contratos administrativos y contratos privados.

Tema 13. Régimen de invalidez de los contratos. El recurso especial en materia de contratación.

Tema 14. Capacidad y solvencia del empresario: especial referencia a las prohibiciones de contratar, la solvencia y sus medios de acreditación. La clasificación de las empresas. Objeto, presupuesto base de licitación, valor estimado, precio del contrato y régimen de revisión de precios en los contratos de las entidades del sector público. Garantías exigibles en la contratación del sector público.

Tema 15. Normas generales sobre preparación de los contratos por las Administraciones Públicas: las consultas preliminares del mercado; Los pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas.

Tema 16. Adjudicación de los contratos de las Administraciones Públicas: proposiciones de los interesados y documentación acreditativa del cumplimiento de requisitos previos. La selección del adjudicatario: criterios de adjudicación. La subasta electrónica. Perfección y formalización del contrato.

Tema 17. Los procedimientos de adjudicación: clases, supuestos de aplicación y tramitación. Órganos competentes en materia de contratación: órganos de contratación; órganos de asistencia: especial referencia a la composición y funcionamiento de las mesas de contratación; y órganos consultivos.

Tema 18. Efectos, cumplimiento y extinción de los contratos administrativos: La modificación de los contratos; La cesión de contratos y la subcontratación. Racionalización técnica de la contratación: especial referencia a los acuerdos marco, sistemas dinámicos de contratación y centrales de contratación.

Tema 19. Régimen jurídico del contrato de obras. El contrato de concesión de obra pública. El contrato de suministro. El contrato de servicios. El contrato de concesión de servicios.

Tema 20. El procedimiento administrativo. Su naturaleza y fines. Regulación legal; Ámbito de aplicación de la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Abstención y recusación.

Tema 21. Las garantías del procedimiento administrativo: derechos de los interesados en el procedimiento administrativo. Iniciación, ordenación e instrucción del procedimiento. La prueba. Participación de los interesados. Terminación del procedimiento: la resolución. Desistimiento, renuncia y caducidad. La tramitación simplificada del procedimiento administrativo.

Tema 22. Transparencia y Buen Gobierno. La Ley de Transparencia Pública de Andalucía. Derechos y Obligaciones. Publicidad Activa. El Derecho de Acceso a la Información Pública. El Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía. Régimen jurídico de la protección de datos de carácter personal.

Tema 23. Procedimiento para la elaboración de disposiciones de carácter general. Principios generales de la potestad sancionadora. Especialidades del procedimiento administrativo común.

Tema 24. Los recursos administrativos: concepto, clases y principios generales de su regulación. La «reformatio in peius». Ámbito de admisión en nuestro Derecho. Recurso de alzada. Recurso de reposición. Recurso extraordinario de revisión.

Tema 25. La responsabilidad patrimonial de la Administración. Competencia. Principios generales y especialidades del procedimiento administrativo de responsabilidad patrimonial. La responsabilidad de las autoridades y personal. Responsabilidad de la Administración por actos de sus concesionarios y contratistas. La responsabilidad del Estado legislador. La responsabilidad del Estado juez.

Tema 26. La responsabilidad patrimonial derivada de la prestación de asistencia sanitaria: las distintas construcciones jurisprudenciales, con especial referencia a las doctrinas de los riesgos del desarrollo, del daño continuado o permanente, y de la pérdida de oportunidad. La falta de consentimiento e información al paciente.

Tema 27. El dominio público. El dominio público de la Junta de Andalucía; sus elementos. Sujeto, objeto y destino. Régimen jurídico del dominio público de la Junta de Andalucía. Afectación, desafectación, mutaciones demaniales. Prerrogativas de la Administración. Inalienabilidad, imprescriptibilidad.

Tema 28. Organización administrativa. El órgano administrativo. Concepto y naturaleza. Clases de órganos: régimen jurídico de los órganos colegiados. La competencia: Naturaleza, clases y criterios de delimitación. Las relaciones interorgánicas. Coordinación y jerarquía. Desconcentración. Delegación y avocación. Delegación de firma y encomienda de gestión.

Tema 29. La Organización Administrativa de Andalucía. El Consejo de Gobierno. Atribuciones administrativas. La Comisión General de Viceconsejeros. La organización central de la Administración de la Junta de Andalucía. Las Consejerías. Atribuciones generales de los Consejeros, órganos superiores y demás altos cargos de la Administración. Conflictos de atribuciones entre órganos de la misma o de distinta Consejería. Las entidades instrumentales de la Junta de Andalucía. Clasificación y naturaleza jurídica. Regulación general.

Tema 30. La Función Pública. Naturaleza y contenido de la relación jurídica entre el funcionario y la Administración. Bases del régimen estatutario de los funcionarios públicos. Extensión y regulación de las competencias de la Junta de Andalucía. La Ley de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía.

Tema 31. Personal al servicio de la Administración. Sus clases. Personal funcionario; la adquisición y pérdida de la cualidad de funcionario. El personal eventual. El personal laboral.

Tema 32. Derechos, deberes e incompatibilidades del personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía. Derechos retributivos. Derecho a la carrera profesional y a la promoción interna. Derecho a la negociación colectiva, representación y participación institucional de los funcionarios. Materias objeto de negociación. Derecho a la jornada de trabajo, permisos y vacaciones. Determinación de las condiciones de trabajo en el ámbito de la función pública. Deberes de los empleados públicos: código de conducta.

DERECHO PROCESAL

Tema 1. El Derecho Procesal: Fuentes. Jurisdicción: Concepto y fines. Unidad Jurisdiccional. Órdenes de la Jurisdicción. La Jurisdicción contable.

Tema 2. Los principios procesales contenidos en la Constitución. El derecho a la tutela judicial efectiva: Examen del artículo 24 de la Constitución; su desarrollo por la jurisprudencia del Tribunal Constitucional.

Tema 3. Planta y Organización de los Juzgados y Tribunales. Conflictos y cuestiones de competencia.

Tema 4. Las resoluciones judiciales. Los actos de comunicación a las partes, especial mención a los actos de comunicación a las Administraciones Públicas. Del tiempo hábil para las actuaciones judiciales. Nulidad de los actos judiciales.

Tema 5. Las partes en el proceso civil: Capacidad para ser parte. Capacidad procesal. Legitimación procesal. Representación y defensa técnica de las partes.

Tema 6. Pluralidad de partes. El litisconsorcio y la intervención procesal. La sucesión procesal.

Tema 7. Teoría de la acción procesal: Acción, pretensión y demanda. La pretensión como objeto del proceso. Clases de pretensiones. Contenido; determinación de la cuantía.

Tema 8. Pluralidad de pretensiones: Acumulación de acciones y de procesos. La reconvención.

Tema 9. La demanda: Concepto y naturaleza jurídica. Sus efectos. Excepciones procesales. Contestación a la demanda.

Tema 10. La prueba: Concepto. Disposiciones generales en la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Tema 11. Carga de la prueba. Valoración de la prueba. Las presunciones.

Tema 12. Los medios de prueba. La prueba documental. Clases: Los documentos públicos y privados. Valor probatorio. La presentación de documentos, dictámenes, informes y otros medios o instrumentos. Especial referencia a la presentación de escritos y documentos por vía telemática o electrónica.

Tema 13. El interrogatorio de las partes. El interrogatorio de testigos; especialidades aplicables a las Administraciones Públicas. El dictamen de peritos. El reconocimiento judicial. Otros medios de prueba.

Tema 14. La sentencia: Requisitos internos y efectos. Cosa juzgada formal y cosa juzgada material.

Tema 15. Otras formas de terminación del proceso: Renuncia, desistimiento, allanamiento, transacción, satisfacción extraprocesal y carencia sobrevenida del objeto. La caducidad.

Tema 16. Tipos de procesos de conocimiento. El juicio ordinario: Caracteres y procedimiento.

Tema 17. El juicio verbal; caracteres y procedimiento. Especial referencia al juicio monitorio.

Tema 18. La ejecución forzosa. Disposiciones generales en materia de ejecución. Títulos ejecutivos.

Tema 19. La ejecución dineraria. Disposiciones generales. Requerimiento de pago. El embargo de bienes. Tercerías de dominio y de mejor derecho. El procedimiento de apremio.

Tema 20. La ejecución no dineraria. Ejecución de las sentencias en que se condena a las Administraciones Públicas.

Tema 21. La impugnación del proceso. Clases de recursos. El recurso de reposición y queja. El recurso de apelación.

Tema 22. El recurso de casación: Concepto y fin. Requisitos: Resoluciones contra las que procede; motivos del recurso; Efectos de la sentencia.

Tema 23. El recurso extraordinario por infracción procesal. Requisitos: Resoluciones contra las que procede; motivos del recurso; efectos de la sentencia. La revisión de las sentencias firmes en la Ley de Enjuiciamiento Civil. El recurso en interés de Ley.

Tema 24. El Proceso Penal. La Ley de Enjuiciamiento Criminal. Criterios y reglas para determinar la competencia en el proceso penal. Cuestiones prejudiciales.

Tema 25. Las partes en el proceso penal. Modos de iniciación del proceso penal. Denuncia, querella e iniciación de oficio; el atestado. La investigación preprocesal.

Tema 26. El sumario: Su objeto; exposición de las principales diligencias sumariales. Auto de conclusión del sumario; el procesamiento, efectos y recursos contra éste.

Tema 27. Medidas cautelares personales: Medidas cautelares reales y aseguramiento de las responsabilidades pecuniarias. La prueba: concepto y medios de prueba. Proposición y admisión. Pruebas obtenidas con violación de derechos fundamentales. Prueba obtenida irregularmente. Valor probatorio de lo actuado en el sumario.

Tema 28. Periodo intermedio de sobreseimiento o elevación a juicio oral. Artículos de previo pronunciamiento. Calificaciones. Celebración de juicio oral y sentencia.

Tema 29. Procedimiento abreviado (I): ámbito, objeto y competencia. Iniciación, diligencias previas; la intervención del Ministerio Fiscal y de la Policía judicial. La posición jurídica del investigado. Conclusión de la fase instructora. Trámite de calificaciones provisionales y apertura del juicio oral.

Tema 30. Procedimiento abreviado (II): especialidades del juicio oral. Sentencia y apelación. Procedimiento para el enjuiciamiento rápido de determinados delitos. Procedimiento para el enjuiciamiento de delitos leves.

Tema 31. El Tribunal del Jurado. Composición y funciones. Procedimiento de las causas ante el Tribunal del Jurado. Aspectos esenciales de los procesos penales especiales.

Tema 32. Los recursos en el proceso penal. Los recursos de reforma, súplica y queja, El recurso de apelación. La revisión en materia penal. La casación en materia penal.

Tema 33. La jurisdicción contencioso-administrativa: naturaleza, extensión y límites. Los órganos del orden jurisdiccional contencioso-administrativo. Reglas determinantes de su respectiva competencia; especial referencia a la competencia de las Salas de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

Tema 34. Las partes: capacidad procesal, legitimación, representación y defensa. Objeto del recurso contencioso-administrativo: actividad administrativa impugnable. Pretensiones de las partes. Acumulación. Cuantía del recurso.

Tema 35. Procedimiento contencioso-administrativo (I). Procedimiento en primera o única instancia; Diligencias preliminares; la declaración de lesividad; los litigios entre Administraciones Públicas. Iniciación del procedimiento; Interposición del recurso; plazos y cómputo. Anuncio del recurso y reclamación del expediente.

Tema 36. Procedimiento contencioso-administrativo (II).Emplazamiento y personación de demandados. Admisión del recurso. Demanda y contestación; Requisitos, contenido y efectos. Aportación de documentos. Trámite para completar el expediente administrativo. Alegaciones previas. Prueba.

Tema 37. Procedimiento contencioso-administrativo (III). Vista y conclusiones. El planteamiento de cuestiones nuevas. La sentencia: Contenido. Otros modos de terminación del procedimiento. El procedimiento abreviado.

Tema 38. Procedimiento contencioso-administrativo (IV). Procedimientos especiales: Procedimiento para la protección de los derechos fundamentales de la persona. La cuestión de ilegalidad. Procedimiento en los casos de suspensión administrativa previa de acuerdos. Procedimiento para la garantía de la unidad de mercado. Procedimiento para la declaración judicial de extinción de partidos políticos.

Tema 39. Los recursos en el procedimiento contencioso-administrativo: recursos contra providencias y autos. Recurso de apelación: resoluciones contra las que procede; procedimiento, contenido y efectos de las sentencias. Recurso de revisión.

Tema 40. Recurso de casación: resoluciones contra las que procede. Admisión del recurso. Procedimiento. Contenido y efectos de la sentencia.

Tema 41. La ejecución de sentencias en el procedimiento contencioso-administrativo. Incidentes e invalides de los actos procesales. Costas procesales.

Tema 42. El proceso laboral. Naturaleza y principios que lo informan. Sistema de la legislación española. Órganos jurisdiccionales y competencia.

Tema 43. Comparecencia en juicio, representación y defensa. Especialidades de la legitimación activa y pasiva de las partes en el proceso social. La legitimación y la válida constitución de la relación jurídico-procesal.

Tema 44. Actos preparatorios y medidas precautorias. La evitación del proceso: la conciliación o mediación previas, y los laudos arbitrales. El agotamiento de la vía administrativa previa. El proceso ordinario de trabajo; su tramitación.

Tema 45. Procesos especiales (I); despidos y otras formas de extinción del contrato de trabajo; impugnación de sanciones; vacaciones. Los procesos en materia de seguridad social.

Tema 46. Procesos especiales (II); las cuestiones electorales; el conflicto colectivo; la impugnación de convenios colectivos; procedimiento de oficio; tutela de los derechos fundamentales y libertades públicas.

Tema 47. Los recursos. Los recursos contra providencias, autos, diligencias de ordenación y decretos Recurso de suplicación. Recurso de casación y demás procesos atribuidos al conocimiento del Tribunal Supremo: los recursos especiales.

Tema 48. Ejecución de sentencias: ejecución definitiva y provisional. Preceptos generales. Supuestos especiales: La ejecución de sentencias firmes de despido y la ejecución provisional en el caso del despido nulo. Ejecución dineraria y frente a entidades públicas.

DERECHO SANITARIO Y DEL PERSONAL ESTATUTARIO

Tema 1. El derecho a la protección de la salud. Titularidad del derecho a la asistencia sanitaria pública. Especial referencia a la Ley de Salud Pública.

Tema 2. El Sistema Nacional de Salud: principios generales, actuaciones sanitarias y estructuras. Coordinación y cooperación entre las Administraciones Públicas sanitarias en la Ley de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud.

Tema 3. Las competencias sanitarias de las Administraciones Públicas. La sanidad militar. Competencias sanitarias de la Administración penitenciaria.

Tema 4. Regulación del proceso de traspaso de competencias, funciones y servicios de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de sanidad y asistencia sanitaria.

Tema 5. La Ley de Salud de Andalucía: objeto, principios y alcance. La protección de la salud en la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y en la Ley de Consumidores y Usuarios de Andalucía.

Tema 6. Legislación sobre productos farmacéuticos: especial referencia a la Ley del Medicamento. El uso racional del medicamento y de los productos sanitarios. La financiación pública de medicamentos. Participación del beneficiario en el coste de los medicamentos.

Tema 7. La regulación de la receta médica y la prescripción por enfermería. La Orden de dispensación hospitalaria.

Tema 8. Ley de Farmacia de Andalucía. Medidas para garantizar el uso racional del medicamento: El proceso de selección de medicamentos por principio activo.

Tema 9. La autonomía del paciente. El consentimiento informado. Especial referencia a la autonomía de los menores de edad.

Tema 10. Las declaraciones de voluntades vitales anticipadas. La Ley de derechos y garantías de la dignidad de la persona en el proceso de la muerte. La Ley de derechos sobre personas transexuales.

Tema 11. Los derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica. El acceso a la historia clínica. La protección de los datos de carácter personal relativos a la salud.

Tema 12. Derechos de los ciudadanos en el ámbito del Sistema Sanitario Público de Andalucía. La garantía del plazo de respuesta quirúrgica y en procesos asistenciales, primeras consultas de atención especializada y procedimientos diagnósticos. El ejercicio del derecho a la segunda opinión médica. La libre elección de médico y de Centro Sanitario en Andalucía.

Tema 13. La Consejería de Salud de la Junta de Andalucía: atribuciones y estructura. El Servicio Andaluz de Salud: creación, naturaleza, atribuciones, estructura y régimen jurídico.

Tema 14. Asistencia jurídica al Servicio Andaluz de Salud. Regulación legal y reglamentaria.

Tema 15. La Ordenación de la asistencia sanitaria en Andalucía. Disposiciones reguladoras de la organización y funcionamiento de los centros de Atención Primaria.

Tema 16. Disposiciones reguladoras de la organización y funcionamiento de los Centros Hospitalarios y Órganos de Dirección de los mismos. Áreas de Gestión Sanitaria.

Tema 17. La Ordenación de la Salud Mental en Andalucía. La Red andaluza de medicina transfusional, tejidos y células.

Tema 18. Regulación estatal y de la Comunidad Autónoma Andaluza en materia de extracción y trasplante de órganos, células y tejidos humanos. El Biobanco.

Tema 19. La ordenación de prestaciones sanitarias del Sistema Nacional de Salud: modalidades. Desarrollo y actualización de la cartera de servicios. Garantías de las prestaciones sanitarias.

Tema 20. El reintegro de gastos. La recuperación del gasto en supuestos de terceros obligados al pago.

Tema 21. La investigación científica en el ámbito de la biología y la medicina. Distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas con especial referencia a Andalucía. Los ensayos clínicos.

Tema 22. Regulación legal en materia de técnicas de reproducción asistida humana, donación y utilización de embriones y fetos humanos o de sus células, tejidos u órganos y de organismos modificados genéticamente. Regulación en Andalucía en materia de investigación con preembriones humanos no viables y para la fecundación in vitro. El diagnóstico genético preimplantatorio. El Consejo Genético. Los Comités de Ética de investigación biomédica.

Tema 23. Régimen jurídico del personal del Servicio Andaluz de Salud. El Estatuto Marco. Ámbito de aplicación. Competencias de desarrollo normativo de las Comunidades Autónomas. Procesos de integración en los regímenes estatutarios.

Tema 24. Clasificación del personal estatutario. Derechos y deberes. Adquisición y pérdida de la condición de personal estatutario fijo. Especial referencia a la jubilación. El personal en formación.

Tema 25. El ejercicio de las profesiones sanitarias. Regulación. Categorías profesionales. La homologación. La colegiación del personal. La objeción de conciencia del personal sanitario.

Tema 26. Selección y provisión de plazas de personal estatutario en el Estatuto Marco. Los procesos extraordinarios de consolidación y provisión de plazas de personal estatutario.

Tema 27. Selección de personal estatutario y provisión de plazas básicas en los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud. Personal estatutario temporal. Procesos de selección de personal estatutario temporal: La Bolsa Única.

Tema 28. Las plazas vinculadas: régimen jurídico. El Cuerpo Superior Facultativo de Instituciones Sanitarias de la Junta de Andalucía, especialidades de Farmacia y Veterinaria: regulación.

Tema 29. Planificación y Ordenación de Recursos Humanos en el Servicio Andaluz de Salud. Planes de Ordenación de Recursos Humanos. Movilidad. Comisiones de servicios.

Tema 30. Sistemas de provisión de cargos directivos e intermedios en el Servicio Andaluz de Salud. El personal de alta dirección: regulación.

Tema 31. Retribuciones del personal estatutario. Regulación del Estatuto Marco. Regulación de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Tema 32. Ordenación del tiempo de trabajo y descansos: Licencias y permisos. Especial referencia al régimen de jornada, licencias y permisos del personal estatutario del Servicio Andaluz de Salud.

Tema 33. La carrera profesional en el Servicio Andaluz de Salud. Regulación legal y reglamentaria. Ámbito de aplicación. Exclusiones y homologación.

Tema 34. Las situaciones administrativas y funciones del personal estatutario.

Tema 35. Incompatibilidades. Régimen disciplinario del personal estatutario.

Tema 36. Derechos sindicales. Órganos de representación. Determinación de las condiciones de trabajo y participación del personal estatutario. Referencia especial a las Mesas generales y sectoriales en el ámbito de la sanidad.

ANEXO III

MODELO DE SOLICITUD

ANEXO IV

CRITERIOS DE PRELACIÓN Y ORDENACIÓN ALFABÉTICA

1. Mediante Resolución de 3 de febrero de 2020, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, se concreta que el orden de actuación de las personas aspirantes será por orden alfabético a partir del aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «M». En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «M» el orden de actuación se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «N» y así sucesivamente. Para las pruebas selectivas convocadas en esta Resolución, esta letra será la que rija el orden de las personas aspirantes con independencia de la fecha concreta en que se celebren las pruebas.

2. Los dígrafos CH, LL y RR no se considerarán como letra del abecedario, ocupando su lugar dentro de las correspondientes a las letras C, L y R.

3. Si los primeros apellidos comienzan con de, del, de la(s), o cualquier otra partícula, independientemente de la forma en que sean transcritos por las personas interesadas, estos elementos se incorporarán para su alfabetización, al final del nombre.

Ejemplo: Luis del Castillo Velasco

APELLIDO 1º APELLIDO 2º NOMBRE

será alfabetizado: Castillo Velasco Luis del

4. Si los segundos apellidos comienzan con de, del, de la(s), o cualquier otra partícula, independientemente de la forma en que sean transcritos por las personas interesadas, estos elementos se incorporarán para su alfabetización, al final del primer apellido.

Ejemplo: Luis del Castillo de las Heras

APELLIDO 1º APELLIDO 2º NOMBRE

será alfabetizado: Castillo de las Heras Luis del

5. Los apellidos compuestos, independientemente de la forma en que sean transcritos por las personas interesadas, serán alfabetizados al final de la primera mitad del apellido compuesto. Se considerarán en cualquier caso sin guión.

Ejemplos:

1.º Luis Vargas Montes.

2.º Luis Vargas Machuca.

3.º Luis Vargas-Machuca Castillo.

Será considerado como Luis Vargas Machuca Castillo y aparecerá después de los anteriores Vargas.

4.º Luis Vargas Machuca-Castillo.

Será considerado como Luis Vargas Machuca Castillo y aparecerá después de los anteriores Machuca.

Serán alfabetizados: APELLIDO 1.º APELLIDO 2.º NOMBRE

Vargas Machuca Luis

Vargas Machuca Castillo Luis

Vargas Montes Luis

Vargas Machuca Castillo Luis

6. Los acentos, diéresis, apóstrofes o cualquier otro signo ortográfico, no establecerán distinción alguna en cuanto al orden alfabético, considerándose para ello como si no existiesen.

Ejemplo:

Luis Castillo O’connor, será alfabetizado: Luis Castillo Oconnor.

Luis O’Donnell Agüero, será alfabetizado: Luis Odonnell Aguero.

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