Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 138 de 20/07/2020

1. Disposiciones generales

Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico

Extracto de la Resolución de 10 de julio de 2020, de la Dirección General de Innovación Cultural y Museos, por la que se convocan, para el año 2020, las ayudas previstas en la Orden de 15 de octubre de 2018, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, de apoyo a las microempresas, pequeñas y medianas empresas culturales y creativas, para el fomento de su competitividad, modernización e internacionalización.

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De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA.

Primero. Convocatoria.

Se convocan, en el ámbito de la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico, la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, de apoyo a las microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYME) culturales y creativas, para el fomento de su competitividad, modernización e internacionalización, para el ejercicio 2020.

La cuantía total máxima de la presente convocatoria será de 3.000.276,00 €, que se financiará con cargo a las partidas presupuestarias y anualidades siguientes:

Línea 1: Ayudas a la introducción de nuevas tecnologías, dirigidas a la transformación de las empresas a través de las TIC y la incorporación definitiva de las pymes al ámbito digital, a través de actuaciones que mejoren su competitividad y productividad o la interrelación con otros sectores económicos:

1800170000 G/45H/77403/00 A1221082R0 2018000367

Ejercicio 2020: 1.000.276,00 €

Importe total: 1.000.276,00 €

Línea 2: Ayudas para promover el crecimiento y la consolidación de las microempresas, pequeñas y medianas empresas culturales y creativas, fomentando su competitividad y mejorando la comercialización de sus productos y servicios.

1800170000 G/45H/47403/00 A1341001RO

Ejercicio 2020: 2.000.000,00 €

Importe total: 2.000.000,00 €

Segundo. Personas beneficiarias y requisitos que deben cumplir.

Las microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYME), ya sean individuales o sociedades, según la definición establecida en la Recomendación de la Comisión de 6 de mayo de 2003 sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas, establecidas en cualquier estado de la Unión Europea, que presten servicios culturales y creativos como actividad principal.

No podrán ser consideradas como persona o entidad beneficiaria las Comunidades de Bienes ni las Uniones Temporales de Empresas.

Requisitos:

1. Ejercer su actividad en Andalucía a la fecha de inicio del plazo de presentación de solicitudes.

2. Contar con establecimiento operativo abierto en Andalucía en el momento del pago de la subvención. Se entenderá por establecimiento operativo todo lugar situado en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía donde una empresa realiza su actividad económica, con independencia de dónde se encuentre ubicado el domicilio social de la misma.

Tercero. Objeto.

La finalidad de las ayudas se articulan en torno a dos líneas de proyectos:

Línea 1: Ayudas a la introducción de nuevas tecnologías, dirigidas a la transformación de las empresas a través de las TIC y la incorporación definitiva de las pymes al ámbito digital, a través de actuaciones que mejoren su competitividad y productividad o la interrelación con otros sectores económicos:

Línea 2: Ayudas para promover el crecimiento y la consolidación de las microempresas, pequeñas y medianas empresas culturales y creativas, fomentando su competitividad y mejorando la comercialización de sus productos y servicios.

Cuarto. Bases reguladoras.

La convocatoria se regirá por las bases reguladoras aprobadas mediante Orden de 15 de octubre de 2018, por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, de apoyo a las microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYME) culturales y creativas, para el fomento de su competitividad, modernización e internacionalización (BOJA número 203, de 19 de octubre), así como el Decreto-ley 15/2020, de 9 de junio, por el que se adoptan medidas urgentes de apoyo a las pequeñas y medianas empresas culturales y creativas que ejerzan su actividad en Andalucía, como consecuencia del COVID-19 (BOJA número 35, de 9 de junio).

Quinto. Importe.

La dotación es la que figura en el cuadro del apartado primero de este extracto. El importe máximo de la subvención, por entidad beneficiaria, tal y como indica el apartado 5 de los correspondientes cuadros-resumen de la orden de bases reguladoras, será el siguiente:

Línea 1: 50.000,00 €

Línea 2: 50.000,00 €

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de las solicitudes será de un mes, a contar desde el día siguiente al que se publique este extracto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía,

Séptimo. Plazo de ejecución de los proyectos.

El plazo de ejecución de los proyectos, de conformidad con lo establecido en el apartado 5.e) de los cuadros-resumen de la orden reguladora, comprenderá desde el 1 de febrero de 2020 hasta la finalización del plazo de ejecución que se establezca en la resolución de concesión sin perjuicio de su posible ampliación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 32 del Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 282/2010, de 4 de mayo.

Octavo. Otros datos.

Los formularios de solicitudes y demás datos necesarios figuran publicados en el presente BOJA junto con la convocatoria y se podrán obtener en el Portal de la Administración de la Junta de Andalucía y en la siguiente dirección electrónica:

https://www.juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/15270/datos-basicos.html

Las solicitudes se presentarán exclusivamente en el Registro Electrónico de la Administración de la Junta de Andalucía, a través de la siguiente dirección electrónica:

https://www.juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/15270/datos-basicos.html

Sevilla, 10 de julio de 2020.- La Directora General, María Pía Halcón Bejarano.

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